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Decreto No. 0801-2022-01962 | 11 de noviembre de 2022 | Poder Judicial

Edicto No. 0801-2022-01962 — Aviso de demanda contencioso administrativa - Juan Carlos Varela Godoy contra Secretaría de Seguridad

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Resumen

Este edicto publica tres demandas judiciales de empleados públicos contra el Estado de Honduras. Los demandantes cuestionan sus despidos o cancelaciones, argumentando que fueron ilegales y arbitrarios. Solicitan ser reintegrados a sus puestos, recibir salarios atrasados y beneficios desde el despido hasta su regreso, más costos del juicio.

Texto completo

AVISO La infrascrita, Secretaria por Ley, del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve (09) de diciembre de dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado el señor Juan Carlos Varela Godoy, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, con orden de ingreso No.0801-2022-01962, para la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal, consistente en la RESOLUCION SEDS-No. 2334-2022, de fecha 11 de noviembre del 2022, emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, por no haber sido dictado conforme a derecho e infringir el ordenamiento jurídico establecido que se declare la ilegalidad y su nulidad.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada del derecho subjetivo por haber sido violado y adoptar como medida necesarias para el pleno restablecimiento de la misma a que se le reintegre a su puesto de trabajo en igual o mejores condiciones por el cual me habían nombrado y se pague los salarios y sus incrementos y demás beneficios dejados de percibir en su ausencia desde la fecha del ilegal despido hasta la fecha que se le materialice el reintegro a su puesto de trabajo del cual fue despedido en forma arbitraria e ilegal.- Pago de salarios adeudados.- Notificación defectuosa de dicho despido.- Costas del juicio.- Se acompañan documentos.- Se otorga poder. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECETARIA, POR LEY 13 S. 2023 ______ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 31 de agosto del año 2022 comparece él JOSE MARIA DIAZ AVILA representante procesal del señor CRISTIAN GUSTAVO TRIGUEROS MEJIA, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2022-01209, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización, incoando demanda en materia de personal impugnando un acto expreso de carácter particular consistente en el acuerdo de cancelación No. 561-2022, acto emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Gobernación, Justicia y Descentralización, generando un acto ilegal, y desapegado completamente a derecho por lo cual es nulo e ilegal separando a un servidor totalmente de manera arbitraria e ilegal, con exceso de poder, infracción al ordenamiento jurídico, quebrantamiento de formalidades esenciales, se reconozca una situación jurídica individualizada y se reintegre y reconozcan sus derechos según ley desde el momento de la cancelación injusta hasta tomar posesión del cargo. Poder. Documentos. Costas. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 13 S. 2023 ______ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciocho (18) de octubre del año dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado la señora MARTHA CECILIA SANDOVAL ANDINO, en su condición personal, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el ESTADO DE HONDURAS a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, con orden de ingreso No.0801-2022-01643, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular, consistente en el ACUERDO DE CANCELACIÓN No. SE-IP-274-2022, de fecha 30 de septiembre del 2022, emitido por el Instituto de la Propiedad, por no ser conforme a derecho, por infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas por la ley.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada de titular de derechos que se reclaman y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las mismas, al reintegro al puesto de Técnico de Apoyo de Archivo, dependiente del Instituto de la Propiedad.- Salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta el reintegro al cargo mediante Sentencia Definitiva condenatoria, reconociéndose los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelado ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como: décimo tercer y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones.- Especial condena en costas a la parte demanda y vencida en juicio de primera instancia.- Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 13 S. 2023 Poder Judicial

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