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19 de marzo de 2024Vigente

Edicto — Demanda Contencioso Administrativa - Eyleen Arlieth Varela Zuniga contra Instituto de la Propiedad

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Publicación: 19 de marzo de 2024
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 36,489

Texto completo

La infrascrita, Secretaria por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintidós (22) de junio del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado el Abogado Oscar Andrés Pineda Suazo, en su condición de representante legal de la señora E y le en Arlieth Varela Zuniga, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través del Instituto de la Propiedad, con orden de ingreso No. 0801-2023-00761, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal consistente en el Acuerdo No. SE- IP-199-2023, de fecha 29 de mayo del 2023, emitido por el Instituto de la Propiedad, por no ser conforme a derecho por infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada de la titular de los derechos que se reclaman y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los mismos, se ordene mediante Sentencia Definitiva, al reintegro a su puesto de trabajo u otro de igual o mejores condiciones en el Instituto de la Propiedad y a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha en la que se efectuó la cancelación ilegal, hasta el momento en que quede firme la Sentencia Definitiva condenatoria.- Reajustes salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelada ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones.- Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio en primera instancia.- Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial.- Se acompañan documentos. Que se coteje poder y sea devuelto su original. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 19 M. 2024

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 14 de marzo del año 2023 comparece el señor Brayan Isaac Castillo Palencia incoando demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2023-00359, contra el Estado de Honduras, a través de la Agencia Hondureña de Aeronáutica (AHAC), se interpone demanda para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal, consistente en el acuerdo de cancelación número 042-2023 de fecha 28 de febrero del 2023, emitido por la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil, notificado en fecha 01 de marzo del año 2023, por no haber sido dictado conforme a derecho, e infringir el ordenamiento jurídico establecido.- Que se declare la ilegalidad y nulidad total.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los derechos infringidos, el reintegro a mi puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones a las establecidas; pago de salarios con sus incrementos y demás beneficios dejados de percibir en mi ausencia, desde la fecha de la cancelación, hasta la fecha en que se materialice el reintegro a mi cargo del cual fui cancelado por cesantía sin causa justificada.- Costas del juicio.- Se acompañan documentos.- Se otorga poder. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 19 M. 2024 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. A V I S O