Acuerdo No. 222-2019 — Reforma a requisitos para permiso de construcción
Corporación Municipal de Danlí
- Decreto: 222-2019
- Publicación: 21 de enero de 2023
- Órgano emisor: Corporación Municipal de Danlí
- Gaceta: 36,135
Texto completo
Reformado mediante Acuerdo No. 222-2019, Acta No. 13 de Sesión Ordinaria, celebrada el 09 de julio del año 2019, y que de ahora en adelante deberá leerse de la siguiente manera: Todas las construcciones, no requerirán ir acompañadas de planos y presupuestos firmados, sellados y timbrados, así como de la solvencia vigente de colegiación de los La duración del permiso en cementerios será por un mes. . - ARTÍCULO No. 40: El servicio de Catastro se cobrará así: profesionales de la Ingeniería Civil o Arquitectura, cuando las mismas se encuentren con un monto de presupuesto, que sea menor o igual a L. 250,000.00 (Doscientos Cincuenta Mil Lempiras exactos). REQUISITOS PREVIO ANTES DE EMITIR EL PERMISO DE CONTRUCCION.
- a)
Presentar Documento de la Propiedad (Escritura)
- b)
Documentos personales (copias)
- c)
Presentar el pago de bienes inmuebles (copias)
- d)
Presentar el presupuesto por cantidades de obras y materiales
- e)
Si el presupuesto excede de Lps 250,000.00 deberá ser firmados y sellados por un Ingeniero Civil o Arquitecto
- f)
Los planos deben ser los siguientes: (Cimentación, sistema eléctrico, sistema sanitario, hidráulico, fachada, constructivo, y un croquis diseñado donde se encuentra el terreno de la construcción a realizar
- g)
Constancia de solvencia vigente del profesional del Colegio de Ingenieros Civiles o Arquitectos
- h)
Documentación del maestro de residente en la construcción
- i)
Si la construcción es en Centro Histórico es regulado por reglamento del mismo
- j)
Si las edificaciones exceden de 1500 M2 deben presentar licencia Ambiental y si es menos en metros M2 presentar constancia de no requerirla
- k)
Para construcciones arriba de los Lps. 500.000.00 deberá presentar un precontrato firmado por Ingeniero Civil o Arquitecto para la supervisión de la obra. Para las viviendas de interés social el valor del permiso será del 0.40 % del costo de la obra, al finalizar la obra. (Iglesias, canchas deportivas sin fines de lucro, centros comunales, auditórium para la educación sin fines de lucro, viviendas patrocinadas por el Estado. Se entiende por construcción de interés social aquellas que se destinen a personas de escasos recursos económicos o instituciones de beneficencia, en todo caso la Municipalidad comunicará o dará visto bueno. DURACION DE LOS PERMISOS DE CONSTRUCCION En la duración de los permisos se establece la escala siguiente: (Derogada). Reformada esta escala mediante Acuerdo No. 222-2019, Acta No. 13 de Sesión Ordinaria, celebrada el 09 de julio del año 2019, y que de ahora en delante de conformidad a la nueva reforma establecida dentro del Acuerdo 324-2022 de la siguiente manera:
Para la renovación de los permisos de construcción se otorgarán previo pago del 50% de recargo sobre el pago inicial y con una duración del 50% del plazo conforme a la escala anterior. Los permisos de construcción quedan sujetos a que el departamento de catastro una vez finalizada la construcción realice el avalúo correspondiente a fin de establecer la inversión real y formular los ajustes que de acuerdo a esta se determinen. Por construir sin el permiso correspondiente, el infractor se hará responsable de una multa del 2% del total del presupuesto. Por construir con permiso vencido el 1% del presupuesto, y al maestro de la obra o director de la misma según acuerdo No. 319-2011, Acta No. 20, inscrita en el tomo 98 año 2011 Lps. 3,000.00. Por demolición de cualquier edificio pagará Lps 20.00 por metro cuadrado. Por la construcción de túmulos en vías públicas, se pagará así: - Vía pública pavimentada..................................L. 750.00 - Otras calles y avenidas....................................L. 350.00 Haciendo constancia de una autorización de la corporación Municipal. Solamente con autorización y supervisión por parte de la Oficina de Ingeniería Municipal y el Comité Vial; los contraventores, sin perjuicio de la demolición pagarán una multa de L 100.00. Remedición de solares y terrenos Hasta 2,000 Mts. Cuadrados de área: Urbanos por solar…… ………..............................................................L. 250.00 Se cobrará por fracción de manzana o manzana…………… ………...............................................................L. 350.00 Servicio de croquis catastral La Municipalidad podrá prestar servicios a petición de la parte interesada, debiendo cobrarse Lps. 100.00 por manzana o fracción de manzana. Los gastos que de este servicio se deriven correrán por cuenta del interesado sin perjuicio del pago de las tasas anteriores. Cuando a petición de persona interesada solicite los servicios de Remedición de Terrenos rurales y tenga que desplazarse personal al lugar donde se realizará la labor se aplicará el cobro de Lps 250.00 por hectárea. .- ARTÍCULO No. 44: Las tasas por utilización y arrendamiento de propiedades y bienes municipales se cobrarán así: Licencias para Buhoneros:
- a)
Se establecen tarifas de cobro por licencias para buhoneros estacionados en los predios Municipales, calles y avenidas de la ciudad.
- b)
Comprende los predios Municipales, la Terminal de Transporte, Plaza San Sebastián, frente Hotel Xalli, La Salinera, contiguo al Mercado Municipal, predios del parque Lo Nuestro (Venta de Frutas) y Predios frente a la ENEE, Campo Julio Verne, Hospital Regional salida a El Paraíso.
- c)
Comprende calles y avenidas de la ciudad, todas las vías de circulación del área urbana. SISTEMA DE COBRO: 1. Plaza San Sebastián, contiguo al Mercado Municipal: Los vendedores ubicados en estos sectores además de pagar su Permiso de Operación, Impuesto Sobre Volumen de Ventas y Servicios Públicos, cancelarán a la Municipalidad la cantidad de Lps. 300.00 mensuales. 2. Salinera: contiguo al Mercado Municipal: Los vendedores ubicados en estos sectores además de pagar su Permiso de Operación, Impuesto Sobre Volumen de Ventas y Servicios Públicos, cancelarán a la Municipalidad la cantidad de Lps. 11,000.00 mensuales. Todos los antes mencionados deberán estar al día al fin de año con todos sus pagos. 3. Terminal de Transporte: Los vendedores ubicados en este sector, pagarán además de su permiso de operación, volumen de ventas y servicios públicos, por el uso del predio cancelarán a la Municipalidad de acuerdo a la clasificación siguiente: 4. Mercado Xalli: Los vendedores ubicados en este sector además de su permiso de operación, volumen de ventas y servicios públicos, por el uso del predio cancelarán a la Municipalidad sean estos puestos de verduras, carnicerías, abarroterías de la siguiente manera:
- 1)
Campo Julio Verne: Los vendedores de verduras (vendedores de verdura) ubicados en este sector además de su permiso de operación, volumen de ventas y servicios públicos, harán el pago mensual por el valor de Lps. 10,000.00.
- 2)
ENEE: Los vendedores de los predios externos de este Sector conocidos como Asociación de Vendedores Eben Ezer además de su permiso de operación, volumen de ventas y servicios públicos, pagarán un valor de Lps. 300.00 mensuales por puesto.
- 3)
Parque Lo Nuestro, caseta de venta de frutas: Los vendedores de los predios de este Sector además de su Permiso de Operación, volumen de ventas y
servicios públicos, pagarán un valor de Lps. 1,000.00 mensuales por puesto.
- 4)
Hospital Regional Salida a El Paraíso: Los vendedores de los predios de este Sector además de su permiso de operación, volumen de ventas y servicios públicos, pagarán un valor de Lps. 300.00 mensuales por puesto.
- 5)
Mercado Viejo, costado de FESTIMA: Los vendedores de los predios de este Sector además de su permiso de operación, volumen de ventas y servicios públicos, pagarán un valor de Lps. 2,500.00 Lempiras mensuales por puesto. Todos los contribuyentes antes mencionados realizarán sus respectivos pagos mensualmente en el departamento de Control Tributario. Además de lo anterior se les cobrará el impuesto por Volumen sobre Ventas, Producción e Ingresos. Cuando la Municipalidad, construya el mercado zonal, todos los vendedores antes señalados, serán reubicados en el mismo siempre y cuando estén al día con sus pagos. EDIFICIOS MUNICIPALES: Por arrendamiento de cubículos en la Nueva Terminal de Transporte Terrestre se cobrará DOSCIENTOS LEMPIRAS (Lps. 200.00) POR METRO CUADRADO mensualmente.
- 1)
- a)