Acuerdo No. 1030-SE-2022 — Aprobación de Carrera de Bachillerato Técnico Profesional en Informática con Orientación en Programación
Secretaría de Estado en el Despacho de Educación
- Decreto: 1030-SE-2022
- Publicación: 17 de agosto de 2023
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en el Despacho de Educación
- Gaceta: 36,310
Considerandos
Que la Constitución de la República establece que la educación en todos los niveles del Sistema Educativo Formal, excepto el Nivel Superior, será autorizada, organizada, dirigida y supervisada exclusivamente por el Poder Ejecutivo por medio de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación.
Que la Ley Fundamental de Educación, aprobada y publicada, mediante Decreto No. 262-2011, de fecha el 22 de febrero del 2012, describe en el Reglamento de la Gestión de la Educación, Capítulo II, Artículo 9 “De la Universalidad de la Educación”, que es obligación del Estado, ofrecer a todas las personas en edad escolar o no, la posibilidad de acceso al Sistema Nacional de Educación.
Que según lo establecido en el Reglamento de Educación Media, en su Artículo 12 referente a la Modalidad Técnico Profesional, se conceden facultades para desarrollar diferentes especialidades con el propósito de que los educandos adquieran las competencias necesarias para acceder al mundo laboral o continuar con estudios superiores.
Que el Plan Visión de País y Plan Estratégico del Sector Educación 2018-2030, establecen que la oferta formativa se definirá conforme a las demandas regionales de desarrollo socioeconómico, considerando entre otros aspectos, las cadenas productivas de valor y prioridades de Gobierno.
Que es necesario desarrollar procesos de Educación Técnica Profesional,pertinentes en correspondencia con las demandas del sector productivo y empleador, fortaleciendo las competencias laborales de los egresados, que conlleve a mejores oportunidades de empleo de los jóvenes egresados de los centros educativos del nivel de Educación Media.
Que el Diseño Curricular de la carrera y nueva orientación técnica, se elaboraron de conformidad a los lineamientos normativos curriculares y otras especificaciones técnicas preestablecidas por la Subdirección General de Educación Media y el Reglamento de Educación Media. CONSIDERANDO: En relación con el Diseño Curricular propuesto por el Instituto Tecnológico de Excelencia Educativa, (ITEE), éste fue analizado, encontrándose que fue estructurado de conformidad a lo estipulado en los Capítulos II y III, artículos del 22 al 27 del Reglamento de Educación Media; además de responder a las prioridades de actualización de la oferta educativa definidas por la Secretaría de Educación y Plan estratégico Sectorial, PESE 2019-2030.
Texto completo
Tegucigalpa, M.D.C., 29 de agosto de 2022 EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República establece que la educación en todos los niveles del Sistema Educativo Formal, excepto el Nivel Superior, será autorizada, organizada, dirigida y supervisada exclusivamente por el Poder Ejecutivo por medio de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación. CONSIDERANDO: Que la Ley Fundamental de Educación, aprobada y publicada, mediante Decreto No. 262-2011, de fecha el 22 de febrero del 2012, describe en el Reglamento de la Gestión de la Educación, Capítulo II, Artículo 9 “De la Universalidad de la Educación”, que es obligación del Estado, ofrecer a todas las personas en edad escolar o no, la posibilidad de acceso al Sistema Nacional de Educación. CONSIDERANDO: Que según lo establecido en el Reglamento de Educación Media, en su Artículo 12 referente a la Modalidad Técnico Profesional, se conceden facultades para desarrollar diferentes especialidades con el propósito de que los educandos adquieran las competencias necesarias para acceder al mundo laboral o continuar con estudios superiores. CONSIDERANDO: Que el Plan Visión de País y Plan Estratégico del Sector Educación 2018-2030, establecen que la oferta formativa se definirá conforme a las demandas regionales de desarrollo socioeconómico, considerando entre otros aspectos, las cadenas productivas de valor y prioridades de Gobierno. CONSIDERANDO: Que es necesario desarrollar procesos de Educación Técnica Profesional,pertinentes en correspondencia con las demandas del sector productivo y empleador, fortaleciendo las competencias laborales de los egresados, que conlleve a mejores oportunidades de empleo de los jóvenes egresados de los centros educativos del nivel de Educación Media. CONSIDERANDO: Que el Diseño Curricular de la carrera y nueva orientación técnica, se elaboraron de conformidad a los lineamientos normativos curriculares y otras especificaciones técnicas preestablecidas por la Subdirección General de Educación Media y el Reglamento de Educación Media.
CONSIDERANDO: En relación con el Diseño Curricular propuesto por el Instituto Tecnológico de Excelencia Educativa, (ITEE), éste fue analizado, encontrándose que fue estructurado de conformidad a lo estipulado en los Capítulos II y III, artículos del 22 al 27 del Reglamento de Educación Media; además de responder a las prioridades de actualización de la oferta educativa definidas por la Secretaría de Educación y Plan estratégico Sectorial, PESE 2019-2030. POR TANTO: La Secretaría de Estado en el Despacho de Educación en uso de las facultades que está investida y en aplicación del Decreto No. 266-2013, que reforma el artículo 28 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA:
- 1)
Aprobar la Carrera del Bachillerato Técnico Profesional en Informática con Orientación en Programación, para ser desarrollado en el nivel de Educación Media, a partir del año 2022, con los correspondientes Planes y Programas de Estudio, conforme a la descripción siguiente:
EDIS ANTONIO MONCADA ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821
- 2)
Autorizar la Ampliación del funcionamiento del Bachillerato Técnico Profesional en Informática con orientación en Programación al Instituto Tecnológico de Excelencia Educativa (ITEE), con domicilio en la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, con carácter experimental, a partir del año 2022, evaluándose el desarrollo de la carrera y desempeño en la primera y segunda promoción de graduados/egresados.
- 3)
La carrera No podrá ser autorizada a otro centro educativo, hasta no ser evaluada la primera y segunda promoción de egresados del Instituto Tecnológico de Excelencia Educativa (ITEE) y analizar el impacto de su desempeño en el mercado laboral.
- 4)
El presente Acuerdo entrará en vigencia una vez publicado en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil veintidós. PUBLÍQUESE Y COMUNÍQUESE PROFESOR DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELASQUEZ SECRETARIO DE ESTADO ABG. EDWIN EMILIO OLIVA SECRETARIO GENERAL
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