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25 de marzo de 2025Vigente

Edicto No. 0801-2024-00403 — Aviso - Procedimiento Especial en Materia de Personal

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2024-00403
  • Publicación: 25 de marzo de 2025
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 36,799

Texto completo

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS FISCAL ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinte (20) de mayo del año dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado los señores Nelsy Alejandra Cabrera Suazo, Lesly Y a libeth Ardón Valle, Isaías Antonio Maradiaga Villanueva, Juan Pablo López Moncada y Daliver Isis Flores Serrano, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, con orden de ingreso No.0801-2024-00403, para que se declare la ilegalidad y nulidad de unos actos administrativos de cancelación por cesantía por no estar dictados conforme a derecho, consistentes en los Acuerdos No. 110-SRH- 2024, No. 107-SRH- 2024, No. 102-SRH-2024, No. 104- SRH-2024 y No. 101-SRH-2024, todos de fecha 30 de abril del 2024, emitidos por la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se ordene: 1) El reintegro a sus cargos en iguales o mejores condiciones y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación por cesantía hasta aquella en que sean reintegrados en sus cargos; mas el reconocimiento de derechos adquiridos otorgados en Ley como ser décimo tercer y décimo cuarto mes, vacaciones, quinquenios, aumentos generales y los ajustes y beneficios establecidos en el Manual de Puestos de la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional en ausencia; 3) Que se ordene la nulidad del acto de nombramiento de sus sustitutos(as) si fuera el caso; 4) Que se hagan las aportaciones tanto patronales como personales al INJUPEMP que resulten de los salarios dejados de percibir y derechos adquiridos en ausencia.- Se anexan documentos.- Petición.- Poder. ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 25 M. 2025