Acuerdo Ministerial No. 123-2017 — Publicación de Resoluciones COMIECO sobre integración económica centroamericana
Secretaría de Desarrollo Económico
- Decreto: 123-2017
- Publicación: 14 de diciembre de 2017
- Órgano emisor: Secretaría de Desarrollo Económico
- Gaceta: 34,517
Considerandos
Que Honduras es Estado Miembro del Sistema de Integración Centroamericana creado por el Protocolo de Tegucigalpa del 13 de diciembre de 1991, así como el Tratado General de Integración Económica Centroamericana del 13 de diciembre de 1960 y reformado por el Protocolo de Guatemala del 23 de octubre de 1993;
Que de acuerdo al Artículo 15 de Protocolo al Tratado General de Integración Económica (Protocolo de Guatemala), los Estados Parte tiene el compromiso de constituir una Unión Aduanera entre sus territorios, la que se alcanzará de manera gradual y progresiva, sobre la base de programas que se establezcan al efecto, aprobados por consenso;
Que de conformidad con lo establecido en los Artículos 38 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala), el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO), tiene a su competencia los asuntos de la Integración Económica Centroamericana y, como tal, le corresponde aprobar los actos administrativos aplicables en los Estados Parte del Subsistema Económico, los que entrarán en vigor en la fecha en que se adopten, salvo que en los mismos se señale otra fecha, debiendo éstos publicarse por los Estados Parte;
Que en Resolución de fecha 20 de octubre de 1995, la Corte Centroamericana de Justicia manifiesta que: “la publicación no es requisito esencial para la validez de los actos normativos obligatorios del Sistema de Integración Económica Centroamericana”; la publicidad se debe realizar para garantizar la efectiva observancia y ejecución de los propósitos y principios;
Que el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO); en reunión realizada en la Ciudad Panamá, Panamá, en fecha 20 de octubre de 2017, adoptó la Resolución No.392-2017 U D I-D EG T-U N AH ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 (COMIECO-LXXXI) que establece, eliminar la Nota Complementaria Centroamericana A del Capítulo 96 del Arancel Centroamericano de Importación, Anexo “A” del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, adoptado por la Resolución N°. 372- 2015 (COMIECO-LXXI) de fecha cuatro de diciembre de dos mil quince.
Articulos
Hacer del conocimiento público para su observancia, las Resoluciones: No.396-2017 (COMIECO- LXXXII) que establece la aprobación del Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.04.72:17 Productos Lácteos. Quesos No Madurados, incluido el Queso Fresco. Especificaciones; Resolución No.395-2017 (COMIECO- LXXXII) que establece la aprobación para Guatemala de ampliar en 55,000 toneladas métricas adicionales, el volumen del contingente para el año 2017 de maíz amarillo (1005.90.20.00) aprobado mediante Resolución No. 378-2016 (COMIECO-LXXVIII) de fecha veinticuatro de noviembre de dos mil dieciséis; Resolución No.394- 2017 (COMIECO-LXXXII) que establece la aprobación para Guatemala para el año 2018, los contingentes arancelarios de frijol negro, maíz amarillo, maíz blanco y arroz con cáscara, en la forma siguiente: Código: 07.13, Descripción: Hortalizas de vaina secas desvainadas, aunque estén mondadas o partidas; Código:0713.3, Descripción: Frijoles (judías, porotos, alubias, frijoles) (vigna spp., phaseolus spp.); Código: 0713.33, Descripción: Comunes (Phaseolus vulgaris); Código: 0713.33.10.00, Descripción: Negros, Volumen para el año 2018 (T.M): 5,000, DAI fuera del Contingente (%): 20; Código: 10.05, Descripción: Maíz; Código: 1005.90, Descripción: Los demás; Código: 1005.90.20.00, Descripción: Maíz Amarillo, Volumen para el año 2018 (T.M): 150,000, DAI fuera del Contingente (%): 15; Código: 1005.90.30.00, Descripción: Maíz Blanco, Volumen para el año 2018 (T.M): 50,000, DAI fuera del Contingente (%): 20; Código: 10.06, Descripción: Arroz, Código: 1006.10, Descripción: Arroz con cáscara (arroz “paddy”); Código: 1006.10.90.00, Descripción: Otros, Volumen para el año 2018 (T.M): 26,000, DAI fuera del Contingente (%): 23.7; Resolución No.393-2017 (COMIECO-LXXXII) que establece la aprobación de la Declaración Regional de Viajero, la cual utilizarán los Estados Partes a partir del 1 de abril del año 2018 y la Resolución No.390-2017 (COMIECO-LXXXII) que establece la aprobación de la Guía Centroamericana de Buenas Prácticas Reglamentarias y sus Anexos.
Ordenar que para hacer del conocimiento público y observancia en general, las Resoluciones aquí nominadas, deben ser publicadas en la página Web Oficial de la Secretaría de Desarrollo Económico, www.sde.gob.hn U D I-D EG T-U N AH Congreso Nacional FE DE ERRATA 1) Fracción... 2) Fracción de terreno ubicado en el lugar denominado La Florida, situado en el radio urbano de la ciudad de La Ceiba, departamento de Atlántida, con un área superficial de Dos (2) Manzanas de terreno el cual resultará del desmembramiento que se haga a uno de mayor extensión y se encuentre inscrito a su favor, en el número 22 del Tomo 1512 del Registro del Instituto de la Propiedad, del departamento de Atlántida”. En la página A.17Segunda Columna,del Diario Oficial“La Gaceta”, el Artículo 3 debe leerse de la forma siguiente: “ARTÍCULO 3: Aprobar El Crédito Fiscal otorgado por la Municipalidad de La Ceiba a favor de la Sociedad Mercantil Standard Fruit de Honduras, S.A. (STANFRUSA) por un monto de Trescientos Cincuenta Mil Doscientos Cincuenta y Cuatro Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 350,254.00), como parte del valor de compra del terreno referido en el Numeral2)del Artículo2del presente Decreto. El Crédito Fiscal aprobado a favor de la Sociedad Mercantil Standard Fruit de Honduras, S.A. (STANFRUSA), podrá ser cedido parcial o totalmente a terceras personas, sean, afiliadas o no de la Sociedad Mercantil Standard Fruit de Honduras, S.A. (STANFRUSA), mediante cualquier mecanismo contractual autorizado por la ley, quedando la Sociedad Mercantil Standard Fruit de Honduras, S.A. (STANFRUSA) autorizada para dicha cesión, parcial o total”. MARIO ALONSO PÉREZ LÓPEZ PRIMER SECRETARIO
Deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta” y en el sitio web www.sde.gob.hn. y entrará en vigencia a partir de su publicación. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 11 días del mes de diciembre de 2017. ARNALDO CASTILLO Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico y Coordinador del Gabinete Sectorial de Desarrollo Económico DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO Secretaría General