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Decreto No. 0801-2025-00260 | 4 de abril de 2025 | Poder Judicial

Edicto No. 0801-2025-00260 — Demanda contenciosa administrativa en materia especial de personal contra Secretaría de Seguridad

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Resumen

Un trabajador demanda al Estado de Honduras para anular su despido de la Secretaría de Seguridad, solicitando que se declare nulo el acto administrativo que lo separó del cargo. Si prospera, busca ser reintegrado a su puesto, recibir los salarios no pagados y otras prestaciones laborales que le correspondan por ley.

Texto completo

El infrascrita, Secretario (a) Adjunto (a) del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha treinta y uno (31) de marzo del año dos mil veinticinco (2025), compareció a este Juzgado el señor MARLON JOEL ALVARADO SEVILLA, incoando demanda Contenciosa Administrativa en Materia Especial de Personal, con número de ingreso 0801-2025-00260, contra el ESTADO DE HONDURAS, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD, "por el procedimiento especial en materia de personal se interpone demanda, para que se declare la nulidad de un acto particular de la administración pública, dictado con infracción del ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de formalidades esenciales para su formación. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por haber lesionado derechos del administrado y para su pleno restablecimiento que se ordena el reintegro al cargo que ocupaba y el pago de los salarios dejados de percibir, o en su defecto, el pago de las prestaciones laborales e indemnización que en derecho corresponda. Se acompaña documentos. Se confiere poder. Condena en costas". Para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular, consistente en el Acuerdo Cancelación SEDS No. 547-2025, de fecha 20 de marzo 2025. SECRETARIO(A) ADJUNTO(A) CINTHIA CENTENO 7 M. 2025 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 9 D E MAYO D E L 2025 N o . 36,833 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE SANTA ROSA DE COPÁN AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER: Que en la solicitud de Título Supletorio promovida por el señor JOSE DANIEL HERNANDEZ HERNANDEZ, quien es mayor de edad, casado, Ingeniero Civil, hondureño, con domicilio en el Barrio Santa Teresa de esta ciudad de Santa Rosa de Copán, y con Documento Nacional de Identificación (DNI) número 0401-1989-00582, se hace saber que es poseedor legítimo de un inmueble rural, ubicado en la Aldea de Guachipilín, jurisdicción de esta ciudad de Santa Rosa de Copán, el cual tiene las medidas y colindancias siguientes: Del punto uno al punto dos: Rumbo Sur diez grados, treinta y dos minutos, veintiuno punto cero seis segundos, Este, (S 10°32'21.06" E) distancia de nueve punto cuarenta y seis metros (9.46 m); del punto dos al punto tres: Rumbo Sur setenta y cuatro grados, diecisiete minutos, veintiocho punto noventa segundos, Este, (S 74°17'18.90" E), distancia de treinta y tres punto veinticuatro metros (33.24 m) del punto tres al punto cuatro: Rumbo Sur sesenta y tres grados, veintiséis minutos, cero cinco puntos ochenta y dos segundos, Este, (S 63°26'05.82" E), distancia de trece puntos cuarenta y uno metros (13.41 m); del punto cuatro al punto cinco: Rumbo Sur cuarenta y seis grados, treinta y dos minutos, cincuenta y tres punto treinta y siete segundos, Este, (S 46°32'53.37" E), distancia de veintiséis punto diecisiete metros (26.17 m); del punto cinco al punto seis: Rumbo Sur treinta y tres grados, cuarenta y uno minutos, veinticuatro punto veinticuatro segundos, Este, (S 33°41'24.24" E), distancia de tres punto sesenta metros (3.60 m); colinda por estos puntos con propiedad de Adely Calderón Reyes del punto seis al punto siete: Rumbo Sur sesenta y siete grados, cuatro minutos, cuatro punto cuarenta y cuatro segundos, Este, (S 67°04'04" E), distancia de veintiocho punto veintitrés metros (28.23); del punto siete al punto ocho: Rumbo Sur treinta y ocho grados, dos minutos, cuarenta y nueve punto treinta y cinco segundos, Este, (S 38°02'49.35" E) distancia de cincuenta y ocho puntos cuarenta y uno metros (58.41 m); del punto ocho al punto nueve: Rumbo Norte cincuenta y tres grados, cero siete minutos, cuarenta y ocho puntos treinta y siete segundos, Este, (N 53°07'48.37" E), distancia de cinco punto cero cero metros (5.00); del punto nueve al punto diez: Rumbo Norte setenta y tres grados, dieciocho minutos, cero dos punto setenta y dos segundos, Este, (N 73°18'02.72" E), distancia de veinte punto ochenta y ocho metros (20.88 m); del punto diez al punto once: Rumbo Sur cincuenta y tres grados, siete minutos, cuarenta y ocho puntos treinta y siete segundos, Este, (S 53°07'48.37" E), distancia de cincuenta y cinco punto cero cero metros (55.00 m); del punto once al punto doce: Rumbo Sur cincuenta y dos grados, seis minutos, cuarenta puntos setenta y siete segundos, Este, (S 52°06'40.77" E), distancia de trece puntos sesenta y cinco metros (13.65 m); del punto doce al punto trece: Rumbo Sur dieciocho grados, veintiocho minutos, diez puntos sesenta y seis segundos, Este (S 18°28'10.66" E), distancia de treinta y dos puntos veintisiete metros (32.27); colinda por estos puntos con propiedad de Salvador Calderón del punto trece al punto catorce: Rumbo Sur veintiún grados, treinta minutos, cinco puntos dieciséis segundos, Oeste, (S 21°30'05.16" W), distancia de treinta y cinco puntos cuarenta y seis metros (35,46 m); del punto catorce al punto quince: Rumbo Sur ochenta y cinco grados, catorce minutos, diez puntos ochenta y nueve segundos, Oeste, (S 85°14'10.89" W), distancia de doce puntos cero cuatro metros (12.04 m); del punto quince al punto dieciséis: Rumbo Sur cincuenta y cinco grados, cuarenta y dos minutos, cuarenta y siete puntos veinticuatro segundos, Oeste (S 55°42'47.24" W) , distancia de veinticinco puntos noventa y uno metros (25.91 m); del punto dieciséis al punto diecisiete: Rumbo Sur cincuenta y cinco grados, cuarenta y dos minutos, cuarenta y siete puntos veinticuatro segundos, Oeste (S 55°42'47.24" W), distancia de siete puntos setenta y siete metros (7.77 m) colinda por estos puntos con propiedad de Jerónimo Deras; del punto diecisiete al punto dieciocho: Rumbo Sur cincuenta y cinco grados, cuarenta y dos minutos, cuarenta y siete punto veinticuatro segundos, Oeste, (S 55°42'47.24" W) , distancia de diecinueve punto cincuenta y siete metros (19.57 m) del punto dieciocho al punto diecinueve: Rumbo Sur setenta y ocho grados, cero seis minutos, cuarenta punto ochenta y tres segundos, Oeste, (S 78°06'40.83" W) , distancia de diecinueve punto cuarenta y uno metros; del punto diecinueve al punto veinte: Rumbo Norte sesenta y cinco grados, cero cuatro minutos, veinticuatro punto trece segundos, Oeste (N 65°04'24.13" W), distancia de veinticinco punto veintitrés metros (25.23 m); del punto veinte al punto veintiuno: Rumbo Sur La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 9 D E MAYO D E L 2025 N o . 36,833 cuarenta y ocho grados, diecinueve minutos, veintidós punto cero dos segundos, Oeste, (S 48°49'22.02" W), distancia de ciento dieciocho punto trece metros (118.13 m) colinda por estos puntos con propiedad de Dominga Gloria Urrutia; del punto veintiúno al punto veintidós: Rumbo Sur cuarenta y cuatro grados, diez minutos, cinco punto ochenta y nueve segundos, Oeste, (S 55°42'47.24" W), distacia de treinta y uno ochenta y seis metros (31.86 m); del punto veintidós al punto veintitrés; Rumbo Norte cuarenta y cinco grados, dos minutos, cincuenta y seis punto veintiséis segundos, Oeste, (N 45°02'56.56"W), distancia de ciento treinta y ocho punto sesenta y cinco metros (138.65 m) colinda por estos puntos con propiedad de Luis Alonso Rios Rios; del punto veintitrés al punto veinticuatro; Rumbo Norte sesenta grados , cincuenta y uno minutos, veintiuno punto veinticuatro segundos, Oeste, (N 60°51'21.24" W), distancia de ochenta punto cero cero metros (80.00 m); del punto veinticuatro al punto veinticinco; Rumbo Norte cuarenta y cuatro grados, doce minutos, cincuenta y cuatro punto sesenta y tres segundos, Oeste, (N 44°12'54.63" W), distancia de cincuenta y uno punto sesenta y dos metros (51.62); del punto veinticinco al punto veintiseis; Rumbo Norte cincuenta y siete grados, cuarenta y tres minutos, veintisiete punto sesenta y ocho segundos, Oeste (N 57°43'27.68" W), distancia de veintidós punto cuarenta y siete metros (22.47 m); del punto veintiséis al punto veintisiete: Rumbo Norte setenta y ocho grados, veinticuatro minutos, veintiocho punto diecisiete segundos, Oeste (N 78°24'28.17" W) , distancia de treinta y nueve punto ochenta y uno metros (39.81m); del punto veintisiete al punto veintiocho: Rumbo Norte sesenta y seis grados, veintidós minutos, catorce punto veinticuatro segundos, Oeste (N 66°22'14.24" W), distancia de treinta y cuatro punto noventa y dos metros (34.92 m); del punto veintiocho al punto veintinueve: Rumbo Norte cincuenta y siete grados, cincuenta y nueve minutos, cuarenta punto sesenta y dos segundos, Oeste, (N 57°59'40.62" W), distancia de nueve punto cuarenta y tres metros (9.43 m); del punto veintinueve al punto treinta: Rumbo Norte treinta y cinco grados, treinta y dos minutos, quince punto sesenta y cuatro segundos Oeste, (N 35°32'15.64"W), distancia de ocho punto sesenta metros (8.60 m); del punto treinta al punto treinta y uno: Rumbo Norte veintiún grados, treinta y ocho minutos, treinta y nueve punto noventa y siete segundos, Oeste (N 21°38'39.97" W), distancia de sesenta y siete punto setenta y siete metros (67.77 m); del punto treinta y uno al punto treinta y dos: Rumbo Norte cero seis grados, treinta y uno minutos, once punto veintinueve segundos, Este, (N 06°31'11.29" E), distancia de treinta y cinco punto veintidós metros (35.22 m); del punto treinta y dos al punto treinta y tres; Rumbo Norte veintisiete grados, veinte minutos, cincuenta y nueve punto cincuenta y cinco segundos, Este, (N 27°20'59.55" E), distancia de treinta y dos punto sesenta y cinco metros (32.65 m); del punto treinta y tres al punto treinta y cuatro: Rumbo Norte veintitrés grados, once minutos, cincuenta y cuatro punto noventa y tres segundos, Este, (N 23°11'54.93" E), distancia de quince punto veintitrés metros (15.23 m); del punto treinta y cuatro al punto treinta y cinco: Rumbo Norte cero cinco grados, cero dos minutos, treinta y dos punto ochenta y dos segundos, Oeste, (N 05°02'32.82" W) , distancia de treinta y cuatro punto trece metros (34.13 m); del punto treinta y cinco al punto treinta y seis: Rumbo Norte treinta y tres grados, cuarenta y uno minutos, veinticuatro punto veinticuatro segundos, Oeste, (N 33°41'24.24" W) , distancia de veintiuno punto sesenta y tres metros (21.63 m); del punto treinta y seis al punto treinta y siete: Rumbo Norte once grados, cuarenta y uno minutos, veintiuno punto setenta y tres segundos, Oeste, (N 11°41'21.73" W) , distancia de veintinueve punto sesenta y uno metros (29.61 m); del punto treinta y siete al punto uno; Rumbo Norte setenta y seis grados, cincuenta y cuatro minutos, doce punto sesenta y seis segundos, Este, (N 76°54'12.66" E), distancia de trescientos cuarenta y uno punto catorce metros (341.14 m),colinda por estos puntos con calle de por medio; teniendo un área total de CIENTO CUARENTA MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO PUNTO TREINTA Y UN METROS CUADRADOS (140,985.31 M2) igual a DOSCIENTOS DOS MIL DOSCIENTOS NUEVE PUNTO CINCUENTA Y NUEVE VARAS CUADRADAS (202,209.59 VRS2), equivalentes a VEINTE PUNTO VEINTIDOS MANZANAS (20.22 MZ) del cual ha estado en posesión ininterrumpida y de manera legítima por más de diez años y el cual obtuvo por donación hecha por la señora MA REINA HENRIQUEZ MACHADO y del señor JOSE RAFAEL GUERRA HERNANDEZ. Santa Rosa de Copán, 04 de abril del 2025. ABG. RONALD EDGARDO PINEDA SECRETARIO, POR LEY 9 M., 9 J. y 9 J. 2025 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 9 D E MAYO D E L 2025 N o . 36,833 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiuno (21) de febrero de dos mil veinticinco (2025), compareció a este Juzgado la Abogada KARLA YADIRA PAREDES ORTEGA, actuando en su condición de Apoderada Legal del señor RAMÓN EDGARDO PAREDES ORTEGA, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2025-00124, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DEFENSA NACIONAL. Para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública, consistente en el Acuerdo No. JEMC-S.G. NO.013-2025, de fecha 28 de enero del año 2025, y la resolución No.02-2025, de fecha 27 de enero del año 2025, emitidos por la Secretaría de Estado en los Despachos de Defensa Nacional. Por separación deshonrosa del servicio consistente en el licenciamiento absoluto del servicio, se pide el reconocimiento de la situación jurídica individualizada como Oficial de las Fuerzas Armadas y para su pronto restablecimiento y mediante sentencia definitiva se ordene el reintegro al servicio activo de las Fuerzas Armadas, restitución del grado y antigüedad logrado, así como de todos los derechos vulnerados en perjuicio de mi representado, incluidos los económicos, el de ser incluido en los procesos de ascenso para los grados subsiguientes, pago de los salarios dejados de percibir a título de daños y perjuicios, décimo tercer, décimo cuarto mes, bonificaciones demás derechos generados en ausencia, desde la fecha de separación y cancelación hasta que con sujeción a las normas procesales, la sentencia firme se haya cumplido la misma voluntariamente o por vía de apremio, se condene en costas por no existir motivos suficientes para litigar en la presente causa, se presentan documentos, se acredita poder, petición. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ÁLVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 9 M. 2025 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE SANTA ROSA DE COPÁN AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO

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