Vigente
Decreto No. 340-2026 | 28 de julio de 2026 | Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo de San Pedro Sula | La Gaceta No. 37,205

Edicto No. 340-2026 — Demanda contenciosa administrativa por nulidad de acto administrativo del Sistema Nacional de Emergencias 911

Texto completo

El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintidós (22) de abril del dos mil veintiséis (2026), compareció ante este juzgado los Abogados GERARDO EMILIO CÁRDENAS LEÓN y JOSÉ LUIS MONGE LAINEZ, en su condición de representante procesal del señor: FELIX BALLARDO PADILLA ROMERO, con orden de ingreso número 0801- 2026-01592 contra la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, se interpone demanda contenciosa administrativa en materia especial de personal para que se declare la nulidad e ilegal de un acto administrativo de carácter particular por haber adoptado con violación e infracción del ordenamiento jurídico y quebrantamiento de las formalidades.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y como medida para el pleno restablecimiento de su derecho se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro al puesto de trabajo o a uno mejor categoría, así como el pago de los salarios dejados de percibir en concepto del daño y perjuicio, desde la fecha de la cancelación hasta que se ejecute la sentencia así como décimo tercer mes y décimo cuarto mes, incrementos salariales, vacaciones más cualquier otro derecho que pueda corresponder.- Medios de prueba.- Se acompañan documentos.- Petición.- Poder.- Costas del juicio. En relación al acto impugnado Acuerdo de Cancelación No. 0605-SE-2026, de fecha 23 de marzo del 2026. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 28 J. 2026 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecisiete (17) de abril de dos mil veintiséis (2026), comparecieron a este juzgado los Abogados GERARDO EMILIO CÁRDENAS LEÓN y JOSÉ LUIS MONGE LAINEZ, en su condición de apoderados legales de la señora DEYSI YANETH RIVAS HERRERA, a la que se le asignó la orden de ingreso número 0801-2026-01315 J-5, para que se declare la nulidad de un acto administrativo consistente en el Acuerdo de Cancelación No. 1063-SE- 2026 de fecha veintitrés (23) de marzo de dos mil veintiséis (2026), y notificado el seis (6) de abril de dos mil veintiséis (2026), por haberse adoptado con violación e infracción del ordenamiento jurídico, quebrantamiento de las formalidades, reconocimiento de la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopte como medidas necesarias, el reintegro a los cargos de los cuales fueron cancelados en iguales o mejores condiciones y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta que se ejecute la sentencia, décimo tercer mes y décimo cuarto mes de salario, vacaciones, bonificación por vacaciones, cualquier otro derecho que pueda corresponder, se acompañan documentos, poder. ABG. JUAN ERNESTO GARCIAALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 28 J. 2026 Sección B Avisos Legales

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 28 de mayo del 2026 AVISO

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