Buscar con IA

Apoya Leyes.HN

Leyes.HN es gratis para todos. Tu donación ayuda a que siga siéndolo.

Donar
28 de agosto de 2018needs_review

Acuerdo Ejecutivo — Lineamientos de Política Fiscal y Presupuestaria para el Ejercicio Fiscal 2019

Secretaría de Coordinación General de Gobierno y Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas

  • Publicación: 28 de agosto de 2018
  • Órgano emisor: Secretaría de Coordinación General de Gobierno y Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas
  • Gaceta: 34,730

Texto completo

a, económica, financiera, de impacto social, ambiental y de riesgos, requeridos para la emisión de la Nota de Prioridad. Los nuevos programas y proyectos deberán incluir gastos de operación y mantenimiento y un diagnóstico de la carga fiscal futura que implicaría su mantenimiento (Escuelas, Centros de Salud, etc.), para asegurar la sostenibilidad de los mismos, especialmente los orientados al sector social. En el caso de modificación del Proyecto en la Fase de Pre inversión o Inversión, debido a cambios realizados a los aspectos de la formulación del proyecto, tales como: cambio de nombre, cambio de unidad ejecutora, localización, cobertura, incremento o disminución del monto total del proyecto, duración y fuente financiera; la Dirección General de Inversión Pública, emitirá Dictamen Técnico de Enmienda a la Nota de Prioridad. Para este efecto se requerirá que las Instituciones del Sector Público a través de las UPEG’s, adjunten la debida documentación de respaldo que permita el análisis técnico - económico para la emisión del dictamen correspondiente. Se podrán desarrollar esquemas de Participación Público Privada (en sus diferentes modalidades) para financiar proyectos de inversión, enmarcados en la Ley de Asociaciones Público-Privadas (APP), y formulados en base a la Guía Metodológica General (GMG) para su posterior registro en el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIPH).

REPÚ uevos programas y proyectos propuestos por Instituciones bajo el esquema de Asociación Público- Privado, previo a la licitación de los mismos la Comisión para la Promoción de la Alianza Público- Privada (COALIANZA) enviará a la Unidad de Contingencias Fiscales de la Secretaría de Finanzas, los contratos, estudios de pre factibilidad, factibilidad y demás documentos necesarios para determinar los riesgos financieros y no financieros, garantías, compromisos futuros y contingencias fiscales del Estado, para la emisión del correspondiente Dictamen de riesgo fiscal, como requisito previo a la emisión de la Nota de Prioridad. b) Financiamiento para Nuevos Programas y Proyectos Ninguna instancia gubernamental centralizada y descentralizada, así como corporaciones municipales, autónomas o semiautónomas podrán promover iniciativas de nuevos préstamos y donaciones sin contar con el Visto Bueno de la Secretaría de Coordinación General de Gobierno y de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para garantizar el alineamiento con las prioridades presidenciales y las estrategias sectoriales en el marco de las competencias de las instancias correspondientes. Igualmente los organismos financieros internacionales y privados deberán atender únicamente las gestiones y solicitudes realizadas a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN); lo anterior en cumplimiento al procedimiento establecido en la legislación vigente. Ninguna gestión de financiamiento para programas y proyectos dará inicio sin contar con la Nota de Prioridad, emitida por la Dirección General de Inversiones Públicas y otros requisitos contemplados en las Leyes vigentes. Se gestionará financiamiento únicamente para aquellos programas y proyectos priorizados, que resulten coherentes con las prioridades de las políticas y planes nacionales, sectoriales y regionales, que sean consistentes con las metas de gasto público y de endeudamiento externo que define el Marco Macro Fiscal Mediano Plazo. Los programas y proyectos financiados con recursos provenientes de donaciones o préstamos en condiciones concesionales, no deberán comprometer más del 10% de contrapartida nacional y en el caso que la Secretaria de Finanzas estime conveniente la contrapartida nacional será únicamente en especies. La contraparte de donaciones podrá ser hasta el 20% cuando dicha contrapartida sea en especie detallando su contribución. Toda institución ejecutora de programas o proyectos deberá considerar dentro del techo presupuestario los valores correspondientes a la contraparte cuando se requiera. Sólo se incluirán en el anteproyecto de Presupuesto del siguiente Ejercicio Fiscal, los programas y proyectos que cuenten con el financiamiento asegurado, que hayan sido aprobados por el Congreso Nacional y que estén en proceso de cumplimiento de condiciones previas al primer desembolso.

REPÚ o yectos en Ejecución Los programas y proyectos deben contar con Planes Anuales de Adquisiciones y Contrataciones; Plan Operativo Anual y Planes de Ejecución de Proyecto actualizados, los cuales deben ser enviados a la Dirección General de Inversiones Públicas, inmediatamente después de ser aprobado el Presupuesto General de la República para el debido seguimiento físico financiero, así como copia de los contratos de obras en ejecución. La Dirección General de Inversiones Públicas dará seguimiento y apoyo para el estricto cumplimiento a los Planes de Acción, Plan de Adquisiciones, Plan Operativo Anual, contratos, obras, bienes y servicios en ejecución, a fin de identificar desfases y/o ampliaciones de fecha límite de desembolsos y períodos de ejecución establecidos en los convenios de financiamiento y que incurran en costos adicionales que asumiría el Estado, restringiendo las solicitudes de ampliaciones de plazos, esto aplica para todas la fuentes de financiamiento. Las Unidades ejecutoras registraran en el Sistema Nacional de Inversión Pública SNIPH componentes/ actividad, metas y los Hitos correspondientes a cada proceso de contratación. Aquellos proyectos que forman parte del Programa de Inversión Pública que se incorporan al Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, deberán cumplir con los criterios de proyecto (costo, duración y resultados determinados) por lo tanto, las asignaciones que no cumplan con estas características no serán incluidas en la formulación presupuestaria2019. La Secretaría de Finanzas, a través de la Dirección General de Inversiones Públicas emitirá Opinión Técnica con el fin de recomendar la reestructuración, cierre o reorientación de recursos de aquellos proyectos en estado de alerta, según el desempeño del tiempo y montos de ejecución acumulados en la vida del proyecto, así como otros aspectos que se consideren importantes en la baja ejecución de los proyectos. Los requerimientos de desembolsos externos estarán ligados a la programación de la ejecución física financiera acorde a los techos establecidos para la ejecución en la política fiscal y a la justificación de gastos del desembolso anterior ante el organismo financiador, de acuerdo a los compromisos contractuales, evitando mantener saldos en cuentas especiales y en libretas pagadoras. La Dirección General de Inversiones Públicas y la Dirección General de Crédito Público darán el respectivo seguimiento. Los programas y proyectos efectuarán las auditorías anuales y de cierre incluidas en los Convenios de financiamiento externo suscritos, asimismo los proyectos ejecutados con fondos nacionales Se dará continuidad a los programas y proyectos en ejecución, a fin de que los mismos cuenten con los recursos necesarios para su culminación y puesta en operación en el tiempo programado. Se podrán incluir en el Programa de Inversión Pública Proyectos nuevos si cumpliere con todos los requisitos antes enunciados.

REPÚ sto administrativo asignado anualmente no debe ser superior al 10% acumulado con respecto al costo total del proyecto, lo cual deberá reflejarse claramente en la estructura presupuestaria correspondiente a gastos administrativos de la Unidad Ejecutora. En el caso de las unidades Administradoras de Proyectos el gasto administrativo asignado anualmente no debe ser superior al diez por ciento (10%) acumulado con relación al costo total del conjunto de proyectos bajo su administración. Las instituciones del Sector Público, están obligadas a incorporar en el SNIPH y SIAFI en su presupuesto los programas y proyectos financiados con recursos de donación independientemente que requiera o no de contraparte, evidenciando su financiamiento mediante el convenio suscrito documento equivalente y cumpliendo los requisitos establecidos. En congruencia con el Marco Macro Fiscal de Mediano plazo definido por el Gobierno de la República, las Instituciones ejecutoras de programas/proyectos no podrán comprometer recursos adicionales a los contemplados en los techos presupuestarios asignados en cada período fiscal. d) Proyectos en Etapa de Cierre Los proyectos que se encuentren en su fase final deberán dar fiel cumplimiento a lo siguiente: • Cumplir en el tiempo establecido con las auditorías incluidas en los Convenios suscritos. • Regularizar en el SIAFI los gastos efectuados y devolver ante la Secretaría de Finanzas los saldos no justificados o no utilizados, presentando el Informe de Gastos Efectuados a la Dirección General de Crédito Público, con al menos dos meses antes de la fecha de cierre de cada proyecto, para proceder a realizar cualquier trámite que se estime conveniente ante el Organismo Financiador. • Mantener en la Unidad Ejecutora únicamente el recurso humano necesario para cumplir con las actividades de cierre del proyecto (Ejemplo: Coordinador, personal administrativo- contable) para ello deberá contarse con la Opinión Técnica de la Dirección General de Inversiones Públicas, debiendo remitir seis meses antes la planilla de personal indispensable para el cierre del proyecto y adjuntar análisis comparativo de la reducción de personal. • Presentar a las Direcciones Generales de Inversiones Públicas y Crédito Público el Informe Final que contemple el cierre financiero, contable y de resultados obtenidos de cada Programa y Proyecto finalizado, el acta de recepción final así como el informe de auditoría de cierre y el informe de evaluación final que demuestre el logro de los objetivos. • Realizar las previsiones necesarias para gastos de mantenimiento y operación una vez que el proyecto finalice, las cuales deberán estar

REPÚ uidas dentro del presupuesto de cada institución. • Haber realizado el traspaso de bienes a la institución correspondiente. Herramienta Informática del Sistema Nacional de Inversión Pública de Honduras (SNIPH) El objetivo del SNIPH, es apoyar la toma de decisiones de gestión de la inversión pública para el logro de eficiencia y eficacia, en la utilización de los recursos de inversión, aplicando procesos de planificación, programación, ejecución, seguimiento y evaluación de las intervenciones financiadas total o parcialmente con recursos públicos, considerando los lineamientos de la Política de Gobierno. La herramienta informática del Sistema está estructurado en Módulos de acuerdo al ciclo de vida de proyectos; Pre inversión: Formulación de Proyectos y Nota de Prioridad, Inversión: Asignación de convenio, Ejecución acumulada de proyectos de arrastre, Disponibilidad fiscal plurianual, Activación de Proyecto, Programación de proyecto, Procesos de contratación, Seguimiento y Evaluación y Cierre de Proyectos, Modificaciones: – Enmiendas y Dictámenes. Los programas y proyectos en ejecución (Arrastre) y nuevos que conforman el Programa de Inversión Pública, deben estar registrados en la herramienta informática del SNIPH, de acuerdo a los módulos correspondientes del ciclo de vida de proyectos formulados según la GMG, los cuales se describen a continuación: • Módulo de Pre inversión: o Formulación del proyecto en estado Aprobado Institución o Solicitud de Nota de Prioridad en estado de Aprobado Institución o Emisión de Nota de Prioridad en estado Aprobado por la SEFIN/DGIP • Módulo de Inversión: Asignación de Convenios: o Registro de la Asignación de Unidad Co ejecutora. o Registro de Financiamiento de Convenio. o Ejecución Acumulada de Proyectos. o Plazo de duración del Proyecto. o Asignación de Disponibilidad de Espacio Fiscal Activación de Proyectos o Proyecto cumple con las condiciones para asignación de presupuesto en el Sistema de Administración Financiera SIAFI. Programación de Proyectos o Registro Programación Procesos de Contratación y Reprogramación Financiera y Física o Programación Financiera Plurianual del Proyecto o Programación Física Plurianual del Proyecto o Programación/Reprogramación Financiera Mensual o Programación/Reprogramación Financiera Mensual en Base Requerimiento o Programación/Reprogramación Física mensual por Actividades del Componente

REPÚ cución y Seguimiento de Proyecto o Monitoreo y seguimiento de indicadores, procesos de contratación. o Evaluación física y financiera trimestral en base a indicadores y procesos de contratación. • Modificaciones al Proyecto o Enmiendas o Dictámenes • Cierre de Proyectos o Cierre físico y financiero de los proyectos o Traspaso de bienes i) Concesión Neta de Préstamos: En lo que respecta a la Concesión Neta de Préstamos, el otorgamiento de préstamos será igual al monto de la recuperación de los mismos para el período 2019, lo anterior de aplicación para INPREMA, INJUPEMP y el IPM según los lineamientos para el cálculo de las reglas macrofiscales (Acuerdo Ejecutivo 556-A- 2016). Igual lineamiento aplica para la ejecución del presupuesto. Para el cumplimiento de este lineamiento, los institutos de pensiones deberán presentar un plan mensual de cartera (recuperación y concesión) junto con el presupuesto, donde se muestre el cumplimiento mensual de la concesión neta de préstamo igual a cero. j) Instituciones Descentralizadas: Para el año 2019 en lo que respecta a las Instituciones Descentralizadas que incluye a los Institutos Autónomos,Instituciones de Pensiones,Universidades, Empresas Públicas e Instituciones Financieras, se seguirán los siguientes lineamientos:  Los ingresos corrientes se estimarán en función de precios, tasas y tarifas autorizadas por la Ley (en el caso que aplique), por revisión y actualización de los cobros por contraprestación de los servicios brindados.  Los Institutos de Previsión deberán formular todos los ingresos que perciban por sus inversiones, esto incluye, intereses por depósitos, intereses por préstamos, dividendos en acciones, entre otros, asimismo, deberán formular las inversiones financieras separando la inversión en títulos y valores que realiza con el Estado y la banca privada e identificándolas en el objeto de gasto que corresponda.  Las Instituciones que dependan de transferencias de la Administración Central, formularán su presupuesto conforme al techo presupuestario asignado.  Las Instituciones deberán observar las medidas de contención del gasto que se derivan de estos lineamientos y a las establecidas en convenios interinstitucionales.  Todas las instituciones deberán revisar los objetos de gasto que están utilizando para formular con el propósito que la imputación presupuestaria obedezca al objeto utilizado. k) Gestión Financiera y Control SIAFI:  Se terminará con la implementación del SIAFI en las instituciones del Sector Público, por lo que deberán prestar toda la colaboración que sea necesaria

REPÚ ontinuará en el proceso de mejorar la transparencia en el pago de bienes y servicios y una mayor utilización de la red bancaria nacional para transacciones del Gobierno.  Todas las operaciones en el SIAFI deben realizarse con imputación presupuestaria.  Continuar con la implementación del Sistema de Administración Municipal Integrado (SAMI), en las diferentes municipalidades. l) Políticas de Financiamiento:

  • 1)

    Política General

    • En materia de endeudamiento público total, el saldo de la deuda pública del Sector Público No Financiero (SPNF) con relación al PIB para finales del año 2020 no superará 51% en términos nominales. El siguiente cuadro muestra cómo se comporta rá el saldo de la deuda en relación al PIB en los próximos años.

    • Lograr obtener recursos de origen externo e interno, a través de esquemas tradicionales y no tradicionales de financiamiento, para hacerle frente a las necesidades de recursos al menor costo posible, manteniendo la sostenibilidad de la deuda y un nivel de riesgo prudente.

    • Impulsar el desarrollo del mercado de bonos de Gobierno, mediante la implementación de prácticas de mercado sanas que promuevan un clima de confianza para los inversionistas y que permita acceder a recursos adicionales.

    • Para el financiamiento con fondos externos que se considere prioritario y para el cual no se encuentren fuentes financieras que permitan la concesionalidad requerida, se deberá garantizar su financiamiento contratando deuda siempre y cuando la concesionalidad ponderada de toda la cartera de deuda pública externa se mantenga por encima del 25%.

    • Se emitirán diversos tipos de bonos de Gobierno, de acuerdo a las características y límites establecidos en su estrategia de emisión y subastas, siendo prioridad aquellos emitidos bajo las características de estandarización regional (moneda nacional, renta fija, mediano y largo plazo); pero pudiendo hacer uso en menores cantidades a tasas variables y otros.

    • Monitorear el riesgo para las finanzas públicas, derivados de pasivos contingentes, por obligaciones contraídas por instituciones descentralizadas, municipalidades y asociaciones público privado, APP´s.

  • 2)

    Financiamiento

    • Se establece un monto máximo a ejecutar en programas y proyectos del Programa de Inversión Pública (PIP) con financiamiento de crédito externo, para los próximos 3 años:

      REPÚ naciones Para el año 2019, en materia de donaciones se aplicará la política siguiente:

    • Todas las donaciones acordadas con el cooperante, deberán ser incorporadas en el presupuesto identificándose la fuente de financiamiento, el organismo o gobierno donante, la institución ejecutora y categoría programática correspondiente.

    • La cooperación externa no reembolsable que amerite fondos de contraparte, requerirá previo a la suscripción del Convenio correspondiente, el dictamen favorable de la Dirección General de Presupuesto.

    • Los recursos de la cooperación externa no reembolsable se incorporarán siempre que los desembolsos sean recibidos en el presente ejercicio fiscal. En caso que estos recursos hayan sido recibidos en años anteriores, se deberá seguir el procedimiento de búsqueda de espacio presupuestario para su incorporación, sometiéndose al análisis del Comité de Incorporaciones Presupuestarias de la Secretaría de Finanzas.

    • Los recursos de la cooperación externa no reembolsable que se ejecutan fuera de la Cuenta Única del Tesoro a través del SIAFI y sean ejecutados en el presente ejercicio fiscal, se incorporarán para su regularización. Esto debido a que se realiza el registro simultáneo del ingreso (F02) y el gasto (F01) dentro del mismo periodo fiscal, por lo que no afecta el déficit.

      REPÚ B revisión del Artículo IV del Fondo Monetario Internacional (FMI) mayo.

      REPÚ CULO 2.- El presente Acuerdo Ejecutivo es de ejecución inmediata y debe ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 28 días de junio, del año dos mil dieciocho (2018). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SECRETARIA COORDINADORA GENERAL DE GOBIERNO, POR LEY ACUERDO EJECUTIVO DELEGACIÓN DE FIRMA NO. 023-2018 ROCIO IZABEL TABORA MORALES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS

      REPÚ esa Nacional de Artes Gráficas (E.N.A.G.) Tel. Recepción 2230-6767. Colonia Miraflores Sur,

      Tels.: 2230-1120, 2230-1391, 2230-25-58 y 2230-3026 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.la gaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gaceta digital hn@gmail.com Contamos con:

    • Servicio de consulta en línea. 1)