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27 de agosto de 2026Vigente

Edicto — Demanda contencioso administrativa de Farida Alejandra Turcios Aldana contra Instituto Nacional de Migración

Juzgado de Letras Contencioso Administrativo

  • Publicación: 27 de agosto de 2026
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 37,231
  • Categoria: Administrativo

Texto completo

el artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha quince (15) de mayo de dos mil veintiséis (2026), comparecieron ante este, el señor JOSE ROBERTO CANALES FLORES, interponiendo demanda contenciosa administrativa en materia especial de personal con orden de ingreso 0801-2026-02692, contra el Estado de Honduras a través SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS (SECAPPH); contraída a solicitar "Demanda especial en materia de personal para la nulidad de un acto administrativo de carácter particular emitido por la SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS (SECAPPH). Con exceso y desviación de poder.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal e injustificada de que fui objeto.- Y como medida para el pleno restablecimiento de mis derechos que se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro a mi antiguo puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones y en concepto de indemnización por daños y perjuicios que se me paguen los salarios dejados de percibir, con todos los aumentos, pago de vacaciones, décimo tercer mes y demás beneficios colaterales desde la fecha de cancelación de mi Acuerdo de Nombramiento hasta la fecha de ejecución de la sentencia.- Se acompañan documentos.- Condena en costas". ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CÁCERES SECRETARIO ADJUNTO 27 A. 2026. ____ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras Tegucigalpa, M.D.C., 10 de agosto de 2026 AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve (09) de abril del año dos mil veintiséis (2026), compareció a este juzgado el señor MOISES DAVID CANALES ORDOÑEZ, como parte demandante, contra el Estado de Honduras a través del Instituto de la Propiedad, incoando demanda personal con orden de ingreso número 0801-2026- 00932, "Demanda especial en materia de personal para la nulidad de un acto administrativo de carácter particular emitido por el Instituto de la Propiedad con exceso y desviación de poder.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal e injustificada de que fui objeto y como medida para el pleno restablecimiento de mis derechos que se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro a mi antiguo puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones y en concepto de indemnización por daños y perjuicios que se me paguen los salarios dejados de percibir, con todos los aumentos, pago de vacaciones, décimo tercer mes, décimo cuarto mes y demás beneficios colaterales desde la fecha de cancelación de mi Acuerdo de Nombramiento hasta la fecha de ejecución de la sentencia. Se acompañan documentos.- Se confiere poder.- Condena en costas."- En relación al ACUERDO No. SE-IP-393-2026, de fecha veinticinco (25) de marzo del año dos mil veintiséis (2026). ABG. LOURDES AZUCENA MEDINA MARADIAGA SECRETARIA ADJUNTA 27 A. 2026. ____