VigenteCategoria: Laboral
Decreto No. 0801-2023-01203 | 18 de octubre de 2023 | Congreso Nacional
Aviso No. 0801-2023-01203 — Demanda por Nulidad de Acuerdo de Cancelación de Administración Aduanera
IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA
Resumen
Este documento publica avisos de demandas presentadas ante juzgados hondureños donde empleados públicos demandan la nulidad de sus despidos, argumentando que fueron ilegales. Los demandantes solicitan ser reintegrados a sus cargos, recibir salarios adeudados desde el despido, y que se reconozcan sus derechos laborales acumulados durante el proceso judicial.
Texto completo
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de
la Ley de esta jurisdicción; a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha siete
(07) de noviembre del dos mil veintitrés (2023), compareció ante
este Juzgado el señor ALAM JOSE PINEDA RODRIGUEZ,
incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso
número 080l-2023-01203 contra el Estado de Honduras, a través
de la ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS,
se presenta demanda en materia de personal para que se declare
la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo expreso de
carácter particular consistente en el Acuerdo de Cancelación
No.ADUANAS-DE-GNGTH-262-2023, emitido por la
Administración Aduanera de Honduras, en fecha 18 de octubre de
2023, mismo que contiene vicios de nulidad y anulabilidad como
ser desviación y exceso de poder por separar de su cargo a un
servidor de era ilegal, acto que va en infracción al ordenamiento
jurídico y es contentivo de invalidez.- Se reconozca la situación
jurídica individualizada del titular de los derechos subjetivos que
se reclaman y se adopte como medida necesaria para el pleno
restablecimiento de los mismos, el reintegro al cargo de Experto
de Nómina en la Administración Aduanera de Honduras sita en
Tegucigalpa M.D.C., Se paguen los salarios dejados de percibir
desde la fecha de cancelación hasta el pleno reintegro, reconociendo
los aumentos y prebendas que en su caso tuviera el puesto del
cual fui lado y separado ilegalmente mientras dure el proceso, más
el pago de los derechos laborales que ocurran durante el juicio,
como ser el décimo cuarto y décimo tercer mes de bonificaciones,
aumentos y salario, vacaciones y bonificaciones, aumentos y
cualquier otro beneficio de Ley u otorgado, cuantificados desde la
fecha de la cancelación hasta el total reintegro del Servidor Público
a su puesto de Experto Nómina.- Reconocimiento de antigüedad
desde el inicio de la relación laboral.- Se anexan documentos.- Se
confiere poder.
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
25 A. 2025
________
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
FISCAL ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta
(50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciséis (16)
de septiembre del dos mil veintidós (2022), comparecieron a
este Juzgado los Abogados Carlos Virgilio Umanzor Bonilla,
Yenifer Magali Medina Acosta y Carlos Felipe de Jesús
Girón Mendieta, en su condición de representantes procesales
de la Sociedad Mercantil denominada Cervecería Hondureña,
S.A. DE C.V., incoando demanda vía procedimiento especial en
materia tributaria, contra el Estado de Honduras a través de la
Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, con orden
de ingreso No.0801-2022-00042, para que se declare no conforme
a derecho y se anule absolutamente un acto administrativo de
carácter particular consistente en la RESOLUCIÓN NÚMERO
A.L. 289-2020, de fecha 27 de agosto del 2020, emitida por la
Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas; por haber
sido dictada infringiendo el ordenamiento jurídico vigente; que se
declare el reconocimiento de una situación jurídica individualizada
y se adopte las medidas necesarias para su pleno restablecimiento,
consistente en que la sanción impuesta por la notificación
extemporánea de la no utilización de facturas revaloradas no es
aplicable a su representada; costas del juicio; se anuncias medios
de prueba; se acompañan documentos; habilitación de horas y días
inhábiles.
TANNIA R. CASTILLO SIERRA
SECRETARIA, POR LEY
25 A. 2025
_________
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de
esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 13 de junio
del año 2025, comparece la señora SANDRA JANETH
GONZALEZ FLORES, interpuso demanda ante este Juzgado
con orden de ingreso No.0801-2025-00433 contra el Estado
de Honduras, a través del CONGRESO NACIONAL. Se
interpone demanda para que se declare para la nulidad de un acto
administrativo de carácter particular en materia de personal por no
ser conforme a derecho por infringir el ordenamiento jurídico, con
quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la
Ley.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada de
titular de derechos que se reclaman y como medidas necesarias
para el pleno restablecimiento de los mismos, se ordene mediante
sentencia definitiva, el reintegro a mi puesto de trabajo al cargo de
asistente Dependiente de la Gerencia Administrativa del Congreso
Nacional y a título de daños y prejuicios los salarios dejados de
percibir desde la fecha de cancelación ilegal, hasta el momento en
que quede firme la sentencia definitiva condenatoria. Incrementos
salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelada
ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los
derechos laborales que ocurran durante el mismo como décimo
tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones
por concepto de vacaciones.- Especial condena en costas a la parte
demandada y vencida en juicio de primera instancia. Habilitación
de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial.
Se otorga poder.- Anexos.- En relación al ACUERDO-CAN-CN-
002-2025-GRH de fecha veintinueve (29) de mayo del año dos
mil veinticinco (2025).
MARGARITA ALVARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA
25 A. 2025
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 26 D E A G O STO D E L 2025 N o . 36,926
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de
esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 08 de mayo
del año 2025, comparece la Abogada SARAI ELIZABETH
REYES ORTEGA, interpuso demanda ante este Juzgado
con orden de ingreso No.0801-2025-00341, contra el Estado
de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE ESTADO
EN LOS DESPACHOS PARA EL DESARROLLO
Y SEGUIMIENTO DE PROYECTO Y ACUERDOS
(SEDESPA), se interpone demanda en materia de personal
para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto
administrativo para que se declare la nulidad e ilegalidad
de un acto administrativo de carácter particular consistente
en el Acuerdo número SG-SEDESPA-043-2025 de fecha
veintinueve (29) de abril del año dos mil veinticinco (2025),
de cancelación por cesantía emitido por la Secretaría de
Estado para el Desarrollo y Seguimiento de Proyectos y
Acuerdos (SEDESPA), por no ser dictado conforme a
derecho, infringir el ordenamiento jurídico y contener vicios
de nulidad absoluta.- Que se reconozca la situación jurídica
individualizada de mi persona de los derechos que se
reclaman y adoptar como medidas necesarias para el pleno
restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado, entre ellas
el reintegro al cargo de Auxiliar Jurídico de la Secretaría de
Estado en los Despachos para el Desarrollo y Seguimiento
de Proyectos y Acuerdos, o a otro de igual o mejor salario
y/o categoría, antigüedad laboral, pago de salarios dejados
de percibir desde la fecha de cancelación hasta que se
reintegrada al cargo mediante sentencia definitiva procedente,
reconociendo los respectivos incrementos salariales desde
inicio de la contratación y aquellos que surjan que en su caso
estuviera el puesto durante la secuela del juicio, más el pago
de los derechos laborales que ocurran durante este, como el
décimo tercero y décimo cuarto mes de salarios, quinquenios,
vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones,
ordenando además la nulidad del acto por el cual se hubiere
designado el sustituto en aplicación al artículo 113 de la Ley
de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, sin
perjuicio de que pueda hacer uso del derecho alternativo y
otorga el artículo 129 de la Constitución de la República .-
Se acompañan.
MARGARITA ALVARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA
26 A. 2025
Leyes relacionadas
Edicto — Demanda contencioso-administrativa - LUIS EDGARDO PEREZ MARTINEZ contra SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD
Este documento publica avisos judiciales de demandas contencioso-administrativas presentadas ante juzgados hondureños. Notifica a ciudadanos, empleados públicos y empresas sobre demandas contra el Estado y municipalidades para anular despidos, cancelaciones ilegales de empleados o disposiciones municipales, solicitando reintegros, pagos de salarios adeudados e indemnizaciones por daños.
Decreto | 2023
Aviso No. 0801-2023-01023 — Demanda especial en materia personal por nulidad de Acuerdo de Cancelación
Un empleado de la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil demanda al Estado para anular su despido, argumentando que fue cancelado ilegalmente sin justificación. Busca que se declare nulo el acuerdo de cancelación, se le reintegre al cargo y se le paguen los salarios e beneficios que dejó de percibir desde su despido.
Decreto 0801-2023-01023 | 2026
Edicto No. 0801-2023-01200 — Demanda contencioso administrativa en materia de personal contra Instituto de la Propiedad
Un juzgado aceptó una demanda de Lucila Ofilia Banegas Medina contra el Instituto de la Propiedad para impugnar su despido ilegal. Ella reclama ser reintegrada a su puesto, recibir salarios atrasados, prestaciones laborales y daños morales. El aviso notifica públicamente el inicio de este proceso judicial.
Decreto 0801-2023-01200 | 2024
Aviso No. 0801-2023-00345 — Demanda en materia impositiva contra Secretaría de Desarrollo Económico - Resolución DGPC-015-23
Un juzgado anuncia que Alba Isolina Castro Sánchez demandó al Estado para anular su despido de la Administración Aduanera, considerado ilegal. Busca ser reintegrada a su puesto, recibir los salarios no pagados desde octubre de 2023 y todos sus beneficios laborales.
Decreto 0801-2023-00345 | 2024
Aviso No. 0801-2023-01080 — Demanda contencioso administrativa - Nulidad de acto administrativo de cancelación
Estos avisos notifican que dos empleados públicos (Cecilia Rivera de la AHAC y Edwar Guerra de Aduanas) han presentado demandas legales contra el Estado de Honduras para anular su cancelación laboral. Solicitan ser reintegrados a sus cargos con pago de salarios adeudados y beneficios, argumentando que fueron despedidos de forma ilegal e injusta.
Decreto 0801-2023-01080 | 2024