Edicto — Solicitud de Título Supletorio de Terreno - Caserío La Mina, San Isidro, Choluteca
Juzgado de Letras
- Publicación: 8 de febrero de 2021
- Órgano emisor: Juzgado de Letras
- Gaceta: 35,510
Texto completo
FO CANALES CRUZ, mayor de edad, hondureño, con Identidad número 0613-1955-00069, con domicilio en el Caserío Las Minas, aldea San Isidro, municipio del departamento de Choluteca, presentó ante este Juzgado, SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO DE UN TERRENO DE NATURALEZA JURIDICA PRIVADO, sobre tres lotes de terreno que se encuentran en la misma propiedad aproximadamente de una (1) manzana de extensión superficial que se encuentra en Caserío La Mina, aldea San Isidro, municipio del departamento de Choluteca.- LOTE NUMERO 1: mide 0.02 hectáreas de tierra, ubicado en Caserío La Mina, aldea San Isidro, municipio del departamento de Choluteca, colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con callejón de por medio y con el señor Filadelfo Canales; al SUR, colinda con callejón de por medio y con el señor Cipriano Pavón; al ESTE, colinda con propiedad del señor Modesto Lagos; al OESTE, colinda con callejon de por medio y con el señor Filadelfo Canales. LOTE NÚMERO 2: mide 0.46 hectáreas de tierra, ubicado en Caserío La Mina, aldea San Isidro, municipio del departamento de Choluteca, colindancias siguientes: al NORTE, colinda con propiedad del señor Carlos Pavón con callejón de por medio y con el señor Filadelfo Canales; al SUR, colinda con propiedad del señor Cipriano Pavón; al ESTE, colinda con propiedad del señor Cipriano Pavón, callejón de por medio y con el señor Filadelfo Canales; al OESTE, colinda con propiedad del señor Cipriano Pavón y el señor Carlos Pavón. LOTE NUMERO 3: mide 0.41 hectáreas de tierra, ubicado en Caserío La Mina, aldea San Isidro, municipio del departamento de Choluteca, colindancias siguientes: al NORTE, colinda con propiedad del señor Modesto Lagos; al SUR, colinda callejón de por medio y con propiedad del señor Filadelfo Canales; al ESTE, colinda con propiedad del señor Modesto Lagos; al OESTE, colinda con callejón de por medio y con el señor Carlos Pavón.- Los cuales la ha estado en posesión de los lotes descritos aproximadamente 40 años quieta, pacífica y no interrumpida.- Confiriendo Poder a la Abogada SCARLETH MELISSA HERNANDEZ VALLEJO, inscrita en el Colegio de Abogados de Honduras número 23,712. San Lorenzo, departamento de Valle, 07 de diciembre del 2020. ABOG. HÉCTOR DAVID GUTIERREZ MEDINA SECRETARIO, POR LEY 6 E., 8 F. y 8 M. 2021.
Leyes relacionadas
- Ley sobre Privacion Definitiva de Dominio de Bienes de Origen Ilicito — Esta ley permite al Estado confiscar permanentemente bienes, dinero e instrumentos obtenidos de actividades ilícitas como narcotráfico, corrupción, lavado de dinero y crimen organizado, incluso sin condenar penalmente al propietario. El proceso es independiente de juicios penales y busca desmantelar organizaciones criminales eliminando su poder económico. (Decreto 26-2010, 2010)
- Ley sobre privación definitiva del dominio de bienes de origen ilícito — Esta ley permite al Estado confiscar permanentemente bienes de origen ilícito sin necesidad de condenar penalmente al propietario. Aplica a bienes de narcotráfico, corrupción, lavado de dinero y otros delitos, incluso si no hay sentencia penal. Busca debilitar el crimen organizado eliminando sus ganancias económicas. (Decreto 26-2010)
- Código Procesal Penal de Honduras — Este Código establece las reglas fundamentales del proceso penal en Honduras. Define que nadie puede ser condenado sin un juicio público y oral ante un juez competente, que toda persona es inocente hasta que se compruebe su culpabilidad, y protege derechos como la defensa legal y la igualdad de las partes. Aplica a todos los ciudadanos procesados penalmente y tiene como objetivo garantizar una justicia rápida, justa e imparcial respetando la dignidad humana. (Decreto 9-99-E, 2024)
- Acuerdo No. J.D.001-23-08-2022 — Prórroga de plazo para reinscripción de cooperativas en el Registro Nacional de Cooperativas — Esta ley da 6 meses más de plazo a todas las cooperativas de Honduras para reinscribirse en el Registro Nacional de Cooperativas con estatutos actualizados. Las cooperativas que no cumplan serán disueltas y sus bienes liquidados; las que usen nombre de cooperativa sin estar inscritas serán denunciadas ante la fiscalía. (Decreto J.D.001-23-08-2022, 2022)
- Reglamento — Reglamento Especial para la Atención de las Solicitudes y Reclamos de los Usuarios