Edicto No. 0801-2022-00088 — Demanda de nulidad de actos administrativos - Secretaría de Estado en el Despacho de Salud
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2022-00088
- Publicación: 29 de marzo de 2023
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 36,192
Texto completo
Que en fecha veintitrés (23) de febrero del año dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado el Abogado CRISTIAN GERARDO MEDINA SEVILLA apoderado legal de la Sociedad Mercantil DROGUERIA, AMERICANA, S.A. DE C.V., ANTES DENOMINADA DROGUERIA, LABORATORIO Y DISTRIBUIDORA AMERICANA, S. DE R.L. DE C.V., contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, con orden de ingreso 0801-2022-00088, se interpone demanda en materia ordinaria para que se declare la nulidad e ilegalidad por no ser conforme a derecho de un acto administrativo de carácter particular consistente en las Resoluciones 1.- No. 72-2020-SS de fecha 22 de abril del 2020; y, 2.- No. 227-2020-SS de fecha 10 de noviembre del 2020, emitidas por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL) por contener vicios de nulidad y ser emitidas con infracción al ordenamiento jurídico. Vicios de anulabilidad como el exceso y desviación de poder.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada reclamada y se adopte como medidas para su pleno restablecimiento entre ellas que se reconozcan que los medicamentos reclamados en reposición vencieron por negligencia del personal de la SESAL y que se acepte una propuesta de reposición de medicamentos conforme a la vida útil restante de los medicamentos.- Se acompañan documentos.- Poder.- Relacionado con las Resoluciones No. 72-2020-SS de fecha 22 de abril del 2020; y, No. 227-2020-SS de fecha 10 de noviembre del 2020. LIC. CINTHIA G. CENTENO PAZ SECRETARIA ADJUNTA 29 M. 2023 __________ __________
JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO San Pedro Sula, Cortés. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes HACE SABER: Que en fecha veinticuatro de enero del año dos mil veintitres, los Abogados Fernando Augusto Ocampo Zaldivar y Teodoro Venancio Ocampo Orozco, actuando en su condición de apoderados Judiciales del señor Juan Pablo Bustillo Munguía, interpuso demanda contra El Estado de Honduras, por actos de la Secretaría de Estado en los Despachos de Salud; misma que se encuentra registrada bajo el número No.