Acuerdo Ejecutivo No. 48-2017 — Autorizar transferencia entre renglones de objetos de gasto de bienes capitalizables a gasto corriente
Presidencia de la República
- Decreto: 48-2017
- Publicación: 12 de abril de 2017
- Órgano emisor: Presidencia de la República
- Gaceta: 34,314
Considerandos
Que en fecha 16 de diciembre 2015, se celebró entre la República de Honduras y el Banco Interamericano de Desarrollo, el Contrato de Préstamo No. 2470/BLHO-2 y Contrato Modifica torio del Contrato de Préstamo 2470/BL-HO, destinado a financiar la ejecución del “Programa de Integración Vial Regional”, el primero por el monto de Veinte Millones de Dólares (USD 20,000,000.00); y, el segundo, por Ciento Treinta y Cuatro Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (USD134,000,000.00), siendo Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-H), el organismo ejecutor designado en el Convenio del referido programa.
Que en el mes de febrero 2017, mediante oficio DGCP-DEM 56/2017, la Secretaría de Finanzas solicitó a INVEST-H, realizar pago al Banco Centroamericano de Integración Económica(BCIE),en concepto de Estudios de Preinversión del tramo IV “Choluteca-El Espino” del Programa de Integración Vial Regional BID 2470/BL-HO-1, por un monto total de DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SESENTA DÓLARES (USD 275,060.00), monto que no estuvo incluido en la formulación 2017 y cuyo pago debe efectuarse con cargo al objeto de gasto 24200. Teniendo en consideración que el techo del grupo 20000 fue re cortado durante la formulación, actualmente no se dispone de presupuesto en el objeto correspondiente,para el pago de los mencionados diseños.
Que en fecha 23 de diciembre 2016, se celebró entre la República de Honduras y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el Contrato de Préstamo No. 3771/BL-HO, destinado a financiar la ejecución del “Programa Ciudad Mujer”por un monto de Veinte Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (USD 20,000,000.00), siendo Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-H) el organismo co ejecutor de los componentes (2), Atención Integral en Salud Sexual y Reproductiva para las Mujeres,y(5)Ampliación y Fortalecimiento del Programa Ciudad Mujer del referido programa.
Que durante la formulación del año 2017, se reservó un bolsón de fondos en el grupo 40000, en el Programa de Integración Vial Regional Préstamo BID 2470/BL- HO, para cubrir los gastos del Programa Ciudad Mujer BID 3771/BL-HO, para los componentes de dicho préstamo ejecutados por INVEST-H,pero no se asignó presupuesto para los grupos 20000 y 30000.
Que el Proyecto Ciudad Mujer, ha cumplido las condiciones precedentes correspondientes para solicitud del primer desembolso y por consiguiente el inicio de operaciones, en tal sentido es necesario el traslado de presupuesto en los grupos donde no fue asignado. A. 3 A. 4 U D I -D EG T-U N AH LIC.MARTHA ALICIA GARCÍA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956
Que es atribución del Presidente de la República,conforme al Artículo 245 de la Constitución de la República administrar la Hacienda Pública y dictar las medidas extraordinarias en materia económica y financiera,cuando así lo requiera el interés nacional,dirigir la política económica y financiera del Estado, crear y mantener los servicios públicos y tomar medidas necesarias para el buen funcionamiento de los mismos.
Que el Presidente de la República, tiene a su cargo la Administración General del Estado y la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada pudiendo, en el ejercicio de sus funciones,actuar por sí o en Consejo de Secretarios de Estado.
Que el Artículo 100 de las Disposiciones Generales de Presupuesto, establece que no se permitirá modificaciones presupuestarias que afecten asignaciones de gasto de capital para financiar gastos corrientes de cualquier fuente de financiamiento, en caso de requerirse, se deberá contar con la aprobación del Presidente de la República y el mismo se formalizará mediante Acuerdo Ejecutivo.
Que mediante el Acuerdo Ejecutivo No. 031-2015 emitido por la Secretaría de Estado de la Presidencia, el Presidente Constitucional de la República, delegó en el Secretario de Estado Coordinador General de Gobierno,la potestad de firmar Acuerdos Ejecutivos que según la Ley de la Administración Pública,son potestad del Presidente de la República.
Articulos
Autorizar al Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas,la transferencia entre renglones de objetos de gasto de bienes capitalizables a gasto corriente en la Institución 31 por un monto total de VEINTITRÉS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CIENTO SETENTA Y DOS LEMPIRAS (L.23,835,172.00),este valor incluye el traslado de fondos de la fuente 21, asignados en el presupuesto del año 2017 al Proyecto 11, por un monto de Seis Millones Ochocientos Setenta y Seis Mil Quinientos Lempiras (L.6,876,500.00); y el traslado de fondos de la fuente 21, asignados en el presupuesto del año 2017 al Proyecto 12, por un monto de Dieciséis Millones Novecientos Cincuenta y Ocho Mil Seiscientos Setenta y Dos Lempiras (L.16,958,672.00).
Disminuir en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, en el ejercicio fiscal 2017, la asignación presupuestaria siguiente: Institución 31, GA 02, UE 10, FTE 21, ORG 173, PRG 11, SUB PRG 00, PROY 11, AoB 012, OBJ GASTO 47210; DISMINUCIÓN TOTAL L.6,876,500.00.
Aumentar en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República en el ejercicio fiscal 2017, la asignación presupuestaria siguiente: Institución 31, GA 02, UE 10, FTE 21, ORG 173, PRG 11, SUB PRG 00, PROY 11, AoB 008, OBJ GASTO 24200; AMPLIACIÓN TOTAL L.6,876,500.00.
Disminuir en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, en el ejercicio fiscal 2017, la asignación presupuestaria siguiente: Institución 31, GA 02, UE 10, FTE 21, ORG 173, PRG 11, SUB PRG 00, Proy 12, AoB 004, OBJ GASTO 47210; DISMINUCIÓN TOTAL L. 16,958,672.00.
Aumentar en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República en el ejercicio fiscal 2017, la asignación presupuestaria siguiente. Institución 31, GA 02, UE 10, FTE 21, ORG 173, PRG 11, SUB PRG 00, Proy 12, AoB 004, OBJ GASTO 24400, 24710, 24720; SUB TOTAL DE LA AMPLIACIÓN L.9,941,758.00, AoB 005, OBJ GASTO 21100, 21420, 21430, 23200, 24710, 25100, 25400, 25500, 25600, 25700, 26110, 26120, 26210, 26220, 27210, 33100, 33300, 33400, 33500, 35620, 39100, 39200, 39300, 39600; SUB TOTAL DE LA AMPLIACIÓN L.4,496,914.00, AoB 006, OBJ GASTO 24600, 24710; U D I -D EG T-U N AH SUBTOTAL DE LA AMPLIACIÓNL.2,016,000.00,AoB007, OBJ GASTO 24130, SUB TOTAL DE LA AMPLIACIÓN L.504,000.00;AMPLIACIÓN TOTALL.16,958,672.00
El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en el Salón Constitucional de la Casa Presidencial en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los veintinueve (29) días del mes de marzo del año dos mil diecisiete(2017). JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO SECRETARIO DE ESTADO COORDINADOR GENERAL DE GOBIERNO Por delegación del Presidente de la República Acuerdo Ejecutivo No. 031-2015, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 25 de noviembre de 2015 MARCO ANTONIO BOGRÁN CORRALES DIRECTOR EJECUTIVO CUENTA DEL DESAFIO DEL MILENIO