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Decreto No. 0801-2022-01962 | 11 de noviembre de 2022 | Poder Judicial
Edicto No. 0801-2022-01962 — Aviso de demanda contencioso administrativa - Juan Carlos Varela Godoy contra Secretaría de Seguridad
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Resumen
Este edicto publica tres demandas judiciales de empleados públicos contra el Estado de Honduras. Los demandantes cuestionan sus despidos o cancelaciones, argumentando que fueron ilegales y arbitrarios. Solicitan ser reintegrados a sus puestos, recibir salarios atrasados y beneficios desde el despido hasta su regreso, más costos del juicio.
Texto completo
AVISO
La infrascrita, Secretaria por Ley, del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los
efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en
fecha nueve (09) de diciembre de dos mil veintidós (2022),
compareció a este Juzgado el señor Juan Carlos Varela
Godoy, incoando demanda vía procedimiento especial en
materia de personal, contra el Estado de Honduras, a través
de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad,
con orden de ingreso No.0801-2022-01962, para la nulidad
de un acto administrativo de carácter particular en materia
de personal, consistente en la RESOLUCION SEDS-No.
2334-2022, de fecha 11 de noviembre del 2022, emitido por
la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad,
por no haber sido dictado conforme a derecho e infringir
el ordenamiento jurídico establecido que se declare la
ilegalidad y su nulidad.- Que se reconozca una situación
jurídica individualizada del derecho subjetivo por haber sido
violado y adoptar como medida necesarias para el pleno
restablecimiento de la misma a que se le reintegre a su puesto
de trabajo en igual o mejores condiciones por el cual me
habían nombrado y se pague los salarios y sus incrementos y
demás beneficios dejados de percibir en su ausencia desde la
fecha del ilegal despido hasta la fecha que se le materialice
el reintegro a su puesto de trabajo del cual fue despedido
en forma arbitraria e ilegal.- Pago de salarios adeudados.-
Notificación defectuosa de dicho despido.- Costas del juicio.-
Se acompañan documentos.- Se otorga poder.
TANNIA R. CASTILLO SIERRA
SECETARIA, POR LEY
13 S. 2023
______
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha
31 de agosto del año 2022 comparece él JOSE MARIA
DIAZ AVILA representante procesal del señor CRISTIAN
GUSTAVO TRIGUEROS MEJIA, interpuso demanda ante
este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2022-01209,
contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría
de Gobernación, Justicia y Descentralización, incoando
demanda en materia de personal impugnando un acto expreso
de carácter particular consistente en el acuerdo de cancelación
No. 561-2022, acto emitido por la Secretaría de Estado en
el Despacho de Gobernación, Justicia y Descentralización,
generando un acto ilegal, y desapegado completamente a
derecho por lo cual es nulo e ilegal separando a un servidor
totalmente de manera arbitraria e ilegal, con exceso de poder,
infracción al ordenamiento jurídico, quebrantamiento de
formalidades esenciales, se reconozca una situación jurídica
individualizada y se reintegre y reconozcan sus derechos
según ley desde el momento de la cancelación injusta hasta
tomar posesión del cargo. Poder. Documentos. Costas.
MARGARITA ALVARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA
13 S. 2023
______
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para
los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha dieciocho (18) de octubre del año dos mil
veintidós (2022), compareció ante este Juzgado la señora
MARTHA CECILIA SANDOVAL ANDINO, en su
condición personal, incoando demanda vía procedimiento
especial en materia de personal, contra el ESTADO
DE HONDURAS a través del INSTITUTO DE LA
PROPIEDAD, con orden de ingreso No.0801-2022-01643,
para que se declare la nulidad de un acto administrativo
de carácter particular, consistente en el ACUERDO DE
CANCELACIÓN No. SE-IP-274-2022, de fecha 30
de septiembre del 2022, emitido por el Instituto de la
Propiedad, por no ser conforme a derecho, por infringir
el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las
formalidades esenciales establecidas por la ley.- Que se
reconozca una situación jurídica individualizada de titular de
derechos que se reclaman y adoptar como medidas necesarias
para el pleno restablecimiento de las mismas, al reintegro
al puesto de Técnico de Apoyo de Archivo, dependiente del
Instituto de la Propiedad.- Salarios dejados de percibir desde
la fecha de cancelación hasta el reintegro al cargo mediante
Sentencia Definitiva condenatoria, reconociéndose los
respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el
puesto del cual fue cancelado ilegalmente durante la secuela
del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran
durante el mismo como: décimo tercer y décimo cuarto mes
de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de
vacaciones.- Especial condena en costas a la parte demanda y
vencida en juicio de primera instancia.- Habilitación de días
y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial.
TANNIA R. CASTILLO SIERRA
SECRETARIA, POR LEY
13 S. 2023
Poder Judicial
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