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18 de marzo de 2024Vigente

Edicto — Aviso de Cancelación y Reposición de Título Valor por extravío

Juzgado de Letras de la Sección Judicial de El Progreso, Departamento de Yoro

  • Publicación: 18 de marzo de 2024
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de la Sección Judicial de El Progreso, Departamento de Yoro
  • Gaceta: 36,488

Texto completo

PODER JUDICIAL AVISO DE CANCELACION Y REPOSICION DE TITULO VALOR LA INFRASCRITA, SECRETARIA ADJUNTA DEL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCION JUDICIAL DE ESTA CIUDAD DE EL PROGRESO, DEPARTAMENTO DE YORO AL PUBLICO EN GENERAL Y PARA LOS EFECTOS DE LEY.- HACE SABER: Que en la solicitud de cancelación de un Título Valor presentado por el Abogado JAVIER ULICES GAVARRETE RAMIREZ, con poder de representación de la señora MARIA CRUZ MENJIVAR GOMEZ, se encuentra el auto que literalmente dice: JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCION JUDICIAL DE EL PROGRESO, DEPARTAMENTO DE YORO A LOS DOS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DELAÑO DOS MIL VEINTIDOS.- ANTECEDENTES PROCESALES ante este Juzgado ha comparecido el Abogado JAVIER ULICES GAVARRETE RAMIREZ, con poder de representación de la señora MARIA CRUZ MENJIVAR GOMEZ, petición que solicita la cancelación y reposición de Título Valor, por extravió del mismo, valor que le fue librado a su favor en la Institución Bancaria denominada BANCO HONDUREÑO DEL CAFÉ, (BANHCAFE), agencia del municipio de Morazán, departamento de Yoro, registrado bajo certificado de depósito a plazo con número 36801000202, con un saldo actual de CINCUENTA Y UN MIL LEMPIRAS, (L.51,000.00).- MOTIVACION Y FUNDAMENTA CION JURIDICA PRIMERO: A este Juzgado de Letras le ha atribuido el conocimiento en primera instancia de todos los asuntos civiles que por disposición legal expresa no se hallen atribuidos a otros tribunales.-Artículo 29 del C.P.C. SEGUNDO: En virtud de ser éste un Juzgado de Letras Seccional, se le encuentra atribuido en exclusiva el conocimiento específico de asuntos civiles en respeto irrestricto del principio constitucional del Juez Natural.-Articulo 30 del C.P.C. TERCERO: En el entendido de que éste Tribunal tiene competencia para conocer del pelito principal, la tiene también para resolver sobre sus incidencias, para llevar a efecto las providencias y autos que dictare y para la ejecución de la sentencia o convenios y transacciones que aprobare, salvo disposición legal en otro sentido.- Artículo 32 del C.P.C. CUARTO: Que hasta en tanto no se apruebe una Ley de Jurisdicción voluntaria, continuarán en vigor las disposiciones del Código de Procedimientos Civiles de 1906 relativas a los actos de Jurisdicción voluntaria.-Artículo 919 del C.P.C. PARTE DISPOSITIVA. Con base a lo anterior éste Juzgado acuerda: PRIMERO: Tener por acreditado el poder con que actúa el Abogado JAVIER ULICES GAVARRETE RAMIREZ, miembro inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras bajo el número 26609, en su condición de Apoderado Legal de la señora MARIA CRUZ MENJIVAR GOMEZ.- SEGUNDO: Admitir a trámite la solicitud de cancelación y reposición de Título Valor por extravió del mismo, que ante este Tribunal ha promovido el Abogado JAVIER ULICES GAVARRETE RAMIREZ, con poder de representación de la señora MARIA CRUZ MENJIVAR GOMEZ y en

consecuencia por conducto de la Receptora del despacho procédase a Notificar al gerente de la Institución Bancaria denominada BANCO HONDUREÑO DEL CAFÉ, S. A., (BANHCAFE), para que dentro del término de quince días afirme o niegue como signataria del Título la veracidad de los extremos enunciados en los hechos de la solicitud, que ese efecto ha de ponerse en pleno conocimiento del contenido de la solicitud en referencia, publíquese por el término de Treinta días en el Diario Oficial La Gaceta extracto de la solicitud, con inserciones de los datos esenciales del Título para su identificación y con lo que resulte resuélvase de conformidad a derecho, asimismo devuélvase los documentos al interesado previa constancia.- NOTIFIQUESE.-6L.- FIRMA Y SELLO.- ABG. ROSA MARIA RUBI BONILLA. JUEZ DE LETRAS DE LA SECCION JUDICIAL.- FIRMA Y SELLO.- ABG. ROSIBEL GODINEZ FLORES.- SECRETARIA ADJUNTA.- Actúa el Abogado JAVIER ULICES GAVARRETE RAMIREZ, en su condición de representante legal de la señora MARIA CRUZ MENJIVAR GOMEZ.- El Progreso, departamento de Yoro, 08 de febrero del año ABG. ROSIBEL GODINEZ FLORES SECRETARIA ADJUNTA 18 M. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTES AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción