Edicto No. 0801-2022-01593 — Aviso de Demanda Contencioso Administrativa - Gabriela Isabel Cruz Rivera contra Estado de Honduras
Juzgado de Letras Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2022-01593
- Publicación: 24 de febrero de 2023
- Órgano emisor: Juzgado de Letras Contencioso Administrativo
- Gaceta: 36,164
Texto completo
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 11 de octubre del año 2022 comparece la señora Gabriela Isabel Cruz Rivera, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2022-01593 contra el Estado de Honduras a través de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, incoando demanda Contenciosa Administrativa de carácter particular en materia de personal para que se declare por no ser conforme a derecho y la anulación de un acto administrativo de cancelación.- Reconocimiento de la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal e injusta de que fui objeto y como medida para el pleno restablecimiento el reintegro a mi puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones y a título de daños y perjuicios los pagos de salarios dejados de percibir y demás derechos que se produzcan durante la secuela del juicio.- Se alega notificación defectuosa. Que se arrastre expediente administrativo. - Costas del juicio; en relación al Acuerdo de Cancelación No.435-2022 de fecha 23 de septiembre del 2022 emitido por la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 24 F. 2023 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha quince (15) de agosto del año dos mil veintidós (2022),interpuso demanda ante este Juzgado el señor Gustavo Rafael Zuniga Hernández, con orden de ingreso número 0801-2022-01087, contra la Comisión Interinstitucional Contra la Explotación Sexual Comercial y la Trata de Personas (CICESCT), incoando demanda especial en materia de personal para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular, emitido por la Comisión Interinstitucional Contra la Explotación Sexual Comercial y la Trata de Personas (CICESCT) consistente en un Acuerdo de Cancelación por no ser dictado conforme a derecho, infringir el ordenamiento jurídico, contener vicios de nulidad, desviación y exceso de poder, quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y adoptar como medidas para el pleno restablecimiento de mis derechos que se ordene a través de sentencia definitiva el reintegro a mi puesto de trabajo de igual o mejor categoría y salario y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir con todos los aumentos, más el pago de vacaciones, décimo cuarto mes, décimo tercer mes y demás beneficios colaterales desde la fecha de la cancelación hasta el reintegro en el puesto de trabajo de igual o mejor categoría y salario, más intereses legales por pago tardío imputable al Estado de Honduras.- Se acompañan documentos.- Costas del juicio.- Va en relación al Acuerdo de Cancelación número 010-2022 de fecha 29 de julio de 2022. ABG. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 24 F. 2023 __________ __________
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 13 de septiembre del año 2022, comparece el señor Douglas Aldair Cruz Banegas, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2022-01273 contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte, incoando demanda Contenciosa Administrativa de Procedimiento especial en materia de personal, para que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de cancelación por haber sido dictado con infracción al ordenamiento jurídico, con exceso y desviación de poder. Violación a garantías constitucionales del derecho a la estabilidad laboral. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y se adopten cuantas medidas sean necesarias para el pleno restablecimiento y reconocimiento.- Se condene al Estado de Honduras, a través de la Secretaria de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), o en sus caso a la nueva institución creada Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a restituirme a mi cargo, o a otro de igual categoría y salario, y a título de daños y perjuicios el pago de los sueldos que correspondan a partir de la fecha de la cancelación o separación injusta hasta la fecha de la cancelación o separación injusta hasta la fecha en que quede firme la sentencia que ordene el reintegro.- Pago de los derechos adquiridos décimo tercer mes, y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bono de vacaciones causadas o en forma proporcional que me correspondan así como los incrementos salariales que se otorguen al cargo que desempeñaba desde mi cancelación hasta la finalización del juicio.- Nivelación salarial.- Se decrete en su caso la nulidad del acto administrativo por el cual se haya nombrado mi sustituto en el cargo que desempeñaba.- Con especial condena en costas.- Se acompañan documentos.- Poder. En relación a la nota CTL-A-INSEP-241-2022 de fecha 29 de agosto del año 2022. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 24 F. 2023 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O