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Poder Judicial
Edicto — Demanda de nulidad e ilegalidad de Acuerdo de Cancelación por despido directo
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Resumen
Un juzgado anuncia una demanda contra el Estado de Honduras por daños causados por un accidente de tránsito provocado por un servidor público. Los demandantes buscan que se cancele la resolución administrativa y se les paguen los daños físicos, materiales y morales sufridos, incluyendo salarios perdidos e intereses.
Texto completo
nulidad e ilegalidad de un acto
administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo de
Cancelación por despido directo No. 849. Se denuncian vicios de
nulidad. Violación al debido proceso cometidos por el consejo
de la carrera judicial. Falta de motivación en la notificación.
Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y
como medida de restablecimiento el reintegro a su puesto de
trabajo en igual o mejores condiciones con el pago de los salarios
dejados de percibir a título de daños y perjuicios desde la fecha
de la cancelación hasta que sea ejecutoria la sentencia definitiva.
Pago de derechos adquiridos. Reconocimiento de antigüedad
y permanencia en el cargo. Reajuste de salarios por el cargo de
Magistrado, demás aumentos no otorgados desde el año 2014,
hasta la fecha del despido; asimismo, los aumentos salariales que se
susciten desde el despido que ejecutada la sentencia condenatoria.
Costas. Se acompaña documentos. Poder”.
ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES
SECRETARIO ADJUNTO
18 D. 2025
____
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La G aceta
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 18 D E D I C I E MBRE D E L 2025 N o . 37,022
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
SAN PEDRO SULA, CORTÉS.
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de
San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al
artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso
Administrativo, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes; HACE SABER: Que en fecha cinco
de septiembre del año dos mil veinticinco, la Abogada
Denia Mariela Zelaya Castro, actuando en su condición
de Apoderada Judicial de los señores Kevin Humberto
Alvarenga Matute y Carmen Rosario Estrada Nuñez,
interpone demanda contra el Estado de Honduras, por actos
de la Secretaría de Estado en los Despachos de Salud
(SESAL); misma que se encuentra registrada bajo el número
No. 82-2025, en este despacho dicha demanda ordinaria
tiene como finalidad el pago de daños-físicos, materiales,
morales que fueron causados de un accidente de tránsito
por un servidor público, se establece el agotamiento de la
vía administrativa, se solicita impugnación e anulación
del acto administrativo de la Resolución No.787-2025-SS,
emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud;
asimismo solicita la compareciente que conozca la situación
jurídica individualizada, se adopten medidas necesarias para
su pleno establecimiento de los daños y perjuicios causados,
daño emergente, lucro cesante e intereses, por ser procedente
en derecho y justicia y se condenen al pago de las costas
procesales y personales.
San Pedro Sula, Cortés, 08 de diciembre del año 2025
Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman
Secretario General
18 D. 2025
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
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