Acuerdo No. CREE-44-2022 — Designación de cargos de los Comisionados de la CREE
Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE)
- Decreto: CREE-44-2022
- Publicación: 25 de marzo de 2023
- Órgano emisor: Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE)
- Gaceta: 36,189
Texto completo
ACUERDO CREE-44-2022 “DESIGNACIÓN DE CARGOS DE LOS COMISIONADOS DE LA CREE” Comisión Reguladora de Energía Eléctrica. Tegucigalpa, Municipio de Distrito Central a los nueve días de septiembre de dos mil veintidós. Resultando:
- I)
Que mediante Acuerdo Ejecutivo 375-A-2022 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 25 de agosto del 2022, se nombró en el cargo de Comisionado Presidente de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE o “Comisión”) al ciudadano Rafael Virgilio Padilla Paz, tomando posesión de su cargo inmediatamente después que prestó la promesa de ley contenida en el artículo 322 de la Constitución de la República.
- II)
Que mediante Acuerdo Ejecutivo 377-2022 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 25 de agosto del 2022, se nombró en el cargo de Comisionado ante la CREE al ciudadano Wilfredo César Flores Castro, en sustitución de José Antonio Morán Maradiaga y por el período que restaba en dicho cargo el ciudadano Morán; el ciudadano Flores tomó posesión de su cargo inmediatamente después de prestar la promesa de ley contenida en el artículo 322 de la Constitución de la República.
III. Que de conformidad con el artículo 3 literal C de la Ley General de la Industria Eléctrica, reformada mediante Decreto Legislativo 46-2022, los cargos de Presidente y Secretario de la CREE son rotatorios cada año: asimismo, la ley señala que los Comisionados eligen a su Presidente y Secretario, pero que el primer Comisionado Presidente y Secretario serán designados por la Presidencia de la República. IV. Que mediante Acuerdo CREE-32-2022 de fecha 16 de junio de 2022 el Directorio de Comisionados de la CREE aprobó la última rotación de cargos de comisionados: en vista de los últimos nombramientos realizados por la Presidencia de la República se hace necesaria la elección de los cargos que ejercerá cada Comisionado nombrado. Considerando: Que la Ley General de la Industria Eléctrica fue aprobada mediante Decreto No. 404-2013, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 20 de mayo del 2014 y reformada mediante Decretos Legislativos números 61-2020, 2-2022 y 46-2022; esta tiene por objeto, entre otros, regular las actividades de generación, transmisión y distribución de electricidad en el territorio de la República de Honduras. Que de acuerdo con lo establecido en la Ley General de la Industria Eléctrica, la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica cuenta con independencia funcional, presupuestaria, financiera y facultades administrativas suficientes para el cumplimiento de sus objetivos. Que la Ley General de la Industria Eléctrica establece que los cargos de Presidente y Secretario de la CREE son rotatorios y que el primer Comisionado Presidente y Secretario serán designados por la Presidencia de la República. Que el Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica indica que los cargos del Directorio de Comisionados se ejercerán por el período de un año contado a partir de la fecha en que se eligen o antes si se llegara a alcanzar el período para el cual fueron nominados como Comisionados. Que el Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica establece que la rotación de los cargos del Directorio de Comisionados se efectuará de manera que el que haya sido electo como Vocal asuma el cargo de Secretario, este último asuma el cargo de Presidente y este el cargo de Vocal. Que el Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica también reconoce la potestad del Directorio de Comisionados para la toma de decisiones regulatorias, administrativas, técnicas, operativas, presupuestarias y de cualquier otro tipo que sea necesario en el diario accionar de la Comisión. Que en la Reunión Ordinaria CREE-06-2022 del 09 de septiembre de 2022, el Directorio de Comisionados acordó emitir el presente Acuerdo.