VigenteCategoria: Civil y Familia
Decreto No. 0501-2022-01063-LCV | 7 de julio de 2022
Edicto No. 0501-2022-01063-LCV — Aviso de herencia ab-intestato
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Resumen
Un juzgado declara a Ismael Ramírez Carranza como heredero legítimo de los bienes del fallecido Bartoleme Ramírez Robles, sin descartar otros herederos con igual derecho. Esta sentencia le otorga posesión efectiva de la herencia y debe inscribirse en el registro de propiedad.
Texto completo
AVISO DE HERENCIA AB-INTESTATO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil de
la Sección Judicial de San Pedro Sula, departamento de
Cortés, al público en general y para efectos de la Ley HACE
SABER: Que en este Juzgado con fecha cuatro de agosto del
año dos mil veintitrés, se dictó sentencia: 1) Declarando con
lugar la solicitud de Declaratoria de Herencia Ab-Intestato
presentada por el señor Ismael Ramírez Carranza en su
condición personal. 2) Declarando al señor Ismael Ramírez
Carranza en su condición personal, Heredero Ab-Intestato
de los bienes, derechos y acciones dejados a su fallecimiento
por el señor Bartoleme Ramírez Robles, sin perjuicio de
otros Herederos Ab-Intestato o Testamentarios de igual o
mejor derecho. 3) Concediéndoles la posesión efectiva de
la Herencia. Y manda: 1. Que se publique este fallo en un
periódico de la localidad. 2. Que se extienda al interesado o
a su apoderado judicial Certificación de esta sentencia, una
vez quede firme la misma, y, 3. Que se inscriba la presente
resolución en el Instituto de la Propiedad de esta sección
registral.
San Pedro Sula, Cortés, veintiuno (21) de agosto del año dos
mil veintitres (2023)
ABG.INGRID KAROLINA BAUTISTA RODRIGUEZ
SECRETARIA ADJUNTA
12 S. 2023
La G aceta
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 12 D E SEPTIEMBRE D E L 2023 N o . 36,332
CERTIFICACIÓN
El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de
Estado en el Despacho de Desarrollo Económico.
CERTIFICA: La LICENCIA DE REPRESENTANTE,
DISTRIBUIDOR Y AGENTE, otorgada en La Resolución
Número 215-2022, de fecha 07 de julio del 2022, en
relación a la carta de representación de negocio otorgado
por la empresa Concedente en fecha 10 de marzo del año
2022, que LITERALMENTE DICE: La Secretaría
de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en
cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley
de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas
Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia de
REPRESENTANTE, DISTRIBUIDOR y AGENTE a la
Sociedad Mercantil SOCIEDAD GENERAL DE ACERO,
S.A. DE C.V., como Concesionaria de la empresa Concedente
FERALCO DEUTSCHLAND GMBH, de nacionalidad
alemana, de forma NO EXCLUSIVA; POR TIEMPO
DEFINIDO desde el 10 de marzo del 2022, hasta el 10
de marzo del año 2024; con jurisdicción en TODO EL
TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS,
para ofrecer los productos Sulfato de Aluminio, grado técnico
en la licitación pública del Servicio Autónomo Nacional de
Acueductos y Alcantarillado. F. y S. MELVIN ENRIQUE
REDONDO Subsecretario de Estado en el Despacho de
Integración Económica y Comercio Exterior. Delegado
mediante Acuerdo No.022-2022 NANCY JULISSA
ROMERO REYES. Encargada de la Secretaría General
Acuerdo No.057-2022. Esta certificación no surtirá efecto
legal alguno, si la misma no es publicada en el Diario Oficial
La Gaceta y registrada en la Dirección General de Sectores
Productivos de esta Secretaría de Estado.
Para los fines que al interesado convenga, se extiende la
presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, quince de julio del año dos mil veintidós
JOEL EDUARDO SALINAS LANZA
Secretario General
12 S. 2023
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de
la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha
seis (06) de marzo de dos mil veintitrés (2023), compareció
a este Juzgado la Abogada CINTHIA CONSUELO CRUZ
FIGUEROA, en su condición de Representante Procesal de
la señora PAMELA SARAHI PALACIOS CHAVARRÍA,
interponiendo demanda en materia de personal con orden
de ingreso 0801-2023-00340, contra el Estado de Honduras
a través de LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS
DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA
Y DESCENTRALIZACIÓN, para que se declare la
nulidad de un acto administrativo de carácter particular
de la administración pública consistente en el Acuerdo
de cancelación por cesantía No. 220-2023 de fecha 08 de
febrero de 2023, emitido por la Secretaría de Estado en los
Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización.
Por no ser conforme a derecho por infringir el ordenamiento
jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales
establecidas en la Ley, que se reconozca una situación jurídica
individualizada de la titular de los derechos que se reclaman
y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento
de los mismos, se ordene mediante sentencia definitiva, el
reintegro a su puesto de trabajo u otro en igual o mejores
condiciones en la Secretaría de Gobernación, Justicia y
Descentralización, y a título de daños y perjuicios los
salarios dejados de percibir desde la fecha en la que se
ejecutó la cancelación a mi representada de manera ilegal,
hasta el momento en que quede firme la sentencia definitiva
condenatoria, reajustes salariales que en su caso tuviera el
puesto del cual fue cancelada ilegalmente durante la secuela
del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran
durante el mismo como décimo tercero y décimo cuarto
mes de salario, vacaciones, especial condena en costas a la
parte demandada y vencida en juicio de primera instancia,
habilitación de días y horas inhábiles para ejecutar cualquier
actuación judicial. Se acompañan documentos. Poder.
ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ
SECRETARIO ADJUNTO
12 S. 2023
La G aceta
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 12 D E SEPTIEMBRE D E L 2023 N o . 36,332
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