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4 de septiembre de 2023Vigente

Edicto — Demanda de nulidad de acto administrativo en materia de personal contra Secretaría de Trabajo y Seguridad Social

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Publicación: 4 de septiembre de 2023
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 36,325

Texto completo

de la SECRETARIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, se interpone demanda para declarar nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal por no ser conforme a derecho por infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley. - Que se reconozca situación jurídica de individualización de la titular de los derechos reclamados y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los mismo, se ordene mediante sentencia definitiva, el reintegro a su puesto de trabajo u otro en igual o mejores condiciones a la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, ya título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha en la que se efectuó la cancelación ilegal, hasta el momento en que quede firme la sentencia definitiva condenatoria.- reajustes salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelada ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones. Especial condena en costas a la parte demandada y vendida en juicio de primera instancia. Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial.- Se acompañan documentos.- Que se a coteje poder y sea devuelto su original. En relación al acto impugnado Acuerdo de Cancelación No. SETRASS-277-2023 de fecha 07 de junio del 2023. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 4 S. 2023 _______ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiuno (21) de marzo de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado el Abogado PABLO NERUDA OSEGUERA O´REILLY Apoderado legal de FIDELINA MARILU DIAZ GARCIA interponiendo demanda en materia personal con orden de ingreso 0801-2023-00382, contra el Estado de Honduras, a través del Congreso Nacional.- Se presenta demanda en materia personal impugnando un acto expreso de carácter particular consistente en el Acuerdo de Cancelación No.CAN-CN-010-2023-GRH, acto emitido por el Congreso Nacional de la República de Honduras. Generando un acto ilegal y desapegado completamente a derecho por lo cual es nulo e ilegal separando a una servidora totalmente de manera ilegal, desviación y exceso de poder, Infracción al ordenamiento jurídico, Quebramiento de formalidades esenciales, se reconozca una situación jurídica individualizada, proceda en reintegrar le a su puesto, pago de salarios caídos, se restituyan y reconozcan derechos según ley al momento del reintegro.- Se adjuntan documentos. Delegación de Poder. Viky Mariel Montoya SECRETARIO POR LEY 4 A. 2023