Acuerdo Ejecutivo
Acuerdo Ejecutivo No. 273-2025 — Autorización para suscribir convenios de financiamiento del Proyecto Manejo Resiliente del Corredor CA-13 La Ceiba - Puerto Castilla
ACUERDO EJECUTIVO NÚMERO 273-2025
LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO: Que la Presidenta de la República,
tiene a su cargo la Suprema Dirección
y Coordinación de la Administración
Pública Centralizada y Descentralizada,
y en el ejercicio de sus funciones,
podrá actuar por sí o en Consejo de
Ministros. A ese efecto, el artículo 116
de la Ley General de la Administración
Pública, establece que los actos de
los órganos de la Administración
Pública adoptarán la forma de Decretos,
Acuerdos, Resoluciones o Providencias.
CONSIDERANDO: Que el artículo 248 de la Constitución
de la República en su párrafo primero
establece, que los decretos, reglamentos,
acuerdos, órdenes y providencias de la
Presidenta de la República, deberán
ser autorizadas por los Secretarios de
Estado en sus respectivos ramos o por
los Subsecretarios en su caso. Sin estos
requisitos no tendrá fuerza legal.
CONSIDERANDO: Que el Decreto No.83-2004 que contiene
la Ley Orgánica del Presupuesto, en su
artículo 73 establece que la negociación
de los empréstitos del Sector Público
corresponderá a la Secretaría de
Estado en el Despacho de Finanzas,
por medio de la Dirección General
de Crédito Público, de conformidad
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en la conexión entre la capital y el puerto
de Puerto Cortés, a través del Valle de
Sula. Actualmente se ha ampliado este
enfoque, impulsando una estrategia de
conectividad resiliente a nivel nacional
mediante programas orientados tanto
a la rehabilitación y ampliación de la
red vial primaria, como a la mejora
del acceso climático-resiliente para los
municipios rurales y las comunidades
en situación de aislamiento, por lo
que resulta estratégicamente necesario
adoptar medidas que fortalezcan la
infraestructura vial en todo el país.
CONSIDERANDO: Que el mejoramiento de la accesibilidad,
la resiliencia climática y la seguridad de
la conectividad vial en los departamentos
de Atlántida y Colón constituye un eje
estratégico para facilitar el acceso a los
mercados, asegurar una conectividad
confiable a servicios esenciales como
la salud, la educación y la atención de
emergencias, así como para generar
nuevas oportunidades de empleo. Estas
acciones se implementarán tanto a través
de la rehabilitación y el mantenimiento
de la infraestructura vial, como mediante
el fortalecimiento del acceso al empleo
y a los medios de vida en toda la región.
CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la República de
Honduras ha priorizado dentro de
su programa de inversión pública
utilizar los recursos con honestidad
y responsabilidad, por tal razón se ha
formulado con el apoyo de la Asociación
Internacional de Fomento (AIF) y el
Instituto de Crédito Oficial, Entidad
a los lineamientos contenidos en esta
Ley y demás leyes aplicables. En la
negociación se definirán las condiciones
contractuales, como ser: Destino del
financiamiento, plazos de amortización,
período de gracia, tasas máximas de
interés y moneda para el pago, sin
perjuicio de las demás condiciones que
son propias en esta clase de negociación.
Esta negociación y la posterior
formalización estarán determinadas
por las prioridades del Programa de
Inversión Pública, en consonancia con
el Marco Macroeconómico y Programa
Financiero de Mediano y Largo Plazo
que defina el Gobierno de la República.
CONSIDERANDO: Que la alta vulnerabilidad de Honduras
a los peligros naturales obstaculiza la
productividad económica, profundiza las
desigualdades y altera la conectividad,
tomando en cuenta que Honduras se
enfrenta a fenómenos meteorológicos
frecuentes y cada vez más intensos,
como fuertes lluvias, huracanes e
inundaciones, que pueden dañar
gravemente las redes de carreteras. Los
impactos devastadores de las recientes
tormentas tropicales, como Eta e Iota
(2020) y Sara (2024), que causaron
importantes daños a la infraestructura
vial e interrumpieron la conectividad,
subrayan la urgente necesidad de
realizar inversiones estratégicas en
infraestructura resiliente.
CONSIDERANDO: Que la inversión pública en infraestructura
de transporte ha sido históricamente
limitada, concentrándose principalmente
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Pública Empresarial (ICO) del Reino de
España el “Proyecto Manejo Resiliente
del Corredor CA-13 La Ceiba -
Puerto Castilla, en los Departamentos
de Atlántida y Colón”, el cual tiene
como objetivo mejorar la accesibilidad,
la resiliencia climática, la seguridad vial
y la gestión del corredor CA-13, entre
La Ceiba y Puerto Castilla, mejorando
así las infraestructuras viarias en el norte
del país.
CONSIDERANDO: Que el proyecto constituye una
inversión estratégica y transformadora
para Honduras, al representar una
oportunidad tangible para dinamizar
la economía regional, fortalecer la
competitividad comercial e impulsar
la integración centroamericana. Esta
intervención no solo permitirá recuperar
y mantener la infraestructura vial que
conecta directamente a poblaciones
vulnerables de Atlántida y Colón, sino
que potenciará sectores con alto valor
agregado como la agricultura y el turismo
sostenible, aprovechando el patrimonio
cultural y los abundantes recursos
naturales de la región; convirtiéndose
así en un catalizador del desarrollo
económico sostenible para toda la franja
norte de América Central.
POR TANTO:
En uso de las facultades de que está investida y en aplicación de
los artículos 245 numeral 11, 247, 248, 255 de la Constitución
de la República, 33, 36 numerales 1, 2 y 8, 116, 118 y 122 de la
Ley General de la Administración Pública.
ACUERDA:
ARTÍCULO 1.- Autorizar al Licenciado Christian David
Duarte Chávez, en su condición de Secretario de Estado en el
Despacho de Finanzas, para que en nombre y representación
del Gobierno de la República de Honduras pueda suscribir los
convenios destinados a financiar la ejecución del “Proyecto
Manejo Resiliente del Corredor CA-13 La Ceiba - Puerto
Castilla, en los Departamentos de Atlántida y Colón”,
hasta por un monto total de Ciento Setenta y Nueve Millones
Ochocientos Setenta y Siete Mil Dólares de los Estados
Unidos de América (USD179,877,000.00), los cuales se
describen a continuación:
1. Acuerdo de Financiamiento, a ser suscrito con la Asociación
Internacional de Fomento (AIF), hasta por un monto de Cien
Millones de Dólares de los Estados Unidos de América
(USD100,000,000.00).
2. Convenio de Crédito, a ser suscrito con el Instituto de
Crédito Oficial, Entidad Pública Empresarial (ICO) del
Reino de España, en nombre y representación del Gobierno
Español y por cuenta del Estado (FONPRODE), hasta por un
monto de Setenta y Nueve Millones Ochocientos Setenta
y Siete Mil Dólares de los Estados Unidos de América
(USD79,877,000.00).
ARTÍCULO 2.- El presente Acuerdo es de ejecución inmediata
a partir de su aprobación y deberá publicarse en el Diario Oficial
La Gaceta.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, a los catorce (14) días del mes de julio del año dos mil
veinticinco (2025).
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO
Presidenta de la República de Honduras
ROSA ELIZABETH RIVERA HENRÍQUEZ
Subsecretaria de Finanzas y Presupuesto
Acuerdo No. 176-2022 / Acuerdo No. 626-2024
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