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Decreto No. 0801-2025-00653 | Poder Judicial
Edicto No. 0801-2025-00653 — Demanda Contenciosa Administrativa de Nelson Walter Acosta Ventura contra Instituto Nacional para la Atención a Menores Infractores
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Resumen
Un trabajador del Instituto Nacional para la Atención a Menores Infractores (INAMI) demanda al Estado para anular su despido y exige ser reintegrado a su puesto con salarios adeudados, prestaciones y aumentos desde la fecha del despido. El juzgado recibe esta demanda contenciosa administrativa el 9 de septiembre de 2025.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de
esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 09 de septiembre
del año 2025 comparece el señor NELSON WALTER ACOSTA
VENTURA, interpuso demanda ante este Juzgado con orden
de ingreso No.0801-2025-00653, contra el Estado de Honduras
a través de INSTITUTO NACIONAL PARA LA ATENCIÓN A
MENORES INFRACTORES (INAMI). Se promueve demanda
especial para la nulidad de un acto administrativo en materia de
persona consistente en el Acuerdo de Cancelación No 168-DE-
INAMI- 2025 de fecha 01 de septiembre del año 2025.- Que se
anule totalmente el mismo por a ver sido adoptado con infracción
del ordenamiento jurídico.- Que se reconozca la situación jurídica
individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al
reintegro a mi puesto de trabajo en igual o mejores condiciones,
así como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha
de la cancelación hasta la fecha en que me reintegre a mi puesto de
trabajo, incluyendo los colaterales consistentes en décimo tercer
mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de
ión social, quinquenios, bonificaciones de vacaciones y
ones que debería haber gozado y que devengaría desde la
fecha de cancelación hasta la fecha que sea reintegrado.- Aumento
salariales que se generen durante mi ausencia.- Se relaciona con
claridad los hechos de la demanda con los medios de pruebas que
se pretenden utilizar.- Se acompañan documentos. Se acredita
representación.- Cos
MARGARITA ALVARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA
4N. 2025
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
AVISO
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