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3 de abril de 2025Vigente

Edicto No. 0801-2024-00917 — Demanda contenciosa administrativa de nulidad de acto en materia personal contra Instituto de Propiedad

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2024-00917
  • Publicación: 3 de abril de 2025
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 36,807

Texto completo

AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve (09) de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado el señor WALTHER JOSUE TINOCO URBINA, incoando demanda Contenciosa Administrativa con orden de ingreso 0801-2024-00917, vía Procedimiento en materia Personal, contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO DE PROPIEDAD, para que se declare la nulidad de un acto administrativo en materia personal.-Que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción al ordenamiento jurídico.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y como medida para el pleno restablecimiento de su derecho que se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro del puesto de trabajo, más el pago de los perjuicios, desde la fecha de cancelación hasta que se reintegre al puesto de trabajo. Pago de incremento salariales selectivos que se produzcan en el tiempo que dure el litigio, derechos adquiridos, décimo tercer mes, décimo cuarto, bonificaciones, vacaciones, cotizaciones de INJUPEMP, pago de cotizaciones al IHSS y todos aquellos derechos colaterales que hubiera adquirido por haber sido cancelado injustamente. Se acompañan documentos. - Costas del juicio. Poder. HAMELIN FANUEL AVILA GARCIA SECRETARIO, POR LEY 3 A. 2025 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO