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Decreto No. 0801-2022-04993-CV | 19 de abril de 2023
Edicto No. 0801-2022-04993-CV — Aviso de Herencia Yacente - Robert Edward O'Keefe
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Resumen
Este documento publica tres avisos legales: primero, declara una herencia sin herederos conocidos (Robert Edward O'Keefe) y nombra un curador para administrarla; segundo, notifica una demanda de una empleada contra el Instituto de la Propiedad por cancelación ilegal de su puesto; tercero, anuncia una demanda contra la Secretaría de Salud por no pagar dinero adeudado. Estos avisos buscan informar a los interesados sobre procesos judiciales en curso.
Texto completo
AVISO DE HERENCIA YACENTE
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras
Civil del departamento de Francisco Morazán, al público en
general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que ante
este Juzgado en el expediente número 0801-2022-04993-
CV, en fecha 17 de agosto del año 2022, compareció el señor
CESAR ALEJANDRO ESPINOZA, en su condición de
representante procesal de la empresa mercantil denominada
PAUL O. LAWTON Y COMPAÑÍA S de R.L. de C.V.,
solicitando la declaración de herencia yacente de los bienes,
derechos y obligaciones dejados por el señor ROBERT
EDWARD O'KEEFE y se insertará esta declaración en
el periódico oficial y del departamento, si lo hubiere y en
carteles que se fijarán entre de los parajes más frecuentados
del lugar; y se procederá al nombramiento de curador de la
herencia yacente
Tegucigalpa, municipio del Distrito Central,
19 de abril del 2023.-
ABG. JUNIOR RAMON MENDOZA
SECRETARIO ADJUNTO
25 A. 2023
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E A BRIL D E L 2023 N o . 36,212
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de
esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 27 de julio del
año 2022 la Abogada Valeria José Cantarero Medina, representante
procesal de la señora Kelly Michelle Funez Flores interpuso
demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2022-
00730, contra el Estado de Honduras, a través del Instituto de
la Propieda, interpuso demanda especial en materia de personal
para la nulidad de un acto administrativo particular emitido por la
Administración Pública con infracción del ordenamiento jurídico
establecido, quebrantamiento de formalidades esenciales exceso
y desviación de poder emitido por el Instituto de la Propiedad
(IP).- Que se reconozca la situación jurídica individualizada
por la cancelación ilegal e injustificada de que fue objeto mi
representada y como medida para el pleno restablecimiento de sus
derechos que se ordene a través de sentencia definitiva el reintegro
a su puesto de trabajo de igual o mejor categoría y a título de
daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir con
todos los aumentos, más el pago de vacaciones, décimo cuarto
mes, décimo tercer mes y demás beneficios colaterales desde la
fecha de la cancelación hasta la ejecución de la sentencia.- Se
acompañan documentos.- Costas del juicio; en relación al acuerdo
de cancelación DIGEPIH-IP-N°45-2022, de fecha 30 de junio del
año 2022 emitido por el Instituto de la Propiedad.
MARGARITA ALVARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA
25 A. 2023
______
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley
de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes,
HACE SABER: Que en fecha ocho (08) de diciembre del año dos
mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado la abogada
NANCY DEL CARMEN MIRA COLINDRES, en su condición
de representante legal de la señora NARSY ELISABET SANTOS
GALO, incoando demanda vía procedimiento ordinario, contra
el ESTADO DE HONDURAS, a través de la SECRETARÍA
DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD, cor orden de
ingreso No.0801-2022-01946, para que se declare la ilegalidad
y la nulidad de una acto administrativo de carácter particular
consistente en una acto presunto por silencio negativo constituido
por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL) al
no resolver dentro del plazo establecido el reclamo administrativo
del pago de cantidades adeudadas Se reconozca la situación
jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno
restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado se reconozca
mediante sentencia el pago de cantidades adeudadas reconocidas
en la RESOLUCIÓN No. 23-2021-SS de fecha 22 de enero del
2021.- Condena en costas a la parte demandada vencida en juicio.
Intereses.- Se acompañan documentos.
TANNIA R. CASTILLO SIERRA
SECRETARIA, POR LEY
25 A. 2023
_____
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