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Decreto No. 0801-2022-04993-CV | 19 de abril de 2023

Edicto No. 0801-2022-04993-CV — Aviso de Herencia Yacente - Robert Edward O'Keefe

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Resumen

Este documento publica tres avisos legales: primero, declara una herencia sin herederos conocidos (Robert Edward O'Keefe) y nombra un curador para administrarla; segundo, notifica una demanda de una empleada contra el Instituto de la Propiedad por cancelación ilegal de su puesto; tercero, anuncia una demanda contra la Secretaría de Salud por no pagar dinero adeudado. Estos avisos buscan informar a los interesados sobre procesos judiciales en curso.

Texto completo

AVISO DE HERENCIA YACENTE El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras Civil del departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que ante este Juzgado en el expediente número 0801-2022-04993- CV, en fecha 17 de agosto del año 2022, compareció el señor CESAR ALEJANDRO ESPINOZA, en su condición de representante procesal de la empresa mercantil denominada PAUL O. LAWTON Y COMPAÑÍA S de R.L. de C.V., solicitando la declaración de herencia yacente de los bienes, derechos y obligaciones dejados por el señor ROBERT EDWARD O'KEEFE y se insertará esta declaración en el periódico oficial y del departamento, si lo hubiere y en carteles que se fijarán entre de los parajes más frecuentados del lugar; y se procederá al nombramiento de curador de la herencia yacente Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, 19 de abril del 2023.- ABG. JUNIOR RAMON MENDOZA SECRETARIO ADJUNTO 25 A. 2023 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E A BRIL D E L 2023 N o . 36,212 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 27 de julio del año 2022 la Abogada Valeria José Cantarero Medina, representante procesal de la señora Kelly Michelle Funez Flores interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2022- 00730, contra el Estado de Honduras, a través del Instituto de la Propieda, interpuso demanda especial en materia de personal para la nulidad de un acto administrativo particular emitido por la Administración Pública con infracción del ordenamiento jurídico establecido, quebrantamiento de formalidades esenciales exceso y desviación de poder emitido por el Instituto de la Propiedad (IP).- Que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal e injustificada de que fue objeto mi representada y como medida para el pleno restablecimiento de sus derechos que se ordene a través de sentencia definitiva el reintegro a su puesto de trabajo de igual o mejor categoría y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir con todos los aumentos, más el pago de vacaciones, décimo cuarto mes, décimo tercer mes y demás beneficios colaterales desde la fecha de la cancelación hasta la ejecución de la sentencia.- Se acompañan documentos.- Costas del juicio; en relación al acuerdo de cancelación DIGEPIH-IP-N°45-2022, de fecha 30 de junio del año 2022 emitido por el Instituto de la Propiedad. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 25 A. 2023 ______ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha ocho (08) de diciembre del año dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado la abogada NANCY DEL CARMEN MIRA COLINDRES, en su condición de representante legal de la señora NARSY ELISABET SANTOS GALO, incoando demanda vía procedimiento ordinario, contra el ESTADO DE HONDURAS, a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD, cor orden de ingreso No.0801-2022-01946, para que se declare la ilegalidad y la nulidad de una acto administrativo de carácter particular consistente en una acto presunto por silencio negativo constituido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL) al no resolver dentro del plazo establecido el reclamo administrativo del pago de cantidades adeudadas Se reconozca la situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado se reconozca mediante sentencia el pago de cantidades adeudadas reconocidas en la RESOLUCIÓN No. 23-2021-SS de fecha 22 de enero del 2021.- Condena en costas a la parte demandada vencida en juicio. Intereses.- Se acompañan documentos. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 25 A. 2023 _____

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