VigenteCategoria: Civil y Familia
Poder Judicial
Edicto — Aviso de título supletorio
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Resumen
Este documento contiene dos avisos legales: primero, una solicitud de título supletorio donde una persona solicita al juzgado que reconozca su propiedad sobre un terreno que posee desde hace diez años de forma pacífica. Segundo, una demanda contra la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia para anular el despido de dos empleados y ordenar su reintegro con pago de salarios adeudados.
Texto completo
Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCION
JUDICIAL DE CHOLUTECA
AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO
La suscrita, Secretaria General del Juzgado de Letras de la
Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para
los efectos de Ley HACE SABER: Que el Abogado JULIO
ANDRES RODAS FLORES, actuando en su condición
de apoderado legal de la señora DIOXANA LINDALY
RODRIGUEZ MONCADA, mayor de edad, soltera, Perito
Mercantil y Contador Público, hondureña, con Documento
Nacional de Identificación No.0608-1969-00110, con domicilio
en el municipio de Morolica, departamento de Choluteca,
presento a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio sobre
Un predio de terreno de Naturaleza Jurídica, ubicado en el
Caserío Los Achiotes, Aldea La Enea, municipio de Morolica,
departamento de Choluteca, Mapa Final: KE-41, con
extensión del predio 51 HAS, 17 AS, 01.50. CAS, equivalente
a 73 MZ + 3911.46 VRS.2, Naturaleza Jurídica PRIVADA/ La
Enea y San Pedro Morolica. Con las colindancias siguientes:
AL NORTE, Colinda con CARLOS R. ESPINAL; AL SUR,
con NOE PONCE y RENE RODRIGUEZ; AL ESTE.-
CARLOS R. ESPINAL, calle de por medio con CARLOS
R. ESPINAL; y AL OESTE, con CARLOS REINERO
ESPINAL. Dicho lote lo ha poseído desde hace diez años de
manera quieta, pacífica y no interrumpida. Se encuentra cercado
por todos sus rumbos con alambre de púas no existiendo otros
poseedores pro-indivisos.
Choluteca, 24 de agosto del año 2021
ABG. AIDA ESPERANZA GODOY CARRANZA
SECRETARIA
13 S. 2023.
_______
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
A V I S O
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50
de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los
efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en
fecha diecinueve (19) de octubre de dos mil veintidós (2022),
comparecieron ante este juzgado los ciudadanos KATY
JAQUELIN CARCAMO NAVAS, EDUARDO ENRIQUE
CANO VEGA, quienes confirieron y otorgaron poder en el
abogado JAVIER ERNERTO GOMEZ DIAZ, promoviendo
demanda en materia personal con orden de ingreso 0801-
2022-01655, contra LA DIRECCION DE NIÑEZ,
ADOLESCENCIA Y FAMILIA Para que se declare, no ser
conforme a derecho y la nulidad de dos actos administrativos de
carácter personal consistente en los Acuerdos de Cancelación
No. 437-2022 y 438-2022, ambos de fecha veintitrés (23)
de septiembre de dos mil veintidós (2022). Por infracción
de ley y quebrantamiento de formalidades esenciales.- Que
se reconozca la situación jurídica individualizada por la
cancelación ilegal e injusta y para el pleno restablecimiento
de los derechos.- Que se ordene el reintegro a cargos en igual
o mejores condiciones laborales.- En concepto de daños y
perjuicios que se paguen los sueldos dejados de percibir desde
que tuvo lugar la ilegal cancelación hasta que sea ejecutada la
sentencia más los aumentos, vacaciones, décimo tercero mes,
décimo cuarto mes, bonificaciones.- Se condene al pago al
pago de costas.- Se presentan documentos y se señala donde
obran los originales.- Se libre oficio a la dirección de niñez,
adolescencia y familia a fin que proporcione copia certificada
del expediente de personal.- Poder general para pleitos.- Se
acompañan documentos.- Petición.
ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ
SECRETARIO ADJUNTO
13 S. 2023.
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 13 D E SEPTIEMBRE D E L 2023 N o . 36,333
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