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15 de diciembre de 2025Vigente

Aviso No. 0801-2025-00400 — Demanda contenciosa administrativa interpuesta por Rosana Rodríguez Espinal contra Ministerio Público

Poder Judicial

  • Decreto: 0801-2025-00400
  • Publicación: 15 de diciembre de 2025
  • Órgano emisor: Poder Judicial
  • Gaceta: 37,019
  • Categoria: Administrativo

Resumen

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Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Este aviso publica dos demandas contencioso-administrativas: una de Rosana Rodríguez Espinal contra el Ministerio Público cuestionando su retiro voluntario, y otra de Mario Manuel Mejía Martínez contra la Secretaría de Finanzas impugnando su cancelación laboral. Ambas buscan declarar nulas estas decisiones administrativas y restituir a los afectados en sus puestos con salarios adeudados.

Texto completo

La infrascrita, Secretaria adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 04 de junio del 2025, compareció a este Juzgado la Abogada ROSANA RODRIGUEZ ESPINAL, actuando en su condición propia, por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA PERSONAL, para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en el ACUERDO DE CANCELACIÓN POR RETIRO VOLUNTARIO NÚMERO FGR/JAZ/No.215-2025 de fecha 24 de marzo del año 2025 y la RESOLUCIÓN No. FGR-284-2025, de fecha 25 de abril del 2025, dictadas por el Ministerio Público. Que se reconozca una situación jurídica y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801- 2025-00400. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. LUZ MARINA SAUCEDA SECRETARIA ADJUNTA 15 D. 2025 PODER JUDlCIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintisiete (27) de agosto del año dos mil veinticuatro, compareció a este Juzgado JOSE RAMON LAMOTHE ROSALES, quien actúa en condición de representante procesal del señor MARIO MANUEL MEJIA MARTINEZ, incoando demanda personal con orden de ingreso número 0801-2024-00653 contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE FINANZAS.- "PARA QUE SE DECLARE NULIDAD DE UN ACTO ADMINISTRATIVO CONTENIDO EN EL ACUERDO DE CANCELACIÓN NÚMERO 524-2024 DE FECHA 31 DE JULIO DEL 2024 DICTADO POR LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE FINANZAS, POR SER VIOLATORIO DE DISPOSICIONES CONSTITUCIONALES, LEGALES Y REGLAMENTARIAS EN ESPECIAL EL DE LEGALIDAD CONTENIDO EN EL ARTÍCULO 64 EL 82 DERECHO DE DEFENSA EL 90 PÁRRAFO PRIMERO DEL DEBIDO PROCESO, 321 DE LA RESPONSABILIDAD DE LOS SERVIDORES DEL ESTADO TODOS DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA.- EL RECONOCIMIENTO DE UNA SITUACIÓN JURÍDICA INDIVIDUALIZADA Y LA ADOPCIÓN DE LAS MEDIDAS QUE CONLLEVEN AL PLENO RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO CONCULCADO.- EL REINTEGRO AL CARGO QUE OCUPABA A LA FECHA QUE FUE ILEGAL Y ARBITRARIAMENTE CANCELADO CON EL PAGO DE LOS SALARIOS DEJADOS DE PERCIBIR A TÍTULO DE INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS HASTA LA FECHA EN QUE EN CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA DEFINITIVA CONDENATORIA SEA REINSTALADO EN EL CARGO QUE OCUPABA.- LOS INCREMENTOS QUE SE OTORGUEN A LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DURANTE LA SUSTANCIACIÓN DEL JUICIO. En relación con el Acuerdo de Cancelación Número 524-2024 DE FECHA 31 de JULIO DEL 2024. NORMA CECILIA VIDAUR SECRETARIA ADJUNTA 15 D. 2025 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 29 de octubre del 2025 AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes. HACE SABER: Que en fecha ocho (08) de octubre del año dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado la señora MARCIA LORENA RAMOS CASTILLO, incoando demanda contencioso-administrativa vía procedimiento especial en materia de personal con orden de ingreso número 0801-2024-00755, en contra del Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE SALUD, para la nulidad de un acto administrativo contenido en el Acuerdo de Cancelación número 4465-2024 de fecha 11 de septiembre del 2024, dictado por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, por ser violatorio de disposiciones constitucionales legales y reglamentarias. El reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de medidas que conlleven al pleno restablecimiento de los derechos conculcados. El pago de las prestaciones e indemnizaciones laborales que se describen en el acápite cuantía de la demanda más los salarios adeudados desde el mes de abril del 2024, al 11 de septiembre del mismo año. Más los salarios dejados de percibir a título de indemnización de daños y perjuicios hasta el día que adquiera firmeza la sentencia definitiva. Se acompañan documentos. Se confiere poder. ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES SECRETARIO ADJUNTO 15 D. 2025 ____________ ____________

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO