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Decreto No. 2024-2172 | 20 de mayo de 2025 | Poder Judicial

Aviso No. 2024-2172 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - Esonex Kids

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Resumen

Laboratorios Farsimán solicita proteger la marca "Esonex Kids" para un medicamento que trata el reflujo gastroesofágico. Esta protección impide que otros usen el nombre completo, aunque la palabra "Kids" puede usarse libremente. El aviso notifica públicamente la solicitud según la ley de propiedad industrial.

Articulos

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 A. y 16 S. 2025 Esonex Kids La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 14 D E A G O STO D E L 2025 N o . 36,916 Sección “B” PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiocho (28) de abril del año dos mil veinticinco (2025), interpuso demanda ante este Juzgado el Abogado Walter Enrique Pineda Paredes, representante procesal del señor Ricardo Alberto Leiva López, con orden de ingreso número 0801-2025-00312, contra el Estado de Honduras a través del Instituto de la Propiedad, incoando demanda en materia de personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular por no ser conforme a derecho.-Reconocimiento de una situación jurídica individualizada, por la cancelación ilegal de que fue objeto mi representado y como medida para el pleno restablecimiento de sus derechos solicito que se le reintegre a su puesto de trabajo en iguales condiciones y la indemnización de los daños y perjuicios consistente en el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de su cancelación hasta que se cumpla con el reintegro ordenado.- Costa del juicio.- Se acompañan documentos.- Se acredita el poder con que actúo.- Va en relación al Acuerdo de Cancelación número CI-IP-241-2025, de fecha 13 de marzo de 2025. LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 14 A. 2025 ________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticuatro (24) de abril del año dos mil veinticinco (2025), compareció ante este Juzgado la Abogada ALEJANDRA MARIA SUAREZ FORTIN, en su condición de representante legal de la sociedad mercantil APOLLO INTERNATIONAL LIMITED, ahora conocida como APOLLO GREEN ENERGY LIMITED incoando demanda Contenciosa Administrativa bajo el expediente número 0801-2025-00307, vía procedimiento en materia ordinaria, contra el ESTADO DE HONDURAS a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA (SAG), para la nulidad absoluta de los actos administrativos de carácter particular consistentes en la: La resolución número SAG-332-2023 de fecha veintinueve (29) de agosto de 2023, así como de la Resolución número SAG-040-2025 de fecha veintidós (22) de enero de 2025, misma que resuelve el recurso de reposición interpuesto contra la primera resolución, en virtud de haberse violentado garantías constitucionales del debido proceso y derecho a la defensa, así como ordenamiento jurídico vigente.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y medidas para su pleno restablecimiento. Se propone y relaciona medios de prueba. Anexos. HAMELIN FANUEL AVILA GARCIA SECRETARIO, POR LEY 14 A. 2025 ________

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