Edicto No. 0801-2026-02718 — Notificación de demanda en materia personal contra Dirección Nacional de Bienes del Estado
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2026-02718
- Publicación: 25 de agosto de 2026
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 37,229
- Categoria: Administrativo
Texto completo
República de Honduras Tegucigalpa, M.D.C., 30 de julio del 2026 AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciocho (18) de mayo del dos mil veintiséis (2026), compareció ante este juzgado los Abogados SANTIAGO OBDULIO HERRERA MAYEN y JESUS ANTONIO FERRERA MATUTE, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2026-02718 en contra del Estado de Honduras a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE BIENES DEL ESTADO, se interpone demanda de procedimiento especial en materia de personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo no. DNBE-DE-007-2026, emitido por el Estado de Honduras a través de la Dirección Nacional de Bienes del Estado, mediante el cual se canceló de manera injustificada, a la demandante Alejandra Cristina Ramos Bonilla, del cargo de supervisor de seguridad; por lo cual se pide declarar la ilegalidad y nulidad de dicho acto, por no ser conforme a derecho e infringir el ordenamiento jurídico, por exceso de poder.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por despido ilegal, injustificado y arbitrario y como medidas para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo violado a la demandante, se ordena mediante sentencia definitiva el reintegro al cargo que ocupaba el momento de ser despedido, y si el cargo estuviese ocupado por otra persona con mayor salario, se le asigne el mismo; y, solo en caso de no ser posible su reintegro en el mismo cargo, se le reinstale en otro de igual o mayor categoría se le otorgue el Ggoce y pago de las vacaciones, incremento salariales y demás derechos que se causen durante su ausencia en el cargo.- Se le paguen los salarios dejados de percibir desde la fecha de su cancelación hasta que se produzcan el reintegro, más los gastos y costas del juicio.- Se acredita poder.- Se acompañan documentos probatorios.- Documentos anexos. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 25 A. 2026 Sección B Avisos Legales
Número de Solicitud: 2025-5311 Fecha de Presentación: 2025-08-05 Fecha de emisión: 3 de marzo de 2026 Solicitud de r
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