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22 de abril de 2025Vigente

Edicto — Aviso de Título Supletorio para inmuebles de Luis Armando Mena Murillo en Juticalpa, Olancho

Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Juticalpa

  • Publicación: 22 de abril de 2025
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Juticalpa
  • Gaceta: 36,819

Texto completo

AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Juticalpa, departamento de Olancho, al público en general y para efectos de ley, HACE SABER: Que en fecha catorce (14) del mes de febrero del año dos mil veinticuatro (2024), el señor LUIS ARMANDO MENA MURILLO, con Documento Nacional de Identificación (DNI) número 1501 1948 00603; solicitó TÍTULO DE PROPIEDAD de dos terrenos que se describen así: l. “Un lote de terreno ubicado en El Barrio Calona, municipio de Juticalpa, departamento de Olancho; cuyos colindantes son: AL NORTE, calle de por medio con propiedad del señor Julio Cesar Sevilla Calix; AL SUR, con el Río Juticalpa; AL ESTE, con propiedad del señor Carlos Rafael Pacheco; y, AL OESTE, con propiedad del señor José Francisco Colindres. Haciendo un ÁREA TOTAL DE TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS PUNTO CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS (392.43 Mts.2)”. 2. “Un lote de terreno ubicado en La Aldea La Puzunca, municipio de Juticalpa, departamento de Olancho; cuyos colindantes son: AL NORTE, con propiedad del señor Agustín Ponce; AL SUR, con propiedades de los señores Esteban Motiño y Blas Humberto Alonzo Santos; AL ESTE, calle de por medio con propiedad de los señores Agustin Ponce, María Martínez, carril de por medio y propiedad de la señora Lucia na Alvarenga; y, AL OESTE, con propiedad de los señores Nuncio Pagoada y Esteban Motiño. Haciendo un ÁREA TOTAL DE DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (2,785.00 Mts.2)”. Que los inmuebles descritos le pertenecen porque los ha poseído en forma quieta, pacífica y no interrumpida, por más de VEINTE AÑOS consecutivos.- Se ofrece información testifical de los señores ELIBERTO DE JESUS AVILA MURILLO, MANUEL ANTONIO GUTIERREZ MURILLO y MARIA ARACELI AVILA AVILA, vecinos del lugar donde se ubican los inmuebles. Juticalpa, Olancho, 06 de noviembre del año 2024 KENIA YAMILETH TORRES RIVERA Secretaria 22 A. 2025 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha catorce (14) de febrero del dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado, la señora GLORIA JOSEFA PONCE MENDOZA, interpuso una demanda en materia personal con orden de ingreso No. 0801- 2023-00358. “Se interpone demanda en materia personal para que se declare la nulidad de un acto particular de la Administración Pública por infracción del ordenamiento jurídico. Reconociendo de una situación jurídica individualizada por haber lesionado derechos de la administración y para su pleno restablecimiento se ordene el pago de las prestaciones e indemnizaciones correspondiente más los salarios dejados de percibir a título de daños y perjuicios. Se acompañan documentos autentificados.- Poder.- Manifiesto mi intención de cumplir con los requisitos que manda la ley. En relación: Al acto administrativo de carácter particular que se impugnado, consistente en el Acuerdo de Cancelación número 003-2023 de fecha 23 de febrero de 2023. VIKY MONTOYA SECRETARIA ADJUNTA 22 A. 2025 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiuno (21) de enero del año dos mil veinticinco (2024), compareció ante este Juzgado el Abogado JESÉ EDGARDO MARTINEZ AGUIRIANO, en su condición de representante procesal de la señora CARMEN ARELY SALGADO ALVARADO, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal con orden de ingreso número 0801-2025-00040 contra el Estado de Honduras a través de la ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS, para la declaración de nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo ADUANAS-DE-GNGTH-185-2024, de fecha dieciocho (18) de diciembre del dos mil veinticuatro (2024), emitido por la ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS (ADUANAS), para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter personal.- Reconocimiento de una situación jurídica particular individualizada y adopción de medidas necesarias para el restablecimiento de la misma, entre ellas se ordene la restitución al cargo en iguales o mejores condiciones con el pago de salarios dejados de percibir, a título de daños y perjuicios.- Incrementos salariales y demás beneficios durante la ausencia.Así como aportaciones personales y patronales INJUPEMP.- Vacaciones adeudadas.- Costas del juicio.- Se compañan documentos.- Petición y poder. ABG. ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 22 A. 20285