Acuerdo No. 46-2017 — Revocación de actos de delegación de funciones a Subdirectora de Investigación e Información Minera
Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN)
- Decreto: 46-2017
- Publicación: 19 de octubre de 2017
- Órgano emisor: Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN)
- Gaceta: 34,470
Considerandos
Que mediante Decreto No. 238-2012, de fecha veintitrés de enero del año dos mil trece y publicado en el Diario Oficial La Gaceta el dos de abril del año dos mil trece, se creó la Ley General de Minería, la cual entrará en vigencia veinte días después de su publicación, es decir a partir del veintitrés de abril del año dos mil trece.
Que mediante Acuerdo No. 84-2017, el Secretario de Estado en el Despacho de la Secretaría de la Presidencia en uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República, mediante Acuerdo Ejecutivo 041-A- 2017 acordó nombrar a partir del veinticinco (25) de julio del año dos mil diecisiete (2017), a la ciudadana NIVIDA FLOR HERNÁNDEZ AGURCIA en el cargo de Directora Ejecutiva del Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, de la Secretaría de Estado en los Despachos de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas.
Que mediante Acuerdos INHGEOMIN # 09/2016, INHGEOMIN N°. 61/2016, INHGEOMIN 61/2016 - A; de fechas ocho de julio, quince de agosto y dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, la Dirección Ejecutiva delegó a la Subdirectora de Investigación e Información Minera Ingeniera DANIA MARÍA BACA ESCOBER, las funciones descritas y contenidas en los acuerdos antes mencionados, bajo la premisa del Artículo 5 del Reglamento de la Ley General de Minería en la cual el Director Ejecutivo(a) tiene la potestad para delegar en los Subdirectores y jefes de unidad las funciones que estime conveniente. CONSIDERANDO (4): Los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos,Acuerdos, Resoluciones o Providencias.
Que la Ley de Procedimiento Administrativo en su artículo 121 expresa: “el órgano que dictó un acto podrá revocarlo o modificarlo cuando desaparecieren las circunstancias que lo motivaron o sobrevinieren otras que, de haber existido o la razón, el acto no habría sido dictado. También podrá revocarlo o modificarlo cuando no fuere oportuno o conveniente a los fines del servicio para el cual se dicta”. U D I-D EG T-U N AH ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Instituto Hondureño de Geología y Minas INHGEOMIN
Articulos
Revocar los actos de delegación de funciones a la Subdirectora de Investigación e Información Minera Dania María Baca Escober, a partir del día siete de agosto del dos mil diecisiete, contenidos en los Acuerdos INHGEOMIN # 09/2016, INHGEOMIN N°. 61/2016, INHGEOMIN 61/2016 -A, de fechas ocho de julio, quince de agosto y dieciocho de agosto del dos mil dieciséis respectivamente.
Hacer entrega del presente Acuerdo a la Unidad de Recursos Humanos para su notificación a la Ingeniera DANIA MARÍA BACA ESCOBER;y hacer del conocimiento a la Gerencia Administrativa para los efectos legales correspondientes. CÚMPLASE. NIVIDA HERNÁNDEZ DIRECTORA EJECUTIVA GRACIELA ISABEL REYES ORELLANA SECRETARIA GENERAL INSTITUTO HONDUREÑO DE GEOLOGÍA Y MINAS “INHGEOMIN”. Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, dieciséis de agosto del año dos mil diecisiete. CONSIDERANDO (1): Que mediante Decreto No. 238-2012, de fecha veintitrés de enero del año dos mil trece y publicado en el Diario Oficial La Gaceta el dos de abril del año dos mil trece, se creó la Ley General de Minería, la cual entrará en vigencia veinte días después de su publicación, es decir a partir del veintitrés de abril del año dos mil trece. CONSIDERANDO (2): Que mediante Acuerdo No. 84-2017, el Secretario de Estado en el Despacho de la Secretaría de la Presidencia en uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República, mediante Acuerdo Ejecutivo 041-A- 2017 acordó nombrar a partir del veinticinco (25) de julio del año dos mil diecisiete (2017), a la ciudadana NIVIDA FLOR HERNÁNDEZ AGURCIA en el cargo de Directora Ejecutiva del Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, de la Secretaría de Estado en los Despachos de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas. CONSIDERANDO (3): Que mediante Acuerdos INHGEOMIN # 09/2016, INHGEOMIN N°. 61/2016, INHGEOMIN 61/2016 - A; de fechas ocho de julio, quince de agosto y dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, la Dirección Ejecutiva delegó a la Subdirectora de Investigación e Información Minera Ingeniera DANIA MARÍA BACA ESCOBER, las funciones descritas y contenidas en los acuerdos antes mencionados, bajo la premisa del Artículo 5 del Reglamento de la Ley General de Minería en la cual el Director Ejecutivo(a) tiene la potestad para delegar en los Subdirectores y jefes de unidad las funciones que estime conveniente. CONSIDERANDO (4): Los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos,Acuerdos, Resoluciones o Providencias. CONSIDERANDO (5): Que la Ley de Procedimiento Administrativo en su artículo 121 expresa: “el órgano que dictó un acto podrá revocarlo o modificarlo cuando desaparecieren las circunstancias que lo motivaron o sobrevinieren otras que, de haber existido o la razón, el acto no habría sido dictado. También podrá revocarlo o modificarlo cuando no fuere oportuno o conveniente a los fines del servicio para el cual se dicta”. U D I-D EG T-U N AH ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Instituto Hondureño de Geología y Minas INHGEOMIN