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26 de enero de 2017Vigente

Acuerdo Ministerial No. 130-2016 — Reglamento Centroamericano sobre el Origen de las Mercancías - Modificación de Anexo

Secretaría de Desarrollo Económico

  • Decreto: 130-2016
  • Publicación: 26 de enero de 2017
  • Órgano emisor: Secretaría de Desarrollo Económico
  • Gaceta: 34,249

Considerandos

Que Honduras es Estado Miembro del Sistema de Integración Centroamericana creado por el Protocolo de Tegucigalpa del trece de diciembre de 1991, así como el Tratado General de Integración Económica Centroamericana del trece de diciembre de 1960 y reformado por el Protocolo de Guatemala del veintinueve de octubre de 1993;

Que de conformidad con el Artículo 38 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Centroamericana (en adelante el Protocolo de Guatemala), el Consejo de Ministros de la Integración Económica tiene bajo su competencia los asuntos de la Integración Centroamericana,como tal, le corresponde aprobar los actos administrativos aplicables en los Estados Parte del Subsistema Económico.

Que en consulta realizada a la Corte Centroamericana de Justicia sobre:¿Apartirdequémomentolos actos normativos obligatorios de los órganos instituciones del SICA entran en vigencia?, dicha Corte se ha pronunciado manifestandoque:“lapublicaciónnoesrequisitoesencialparala validez de los actos normativos obligatorios”; la publicidad se debe realizar para garantizar la efectiva observancia y ejecución de los propósitos y principios.

Que el Consejo de Ministros,mediante Resolución No. 156-2006 (COMIECO-EX) del 7 de junio de 2006 aprobó el Reglamento Centroamericano sobre el Origen de las Mercancías,con su Anexo de Reglas de Origen Específicas, modificadopor Resolusión No.268-2011(COMIECO-LXI)del U D I -D EG T-U N AH 2 de diciembre de 2011, Resolución No. 302-2013 (COMIECO-EX) del 15 de mayo de 2013, Resolución No. 343- 2014 (COMIECO-LXVII) del 25 de abril del 2014; Resolución No. 345-2014 (COMIECO-LXVII) del 25 de abril de 2014 y Resolución No. 370-2015 (COMIECO- LXXIII) del 22 de Octubre de 2015.

Que en Resolución de fecha 20 de octubre de1995,la Corte Centroamericana de Justicia manifiesta que:“lapublicaciónnoesrequisitoesencialparalavalidezdelos actos normativos obligatorios del Sistema de Integración Económica Centroamericana”;la publicidad se debe realizar para garantizarlaefectivaobservanciayejecucióndelospropósitosy principios.

Que el Consejo de Ministros de la Integración Económica aprobó la Resolución No. 377-2016 (COMIECO-LXXVIII) del 24 de noviembre del 2016 que contiene la modificación, por sustitución total, el Anexo al Reglamento Centroamericano sobre el Origen de las Mercancías.

Articulos

Articulo 1.-

Hacer del conocimiento público para su observancia, que mediante Resolución No. 377-2016 (COMIECO-LXXVIII) del 24 de noviembre de 2016, el Consejo de Ministros de Integración Centroamericana, adopta modificar, por sustitución total, el Anexo al Reglamento Centroamericano sobre el Origen de las Mercancías,que contiene las Reglas de Origen Específicas.

Articulo 2.-

Hacer del conocimiento público para su observancia, que mediante la Resolución No. 377-2016 (COMIECO-LXXVIII) del 24 de noviembre de 2016, el Consejo de Ministros de Integración Centroamericana, deroga las siguientes resoluciones: Resolución No. 268-2011 (COMIECO-LXI) del 2 de diciembre de 2011; Resolución No. 302-2013(COMIECO-EX)del15demayode2013;Resolución No. 343-2014 (COMIECO-LXVII) del 25 de abril de 2014; Resolución 345-2014 (COMIECO-LXVII) del 25 de abril de 2014; Resolución No. 369-2015 (COMIECO-LXXIII) del 22 de octubre de 2015, y la Resolución No. 370-2015 (COMIECO-LXXIII) del 22 de octubre de 2015.

Articulo 3.-

El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigor el 1 de mayo de 2017, y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”yenelsitioweboficialwww.prohonduras.hn Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 22 días del mes de diciembre de 2016. ARNALDO CASTILLO Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico y Coordinador del Gabinete Sectorial de Desarrollo Económico DUNIA GRISEL FUENTES CÁRCAMO Secretaría General U D I -D EG T-U N AH Secretaría de Desarrollo Económico