VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 0501-2026-00256 | 4 de mayo de 2026 | Poder Judicial
Edicto No. 0501-2026-00256 — Demanda contenciosa administrativa - Cancelación por Instituto de la Propiedad
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Resumen
Un ciudadano demanda al Estado de Honduras ante un juzgado para que anule una decisión de la Secretaría de Desarrollo Económico que considera injusta. La demanda busca que un tribunal declare que esa decisión administrativa no es legal y ordene restaurar los derechos afectados del demandante.
Texto completo
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo con sede en la Ciudad de San Pedro Sula,
Departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50)
de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a
los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE
SABER: En fecha veinticuatro (24) de marzo del año dos mil
veintiséis (2026) compareció el Abogado Marvin Oliver Fuentes
Amaya, en su condición de Apoderado Legal de la señora Tania
Alexandra Molina Guevara, interponiendo demanda contra el
Estado de Honduras, representado legalmente por el Abogado
Dagoberto Aspra Iglesias, en su condición de Procurador
General de República por actos de la Secretaría de Estado en el
Despacho de Desarrollo Económico, a través de la Dirección
Regional Nor Occidental de San Pedro Sula; misma que se
encuentra registrada en libro de entrada que para tal efecto lleva
este Tribunal bajo el número de expediente No.133-2026 S.P.S.
correlativo 0501-2026-00131 LAO; dicha demanda en materia
ordinaria tiene como finalidad se declare no ser conforme a
derecho un acto administrativo de carácter particular consistente
en la Resolución DRPC N0.030-2026 emitida por la Secretaría
de Estado en el Despacho de Desarrollo Economico, Dirección
Regional Nor-Occidenttal de Protección al Consumidor de San
Pedro Sula, en fecha veinticinco de febrero del año dos mil
veintiséis y en consecuencia se decrete la nulidad absoluta del
mismo, asimismo, se declare el reconocimiento de una situación
jurídica individualizada y la adopción de medidas para su pleno
restablecimiento.
En la Ciudad de San Pedro Sula, Cortés, a los cuatro (4) días del
mes de mayo del año dos mil veintiséis.
Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman
Secretario General
1 J. 2026
_______
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
Tegucigalpa, M.D.C., 4 de mayo del 2026
AVISO
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