Edicto No. 0801-2023-01109 — Demanda Contencioso Administrativa - Nulidad de Acto Administrativo de Cancelación de Miguel Ángel Vaquedano López
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2023-01109
- Publicación: 14 de mayo de 2024
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 36,533
Texto completo
AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 26 de septiembre del año 2023 la abogada Nancy del Carmen Mira Colindres, representante procesal de los señores Cecia Paola Moreno Morales y Cesar Yassir Godoy Alvarado, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No. 0801-2023-01082, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Salud, incoando demanda mediante el procedimiento ordinario para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular, consistente en un acto presunto por silencio negativo constituido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL) al no resolver dentro del plazo establecido el reclamo administrativo de incrementos de salario y pago de la bonificación concedida según el artículo 46 y 47 del Estatuto del Médico Empleado. Se reconozca la situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado se reconozca mediante sentencia la nivelación e incrementos a la base salarial y los porcentajes de incrementos de salario conforme establece la Ley del Estatuto del Médico Empleado en relación con la Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central, así como incentivo de salario bienal del 3.5%, decimotercer mes, decimocuarto mes de salario, bono de vacaciones y demás derechos a partir del inicio de la relación laboral, y una vez re ajustados los salarios se apliquen los mismos para efectos del cálculo y pago de la bonificación de letras intereses. Costas. Habilitación de días y horas inhábiles.Acompañan documentos. Se delega poder. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 14 M. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciséis(16)de noviembre del dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado la señora DIANA LIZETH MERLO SAN TENDER, incoando demanda Contenciosa Administrativa, vía procedimiento en materia personal con orden de ingreso número 0801-2023-01248, contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, se interpone demanda para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal por no ser conforme a derecho al infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley, que se reconozca una situación jurídica individualizada como titular de derechos y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los mismos, el reintegro al puesto de auxiliar de auditoría dependiendo de la unidad de auditoría del Instituto de la Propiedad. Salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta el reintegro al cargo mediante sentencia definitiva condenatoria, reconociéndose los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fui cancelada ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como: décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones. Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia, daño moral, habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial. En relación al acto impugnado. Acuerdo de Cac e lación número SE-IP-N.661-2023 de fecha 24 de octubre del 2023 ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 14 M. 2024
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A.