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29 de marzo de 2017Vigente

Acuerdo Ejecutivo No. 024-2017 — Ratificación de Convenio de Arreglo Amistoso con AJABPCH para Compensación de Víctimas de Centro Penitenciario de Comayagua

Presidencia de la República

  • Decreto: 024-2017
  • Publicación: 29 de marzo de 2017
  • Órgano emisor: Presidencia de la República
  • Gaceta: 34,302

Considerandos

Que el Artículo 245 numeral 11) de la Constitución de la República, establece “El Presidente de la República tiene a su cargo la Administración General de Estado, con sus atribuciones:1)........11) Emitir Acuerdos y Decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a la Ley....”.

Que el Artículo 87 de la Constitución de la República dispone: “Que las cárceles son establecimientos de seguridad y defensa social, se procurará en ellas la rehabilitación del recluido y su preparación para el trabajo”.

Que el Presidente de la República, tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada y en el ejercicio de sus funciones podrá actuar por sí en Consejo de Secretarios de Estado.

Que corresponde al Poder Ejecutivo por medio de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización y el Instituto Nacional Penitenciario como Organismo Desconcentrado, con autoridad en el territorio nacional, la Organización,Administración y el Funcionamiento del Sistema Penitenciario Nacional, en los servicios que le son inherentes.

Que la Ley General de la Administración Pública en su Artículo 116, establece que los actos de los Órganos de la Administración Pública, adoptarán la forma de Decretos,Acuerdos, Resoluciones o Providencias y en su Artículo 118 Numeral 1), dispone que se emitirán por Acuerdo las decisiones de carácter particular que se tomaren fuera de los procedimientos en que los particulares intervengan como parte interesada.

Que el Artículo 7 de la Ley General de la Administración Pública, establece la jerarquía normativa, a la que los actos de la Administración Pública deberán someterse.

Que el Estado de Honduras, tiene la obligación de Proteger y fomentar en todo momento la seguridad de la población nacional, bienestar social y goce irrestricto de los Derechos Humanos en sus diversas manifestaciones.

Que el Estado de Honduras firmó el Convenio con la Asociación Juntos Avanzamos en el Bienestar de la Población Carcelaria de Honduras (AJABPCH), para establecer las condiciones bajo las cuales el Estado de Honduras se compromete a compensar a los familiares de los fallecidos en el Centro Penitenciario de Comayagua en fecha catorce (14)de febrero del año 2012.

Que la actividad penitenciaria se debe desarrollar con las garantías y dentro de los límites establecidos por la Constitución de la República, los Tratados Internacionales ratificados en Honduras, las Leyes, los Reglamentos y las Sentencias Judiciales.

Que los Establecimientos Penitenciarios constituyen un componente esencial del Sistema de Justicia Penal del País, para garantizar la seguridad de los habitantes de la República.

Articulos

Articulo 1.-

Ratificar el Convenio de Arreglo Amistoso para el Reconocimiento y Compensación Económica y en Especie, con la Asociación Juntos Avanzamos en el Bienestar de la Población Carcelaria de Honduras (AJABPCH).

Articulo 2.-

Avalar la Compensación Económica y en Especie, haciendo efectivo el último pago de los cuatro (04) desembolsos programados a los familiares de las víctimas del incendio en el Centro Penitenciario de Comayagua, con el acompañamiento de los órganos del Estado como la Procuraduría General de la República, como representante legal del Estado, el Tribunal Superior de Cuentas, el Instituto Nacional Penitenciario y la Asociación Juntos Avanzamos en el Bienestar de la Población Carcelaria de Honduras(AJABPCH).

Articulo 3.-

El Presente Acuerdo Ejecutivo es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial“La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Cntral, en Casa Presidencial, a los veintinueve (29) días del mes de marzo del dos mil diecisiete (2017). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE REPÚBLICA REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ SECRETARIO DE ESTADO DE LA PRESIDENCIA Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización