Acuerdo Ejecutivo No. 055-2002 — Reglamento de la Ley de Contratación del Estado
Presidencia de la República
- Decreto: 055-2002
- Publicación: 11 de diciembre de 2018
- Órgano emisor: Presidencia de la República
- Gaceta: 34,817
Texto completo
República de Honduras, Reglamento de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación (Acuerdo Ejecutivo 1359-SE-2014, de 17 de septiembre, 2014) Dirección General de Servicio Civil, Manual de Descripción de Puestos Tipo. Secretaría de Educación. ONADICI-Oficina Nacional de Desarrollo Integral de Control Interno, Manuales de Procesos y Procedimientos (power point), septiembre, 2012. PROEFA-GIZ, Guía Metodológica para la Elaboración de Manuales de Procesos y Procedimientos Integrados (versión preliminar), José Díaz, mayo, 2016. Secretaría de Educación, Portal de Transparencia, en http://transparencia.se.gob.hn/ IX. Hallazgos Durante el trabajo de elaboración de este manual se encontraron ciertos hallazgos y posibles acciones para mejora, las cuales se describen a continuación: 2. El Manual de la DGDP responde a una estructura de elaboración particular, esto debido a que en la actualidad esta Dirección atraviesa por una etapa de transformación estructural, i) aún arrastra estructura del pasado Instituto Nacional de Investigación y Capacitación Educativa (INICE) y ii) recientemente se le ha asignado la coordinación de los Centros Regionales de Desarrollo Profesiones, esto requiere de más tiempo de trabajo, lo cuan hace más lento el cumplimiento de sus funciones. 3. La coordinación financiera no se encuentra bien definida, en especial en lo referente a los centros regionales, se requiere mayor compromiso para ellos. 4. En la actualidad la DGDP se encuentra en un proceso de actualización de las descripciones de puestos del personal que presta servicios profesionales para esta Dirección, debido a esto se requiere que el ítem 7 relacionado con la documentación de puestos sea actualizado y/o validado respondiendo a los puestos funcionales que ejecuta el personal. 5. Es necesario identificar el lugar en la estructura organizativa que ocupan los Centros Regionales de Formación Permanente e incorporarlos en el ítem 4.2., aún no se tiene claro ese lugar. 6. Se requiere revisar las matrices de riesgo desde una mirada anticorrupción,logrando de esta forma eficiencia y transparencia en la ejecución de las actividades que contempla cada proceso.
1. SEGUNDO: El presente Reglamento entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. TERCERO: El presente Acuerdo deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta” COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. MARCIAL SOLÍS PAZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN ABOG. LILIA CAROLINA PINEDA MILLA SECRETARIA GENERAL