Buscar con IA

Apoya Leyes.HN

Leyes.HN es gratis para todos. Tu donación ayuda a que siga siéndolo.

Donar
26 de enero de 2017Vigente

Acuerdo Ejecutivo — Autorizar designación de personal técnico para supervisión e inspectoría complementaria de proyectos

Instituto de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (IDECOAS)

  • Publicación: 26 de enero de 2017
  • Órgano emisor: Instituto de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (IDECOAS)
  • Gaceta: 34,249

Considerandos

Que la Dirección de Control y Seguimiento del FHIS,yelDepartamentodeIngenieríaCivildel PRONADERS son responsables en su competencia, de autorizar las órdenes de inicio de los proyectos,llevaracabola supervisión e inspectoría, dar trámite a las órdenes de cambio, así como efectuar la recepción provisional y definitiva de cada proyecto de acuerdo a los procedimientos internos de cada institución.

Que son facultades del Director Ejecutivo ejercer la representación legal del IDECOAS por delegación expresa del Presidente de la República y dirigir el funcionamiento de la Institución, lo que le permite crear mecanismos que respondan a la consecución de sus objetivos, teniendo el Instituto de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento como objetivo, el de facilitar de manera sistemática el alcance de sus objetivos, tanto en su régimen interno como ensusrelacionesconterceros. ACUERDA: PRIMERO:Autorizar al Titular de la Dirección de Control y Seguimiento del FHIS y al Titular del Departamento de infraestructura Civil del PRONADERS a designar el personal técnicoasucargopararealizarlasupervisióneinspectoríadelos proyectos que a partir de la fecha sean aprobados y ejecutados por ambas instituciones,de manera complementaria,pudiendo además recibir las obras mediante actas de Recepción ProvisionalyDefinitivadelosproyectosquelesseanasignados, sin que esta decisión administrativa implique en absoluto la alteración de las condiciones de los contratos de ejecución suscritos por la Administración; para lo cual deberán utilizar los mecanismos de coordinación respectivos. SEGUNDO: Respetar y cumplir el procedimiento interno de supervisión e inspectoría de cada entidad, así como el trámite para la aprobación de órdenes de cambio y cualquier procedimiento que conlleve a la recepción provisional y definitiva de cada proyecto, para lo cual cada Director o Gerente queda obligado a instruir al personal asignado para desarrollar las tareas encomendadas. TERCERO: Los proyectos serán ejecutados con el presupuestoasignadoacadainstitución,elinspectorosupervisor que requiera salir de su área laboral para desarrollar su trabajo, deberá solicitarsusviáticosalainstituciónalacualpertenece. CUARTO: El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE. MBA. MARIO RENÉ PINEDA VALLE Ministro Director de IDECOAS JUAN CARLOS LÓPEZ ORELLANA Secretario General IDECOAS U D I -D EG T-U N AH Poder Legislativo

Articulos

Articulo 1.-

Autorizar al Titular de la Dirección de Control y Seguimiento del FHIS y al Titular del Departamento de infraestructura Civil del PRONADERS a designar el personal técnicoasucargopararealizarlasupervisióneinspectoríadelos proyectos que a partir de la fecha sean aprobados y ejecutados por ambas instituciones,de manera complementaria,pudiendo además recibir las obras mediante actas de Recepción ProvisionalyDefinitivadelosproyectosquelesseanasignados, sin que esta decisión administrativa implique en absoluto la alteración de las condiciones de los contratos de ejecución suscritos por la Administración; para lo cual deberán utilizar los mecanismos de coordinación respectivos.

Articulo 2.-

Respetar y cumplir el procedimiento interno de supervisión e inspectoría de cada entidad, así como el trámite para la aprobación de órdenes de cambio y cualquier procedimiento que conlleve a la recepción provisional y definitiva de cada proyecto, para lo cual cada Director o Gerente queda obligado a instruir al personal asignado para desarrollar las tareas encomendadas.

Articulo 3.-

Los proyectos serán ejecutados con el presupuestoasignadoacadainstitución,elinspectorosupervisor que requiera salir de su área laboral para desarrollar su trabajo, deberá solicitarsusviáticosalainstituciónalacualpertenece.

Articulo 4.-

El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE. MBA. MARIO RENÉ PINEDA VALLE Ministro Director de IDECOAS JUAN CARLOS LÓPEZ ORELLANA Secretario General IDECOAS U D I -D EG T-U N AH Poder Legislativo