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3 de mayo de 2024Vigente

Edicto No. 0801-2024-00087 — Demanda contencioso administrativa - Curis Alan Miralda Woods contra Instituto Nacional de Migración

Juzgado de Letras Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2024-00087
  • Publicación: 3 de mayo de 2024
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 36,524

Texto completo

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El Infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecinueve (19) de marzo de dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado el Abogado ROMÁN PINEDA MENDOZA, en su condición de Representante Procesal de la Empresa Mercantil conocida como HC PHARMA HONDURAS S. DE R.L., quien delegó poder al Abogado HERLON DAVID MENJÍVAR NAVARRO, interponiendo demanda en materia de licitación o concurso en proceso de contratación directa, con orden de ingreso 0801-2024-00262, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD. Para que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública, consistente en la RESOLUCIÓN No. 314-2024-SS, de fecha 11 de marzo de 2024, notificada electrónicamente en fecha 12 de marzo de 2024, emitida por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud. Se pide el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, como ser el pago del daño real efectivamente causado en concepto de derecho reparador por no haber adjudicado a mi representado el proceso de licitación en la que era la mejor oferta en ítems o productos determinados, se acompañan documentos, se relacionan y proponen con claridad los hechos de la demanda con los medios de prueba, con lo que se acredita el irrefutable derecho de mi cliente, se solicita autorización para presentar el medio de prueba peritaje antes de la celebración de la audiencia correspondiente, se delega poder, se pide especial pronunciamiento de condena de los costos de este juicio a la parte demandada. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 3 M. 2024