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7 de abril de 2025Vigente

Edicto No. 0801-2024-00854 — Demanda de Nulidad de Acuerdo de Cancelación - Nora Estela Avila Gómez contra Instituto de la Propiedad

Juzgado de Letras Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2024-00854
  • Publicación: 7 de abril de 2025
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 36,810

Texto completo

AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha catorce (14) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024), compareció a este juzgado la Abogada KEREN MAYLIN CASTRO MIDENCE, actuando en su condición de Apoderada Legal de la señora NORA ESTELA AVILA GÓMEZ. Que en fecha catorce (14) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024), compareció a este juzgado la Abogada KEREN MAYLIN CASTRO MIDENCE, actuando en su condición de Apoderada Legal de la señora NORA ESTE LA AVILA GÓMEZ, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2024-00854, contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD. Para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública, consistente en el Acuerdo de Cancelación No. CI- IP-274-2024, de fecha 26 de septiembre de 2024, notificado en fecha veinticuatro (24) de octubre de dos mil veinticuatro (2024), emitido por el Instituto de la Propiedad, que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico, que se reconozca la situación jurídica individualizada y como medida para el pleno restablecimiento de sus derechos se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro al puesto de trabajo de mi representada u otro de igual o mejor categoría, más el pago de los salarios dejados de percibir en concepto de daños y perjuicios, desde la fecha de la cancelación hasta que se reintegre al puesto de trabajo, se acompañan documento, costas del juicio. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 7 A. 2025