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4 de septiembre de 2026Vigente

Edicto No. 0801-2026-00933 — Demanda de nulidad de actos administrativos en materia de personal - CARLOS HUMBERTO REYES DÍAZ DEL VALLE y ANA CECILIA COELLO SALGADO contra Instituto Nacional de Migración

Juzgado de Letras Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2026-00933
  • Publicación: 4 de septiembre de 2026
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 37,238
  • Categoria: Administrativo

Resumen

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Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Una empleada de la Secretaría de Seguridad demanda ante los tribunales para anular su despido, argumentando que fue illegal y violó sus derechos. Solicita reingresar a su trabajo y recibir los salarios no pagados más una compensación por daños.

Texto completo

El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha trece (13) de abril de dos mil veintiséis (2026), compareció a este juzgado la señora GABRIELA CAROLINA CARDONA CONTRERAS, quien confirió poder al Abogado CARLOS ALBERTO MERLOS MUNGUÍA, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso No. 0801-2026-01037 J-5, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular, consistente en el Acuerdo de Cancelación SEDS No. 304- 2026, de fecha nueve de marzo de dos mil veintiséis emitido por Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad de manera ilegal quebrantando el principio de defensa, legalidad y debido proceso, exceso y desviación de poder. Que se reconozca una situación jurídica individualizada, y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de mis derechos se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro a mi antiguo puesto de trabajo y a título de daños y perjuicios el pago de salarios dejados de percibir, pago de bono de tres mil lempiras (Lps. 3,000) mensuales en concepto de alimentación. Demanda contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad. Se acompaña documentos. Se confiere poder en el escrito. Petición. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ÁLVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 4 S. 2026.