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31 de mayo de 2023Vigente

Edicto No. 0801-2022-01128 — Demanda contencioso administrativa por JOSÉ MERLIN AGUILERA JIMÉNEZ

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2022-01128
  • Publicación: 31 de mayo de 2023
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 36,242

Texto completo

AVISO La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes,HACE SABER:Que en fecha diecinueve (19) de agosto del año dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado el señor JOSÉ MERLIN AGUILERA JIMÉNEZ, contra el Instituto Nacional de Migración, con orden de ingreso 0801-2022-01128 incoando demanda para la nulidad de un acto administrativo particular en materia de personal.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación injusta e ilegal de que fui objeto y como medida para el pleno restablecimiento de mi derecho violado que se condene al demandado al reintegro al puesto o cargo que tenía al momento de mi cancelación u otro cargo o puesto de igual o mayor categoría o jerarquía dentro de la institución estatal demandada.- Aumentos salariales, bonificaciones y demás derechos que se produzcan durante la secuela del juicio.- Pago del décimo tercer mes y décimo cuarto mes de salario, vacaciones adeudadas y salario adeudado.- Pago de salarios dejados de percibir, infracción al ordenamiento jurídico.- Exceso y desviación de poder.- Quebrantamiento en las formalidades esenciales en su emisión.- Se acompañan documentos.- Costas.- Poder.- Relacionado con el Acuerdo de Cancelación 099-2022 de fecha 22 de julio del 2022. LIC. CINTHIA G. CENTENO PAZ SECRETARIA ADJUNTA 31 M. 2023 ________ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efecto legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve (09) de agosto del año dos veintidós (2022), compareció a este Juzgado la señora SARA MELISSA VELASQUEZ VIJIL, incoando demanda Contencioso Administrativo en Materia de Personal con orden de ingreso número 0801-2022-00995, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas. Para que se reconozca una situación jurídica individualizada. Para que se declare la nulidad de acto administrativo tácito de carácter particular por no ser conforme a derecho, por quebrantar formalidades esenciales, reconocimiento de una situación jurídica individualizada. La adopción de medidas para su pleno restablecimiento, entre ellas se ordene mi restitución al cargo con el pago de:

  • A)

    Los salarios dejados de percibir a título de indemnización por daños y perjuicios; y,

  • B)

    los demás derechos gozados por los otros servidores públicos en mi ausencia. Se alega notificación defectuosa. Costas del juicio. Se acompañan documentos. Poder. Petición.- En relación con el acto administrativo tácito de carácter particular no manifestado por escrito. Según el acta de inspección levantada por la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social el 21 de julio del 2022. SECRETARIO, POR LEY 31 M. 2023

    JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO