Acuerdo No. 527 — Política de Monitoreo del Control Interno de la Secretaría de Finanzas
Secretaría de Finanzas
- Decreto: 527
- Publicación: 28 de febrero de 2017
- Órgano emisor: Secretaría de Finanzas
- Gaceta: 34,277
Considerandos
Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación,dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional,en el área de su competencia.
Que el Decreto PCM No. 26-2007 del 7 de septiembre de 2007, cuyo Artículo 11 y el numeral 1, señalan que las instituciones o entes bajo el ámbito de la ONADICI y los servidores públicos en los niveles jerárquicos que corresponda,so pena de incurrir en falta grave disciplinaria y responsabilidad administrativa,deberán:1.Establecer,promover, aplicar y mantener,al interior del respectivo ente,un proceso de control interno, basado en la transparencia, probidad y ética pública,de conformidad con las normas generales y específicas, emitidas o que emita el ente rector del Sistema Nacional de Control delos Recursos Públicos y la ONADICI,respectivamente.
Que el Artículo 36, numeral 8 de la Ley General de la Administración Pública, establece que son Atribuciones de las Secretarías de Estado Emitir los Acuerdos y Resoluciones sobre los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República,y cuidar de su ejecución. U D I -D EG T-U N AH
Articulos
Aprobar la “Política de Monitoreo del Control Interno de la Secretaría de Finanzas”,la cual expresa lo siguiente: En la Secretaría de Finanzas deberá observarse y evaluarse el funcionamiento de los diversos controles,con el fin de determinar la vigencia y la calidad del control interno y emprender las modificaciones que sean pertinentes para mantener su efectividad. El control interno de los recursos públicos es esencialmente un proceso de autocontrol aplicado por los servidores públicos, bajo su propia responsabilidad, sobre las operaciones o actividades a su cargo. Puesto que el control, en su naturaleza previa y posterior, forma parte de todas las actividades organizacionales,es preciso analizar cuál es su efecto sobre las diversas fases de los procesos respectivos,tomando en consideración los criterios de viabilidad y conveniencia de tales controles,así como la posibilidad de mejorar y perfeccionar el sistema de control interno. Se deben establecer y mantener controles claves para los principales procesos de operación definidos en la entidad.Dichos controles clave deben estar integrados en los procesos de ejecución de las operaciones. Propósito de la Política Apoyar en la capacidad del control interno institucional en la aplicación de criterios de autorregulación, autocontrol y auto evaluación de su desempeño, bajo la responsabilidad de la administración activa, respecto al diseño y funcionamiento apropiado de los componentes del control interno. Ejecutar las funciones individuales asignadas ala primera es la definición de calidad en el servicio. Criterio Acciones aplicadas durante el proceso completo de las operaciones enfocadas al funcionamiento de los componentes del Control Interno: 1)Ambiente de Control, 2) Evaluación y Gestión de Riesgos, 3) Actividades de Control, 4) Información y Comunicación.El monitoreo puede ser aplicado en forma individual a cada componente. La presente política establece las siguientes prácticas obligatorias institucionales: 1. La Máxima Autoridad Ejecutiva(MAE),en conjunto con los responsables de todas las áreas y/o unidades de la entidad, debe definir un marco normativo institucional (Reglamentos,Manuales de Organización y Funciones, Manuales de Procesos y Procedimientos, Manual de Puestos,Manual de Políticas,instructivos,etc.)con base en el principio de autorregulación. Los manuales de procedimientos deben incluir las actividades de control necesarias para el desarrollo adecuado de las operaciones en procura del cumplimiento de los objetivos institucionales. 2. La responsabilidad por el autocontrol corresponde a todos los funcionarios y servidores públicos de la institución,de manera especial a los niveles de jefatura y de dirección por las acciones de supervisión a que están obligados en el proceso de ejecución de las operaciones. U D I -D EG T-U N AH El superior jerárquico de la Unidad de Planificación y Desarrollo Institucional y de las áreas relacionadas al preparar los manuales de procedimientos deben establecer e incorporarlos criterios a ser aplicados en las acciones de autocontrol,difundir los ampliamente y estar disponibles para el personal ejecutor de las operaciones. 3. Los superiores jerárquicos de todas las unidades que realizan funciones de supervisión continua tienen la responsabilidad de documentar su participación en las operaciones y transacciones ejecutadas. 4. Los superiores jerárquicos de todas las unidades deben auto evaluar el cumplimiento de los principales criterios de control diseñados y en operación, así como la preparación de un informe sobre las fortalezas y las deficiencias de Control Interno de su área de operación en la institución.El apoyo de la MAE es fundamental para la aplicación de este principio de control interno. 5. La MAE tiene la responsabilidad de supervisar la eficacia del Control Interno considerando los informes de las autoevaluaciones realizadas y los informes de la Unidad de Auditoría Interna (UAI), como también, tomando conocimiento y aprobando los informes periódicos de las unidades operativas y administrativas de la institución, considerando los criterios de oportunidad,confiabilidad, legalidad,comparación e integridad. 6. El Jefe de la UAI debe colaborar mediante la evaluación continua y permanente del diseño y funcionamiento del Control Interno como una actividad objetiva,profesional e independiente.
La presente “Política de Monitoreo del Control Interno de la Secretaría de Finanzas” estará sujeta a cambios de acuerdo al desarrollo por parte de la misma Secretaría de Estado.
El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE. WILFREDO RAFAEL CERRATO RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO CÉSAR VIRGILIO ALCERRO GÚNERA SECRETARIO GENERAL ________ La EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS le ofrece los siguientes servicios: LIBROS FOLLETOS TRIFOLIOS FORMAS CONTINUAS AFICHES FACTURAS TARJETAS DE PRESENTACIÓN CARÁTULAS DE ESCRITURAS CALENDARIOS EMPASTES DE LIBROS REVISTAS. U D I -D EG T-U N AH Sección B Avisos Legales