Vigente
6 de diciembre de 2023
Edicto — Aviso de demanda contencioso administrativa por cancelación ilegal
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Resumen
Un trabajador demanda al Estado de Honduras por su cancelación ilegal en diciembre de 2023, argumentando que fue despedido sin seguir los procedimientos legales correctos. Solicita ser reintegrado a su puesto, recibir los salarios no pagados, beneficios dejados de percibir y compensación por daños.
Texto completo
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de
la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diez
(10) de enero de dos mil veinticuatro (2024), compareció a
este Juzgado el señor DANIS GUILLERMO OSEGUEDA
RODAS, quien confirió poder al abogado SALVADOR
ELI ÁVILA ZELAYA, interponiendo demanda en materia
de personal con orden de ingreso 0801-2024-00011, contra
el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE
ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD.
Para que se declare la ilegalidad y nulidad de uno acto
administrativo de carácter particular de la administración
pública, consistente en la resolución SEDS No. 1872-2023,
de fecha 06 de diciembre de 2023 y notificada en fecha 13
de diciembre de 2023, por cancelación de manera injusta
e ilegal y arbitraria, emitida por la Secretaría de Estado en
el Despacho de Seguridad por no estar ajustado a derecho,
habiendo infringido el ordenamiento jurídico, al haberse
quebrantado las formalidades esenciales del procedimiento
administrativo y haberse actuado e incurrido en exceso
y desviación de poder al haber emitido una resolución sin
llevar a cabo el procedimiento legal establecido, dejar sin
valor y efecto la certificación que transcribe el Acuerdo de
Cancelación vía resolución SEDS No. 1872-2023, de fecha
06 de diciembre de 2023, notificada vía correo electrónico
en fecha 13 de diciembre de 2023, en la que se resuelve el
recurso de reposición contra la resolución SEDS No.1672-
2023, de fecha 08 de noviembre del 2023, notificada el 15 de
noviembre del 2023, en el expediente disciplinario SEDS No.
1432-2023, la cual supuestamente agota la vía administrativa,
que se reconozca la situación jurídica individualizada, y
como medida para el pleno restablecimiento de los derechos,
el reintegro a las labores en el puesto de igual o mejor
categoría, más el pago de los salarios dejados de percibir
desde el momento de la suspensión de mis labores y los demás
derechos dejados de percibir como ser: Aumentos, décimo
tercer y cuarto mes de salario, bonos, nivelación en todo la
ausencia del proceso, hasta que quede firme este juicio, el
índice inflacionario como lo establece el Banco Central de
Honduras, se solicita la retribución civil a las autoridades
responsables una vez declarado con lugar este juicio, según
artículos 321, 323 y 324 de la Constitución de la República de
Honduras, con especial condena en costas procesales, costas
judiciales y costas profesionales, se acompañan documentos,
poder, petición.
ABG. JUAN ERNESTO GARCIA ALVAREZ
SECRETARIO ADJUNTO
2 M. 2026
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 2 D E MARZO D E L 2026 N o . 37,083
Marcas de Fábrica
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