Vigente
9 de enero de 2025 | Congreso Nacional
Edicto — Aviso de Título Supletorio de Mauricio Martínez Ordoñez
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Resumen
Estos avisos publicados en La Gaceta informan sobre procesos legales en Honduras: solicitudes de títulos supletorios (documentos que prueban propiedad de terrenos tras posesión prolongada), demandas laborales contra entidades públicas por despidos injustificados, y demandas administrativas contra municipalidades por impuestos y regulaciones cuestionadas. Afectan a agricultores, trabajadores públicos y empresas que necesitan regularizar propiedades o reclamar derechos.
Texto completo
La Suscrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de
la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y
para los efectos de Ley, HACE SABER: Que los Abogados
KEVIN NOE CRUZ BETANCOURTH y MARCIAL
MARTINEZ GUERRERO, actuando en su condición
de representantes procesales del señor MAURICIO
MARTINEZ ORDOÑEZ, mayor de edad, soltero,Agricultor,
hondureño, con Documento Nacional de Identificación
Número 0603-1981-01942, con domicilio en La Aldea San
Judas, municipio de El Corpus, departamento de Choluteca,
presentó a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio
de un Lote de Terreno de Naturaleza Jurídica Privada
ubicado en Caserío El Baldaquín, Aldea El Baldaquín,
municipio de El Corpus, departamento de Choluteca,
Mapa Final KC--44. Extensión del Predio 21 HAS, 39
AS, 74.36 CAS, está ubicado en el Sitio BALDOQUIN /
de Naturaleza Jurídica Municipal PRIVADO. Según
información digital proporcionada por la Oficina
Central I.N.A. - COLINDANCIAS: AL NORTE, JUANA
SORIANO; SUR, PROYECTO COMUNITARIO DE
AGUA; ESTE, CALLEJÓN DE POR MEDIO CON
MARCIAL MARTINEZ; y, AL OESTE, PROYECTO
COMUNITARIO DE AGUA, MAURICIO MARTINEZ
ORDOÑEZ. OBSERVACIÓN: El presente predio
antes descrito lo ha tenido de forma quieta, pacífica y no
interrumpida, no existiendo otros poseedores pro-indivisos
y tiene más de veinte años de poseerlo.
Choluteca, 28 de enero del año 2025
ABG. SILVIA YAQUELI CRUZ ZAMORA
SECRETARIA ADJUNTA
21 F. 2025
La G aceta
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 21 D E FEBRE R O D E L 2025 N o . 36,772
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL
DE SANTA ROSA DE COPÁN
AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección
Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER: Que en
la solicitud de Título Supletorio solicitada por las señoras
JUANA ALBERTINA FRANCO, quien es mayor de edad,
soltera, ama de casa, hondureña, con Documento Nacional
de Identificación número: 0412-1973-00152 y ZULMA
MIRIAN FRANCO CABALLERO, quien es mayor de
edad, casada, ama de casa, hondureña, con Documento
Nacional de Identificación número: 0412-1985-00088,
ambas con domicilio en el Corpus, municipio de La Unión,
departamento de Copán, son dueñas de un lote de terreno
el cual posee un área de VEINTIUNO PUNTO VEINTE
MANZANAS (21.20 MZS) de extensión superficial, ubicado
en el lugar denominado Palania, jurisdicción del municipio
de La Unión, departamento Copán con las colindancias
siguientes: AL NORTE, colinda con la propiedad de
Dilia Marilú Franco Caballero; AL SUR, colinda con la
propiedad Tulio Chinchilla; AL ESTE, colinda con Río
Grande; AL OESTE, colinda con calle pública, apto para
el cultivo. Representa el Abogado CARLOS ROBERTO
ALVARADO CHINCHILLA.
Santa Rosa de Copán, 09 de enero del 2025.
ABG. GABRIELA JISSEL DUBON ALVARADO
SECRETARIA
21 F. 21 M., y 21 A. 2025
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PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL
SANTA ROSA DE COPÁN
REPÚBLICA DE HONDURAS
AVISO TÍTULO SUPLETORIO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de la Sección
Judicial de Santa Rosa de Copán, al público en general y
para los efectos de Ley, HACE SABER: Que el señor
Didier Arnaldo Chinchilla Saavedra, mayor de edad, casado,
agricultor, hondureño, con Identidad número 0412-1974-
00029, ha presentado una solicitud de Título Supletorio de
Dominio, del Inmueble ubicado en: El Corpus, La Unión
Copán, con un área total de trece manzanas (13.00MZS),
la cual tiene las colindancias siguientes: Al Norte, colinda
con Jesús Portillo, Jesús Moreno y resto de la propiedad de
Ernestina Saavedra Estévez; Al Sur, colinda con resto de
la Propiedad de Ernestina Saavedra Estévez y Ángel Maria
Chinchilla; Al Este, colinda con Andrés Estévez; Al Oeste,
colinda con Herederos de Juan Ramon Saavedra, mismo que
fue adquirido por compra realizada a la señora Ernestina
Saavedra Estévez, en fecha veintiséis (26) de febrero del año
dos mil tres (2003). Dicho terreno lo ha poseído en forma
quieta pacífica e ininterrumpidamente por más de veinte
años y en la que los testigos Cesar de Jesús Guevara, con
Identidad número 0412-1952-00019, José Antonio Chinchilla
Alvarado, con Identidad número 0412-1963-00097 y Marbin
Leonel Estévez Aranda, con Identidad número 0412-1979-
00306, quienes afirmarán ser cierto.
Santa Rosa de Copán, 05 de febrero del año dos mil 2025.
ABG. RONALD EDGARDO PINEDA
SECRETARIO, POR LEY
21 F. 21 M., y 21 A. 2025
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PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL
DE SANTA ROSA DE COPÁN
AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección
Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER: Que
en la solicitud de Título Supletorio solicitada por el señor
FRANCIS EDGARDO TABORA CHINCHILLA,
quien es mayor de edad, casado, agricultor, hondureño,
con Documento Nacional de Identificación número: 0412-
1972-00101, con domicilio en el municipio de Cucuyagua,
departamento de Copán, es dueño de un lote de terreno el
cual posee área de UNO PUNTO TREINTA MANZANAS
(1.30 MZS) de extensión superficial, ubicado en el lugar
denominado Pilón Arroyos, jurisdicción del municipio de La
Unión, departamento Copán, con las colindancias siguientes:
AL NORTE, colinda con la propiedad de Edgardo Tabora;
AL SUR, colinda con el terreno de Henrry Tabora; AL
ESTE, colinda con el terreno del señor Edgardo Tabora; AL
OESTE, colinda con las propiedades de los señores: Belkis
Leiva y Eligio Chinchilla, apto para el cultivo. Representa
el Abogado CARLOS ROBERTO ALVARADO
CHINCHILLA.
Santa Rosa de Copán, 05 de febrero del 2025.
ABG. GABRIELA JISSEL DUBON ALVARADO
SECRETARIA
21 F. 21 M., y 21 A. 2025
La G aceta
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 21 D E FEBRE R O D E L 2025 N o . 36,772
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C. A
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha veintiuno (21) de octubre del año dos mil
veinticuatro (2024), interpuso demanda ante este Juzgado
el señor Delmer Onil Sambrano Ruiz, con orden de ingreso
número 0801-2024-00791, contra la Secretaría de Salud,
incoando demanda vía procedimiento especial, se solicita
la nulidad de un acto administrativo de carácter particular
en materia de personal por infringir el procedimiento
administrativo legalmente establecido en la Ley de Servicio
Civil y su reglamento, constituyendo un exceso de poder,
se reconozca una situación jurídica individualizada, como
medidas necesarias para el pleno restablecimiento se solicita
se ordene, mediante sentencia definitiva, el reintegro al cargo
desempeñado, a título de daños y perjuicios se reclama el
pago de salarios dejados de percibir, incrementos salariales
u otros beneficios que correspondan, así como cualquier
incremento salarial que en su caso hubiera correspondido
durante las secuelas del juicio. Además, se exige el pago
del bono por compensación por riesgo laboral, quinquenio
y demás derechos adquiridos tales como décimo tercer mes
y décimo cuarto mes de salario causado, vacaciones y otros
derechos que correspondan desde el 1 de febrero del 2019
que inició la relación laboral hasta la ejecución del fallo.
Así mismo se solicita nulidad del acto mediante el cual se
designó a un sustituto en el puesto que fue cancelado el
demandante. Se demanda también el pago de aportaciones
y demás derechos contemplados en el sistema de previsión
del INJUPEM por ser un participante en servicio activo.
Finalmente, se pide la habilitación de días y horas inhábiles
para la realización de cualquier actuación judicial necesaria.-
Se acompañan documentos.- Petición.- Se otorga poder.
LIC. CINTHIA G. CENTENO
SECRETARIA ADJUNTA
21 F. 2025
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C. A
AVISO
La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha treinta y uno (31) de mayo del año dos mil
veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado la señora
REINA LETICIA RODRIGUEZ, contra el Estado de
Honduras a través del Congreso Nacional, con orden de
ingreso 0801-2023-00664, incoando demanda contenciosa
administrativa especial en materia personal para que se declare
la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter
particular consistente en el Acuerdo CAN-CN-031-2023-
GRH, de fecha once (11) de mayo del año dos mil veintitrés
(2023), por no ser dictado conforme a derecho, por infringir
el ordenamiento jurídico y por contener vicios de nulidad y
quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas
en la ley incluso con exceso y desviación de poder.- Que se
reconozca la situación jurídica individualizada y se adopten
como medidas necesarias para el restablecimiento de los
derechos, se ordene al Congreso Nacional el reintegro a un
puesto de trabajo de igual o mejor categoría a mi representada
y a títulos de daños y perjuicios el pago de salarios dejados de
percibir desde la fecha de cancelación hasta que con sujeción
de las normas procesales quede firme la sentencia.- Más el
pago de los beneficios que ocurran durante el juicio, como
el décimo tercer y décimo cuarto mes de salario, vacaciones
no gozadas y reconocimiento de los incrementos salariales.
Condenas en costas.- Habilitación de días y horas inhábiles
para efectuar cualquier actuación judicial.- Se acompañan
documentos.- Poder.- Relacionado con el Acuerdo de
Cancelación CAN-CN-031-2023-GRH de fecha 11 de mayo
del 2023.
LIC CINTHIA G. CENTENO PAZ
SECRETARIA ADJUNTA
21 F. 2025
La G aceta
Sección B A v isos L egales
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PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
SAN PEDRO SULA, CORTÉS
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, con sede en la ciudad de San Pedro Sula,
departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de
la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que
en fecha veinticuatro de enero del año dos mil veinticinco, el
Abogado José Antonio Mejía Corleto, actuando en su condición
de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil denominada Cable
Color, S.A. DE C.V.; interpone demanda contra la Municipalidad
de El Progreso; misma que se encuentra registrada bajo el número
No. 06-2025, con correlativo No. 0501-2025-00006-LAO, en este
despacho dicha demanda ordinaria tiene como finalidad que se
declare la nulidad del acto administrativo consistente en el Plan
de Arbitrios de la Municipal correspondiente al año fiscal 2025,
de la Municipalidad de El Progreso, específicamente del Artículo
62, referente a la instalación y comercialización de redes de
distribución de cables de televisión, eléctrico, telefónico, canal de
datos digital u otros sistemas de redes o de telecomunicaciones, en
relación con el Artículo 155; asimismo solicita el compareciente
que se reconozca una situación jurídica individualizada, suspensión
del acto impugnado y se condene en costa.
San Pedro Sula, Cortés, 07 de febrero del año 2025
Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman
Secretario General
21 F. 2025
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PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
SAN PEDRO SULA, CORTÉS
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, con sede en la ciudad de San Pedro Sula,
departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de
la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que
en fecha veinticuatro de enero del año dos mil veinticinco, el
Abogado José Antonio Mejía Corleto, actuando en su condición
de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil Cable Color, S.A.
DE C.V.; interpone demanda contra la Municipalidad de Nueva
Arcadia, La Entrada Copán; misma que se encuentra registrada
bajo el número No. 08-2025, con correlativo No. 0501-2025-
00008-LAO, en este despacho dicha demanda ordinaria tiene
como finalidad que se declare la nulidad del acto administrativo
consistente en el Plan de Arbitrios de la Municipal correspondiente
al año fiscal 2025, de la Municipalidad de Nueva Arcadia, La
Entrada Copán, específicamente del Artículo 76, acápite referente
a los permisos especiales; asimismo solicita el compareciente que
se reconozca una situación jurídica individualizada, suspensión
del acto impugnado y se condene en costa.
San Pedro Sula, Cortés, 07 de febrero del año 2025
Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman
Secretario General
21 F. 2025
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PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria del juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha 21 de septiembre del 2024, compareció a este
juzgado a la Abogada Xiomara Yalmira Gómez Garmendia,
en su condición de representante procesal de la ciudadana
SELVIN RAFAEL TORRES LOPEZ, en su condición
personal por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL
EN MATERIA PERSONAL, para la declaración de
ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado
consistente en el ACUERDO DE CANCELACIÓN No.
ADUANAS-DE-GNGTH-169-2023, de fecha 28 de agosto
del 2023, emitido por la ADMINISTRACIÓN ADUANERA
DE HONDURAS (AAH), reconocimiento de una situación
jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se
adopten las medidas establecidas en el Artículo 112 de la
Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo;
Contra el Estado de Honduras, a través de la Administración
Aduanera de Honduras, quedando registrada en esta
judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2023-01036.
Asimismo se hace la advertencia que los legitimados como
parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de
la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo
y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la
presente publicación.
Abg. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO
SECRETARIA ADJUNTA
21 F. 2025
La G aceta
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 24 D E FEBRERO D E L 2025 N o . 36,774
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
JUZGADO DE LETRAS DE LA
SECCIÓN JUDICIAL DE LA CEIBA
AVISO DE MUERTE PRESUNTA
Leyes relacionadas
Edicto — Aviso - Demanda Contencioso Administrativa - Wilmer Mauricio Valladares Rodríguez y Cherli Alejandra Velásquez Palacios contra Secretaría de Agricultura y Ganadería
Estos avisos publicados por juzgados hondureños notifican sobre demandas laborales contra entidades estatales. Trabajadores despedidos reclaman ante la justicia que se declare nula su cancelación, se les reinstale en sus puestos y se les paguen salarios adeudados, beneficios y daños desde su despido hasta su reintegro.
Decreto | 2024
Edicto — Aviso de demanda contencioso administrativa por cancelación ilegal
Un trabajador demanda al Estado de Honduras por su cancelación ilegal en diciembre de 2023, argumentando que fue despedido sin seguir los procedimientos legales correctos. Solicita ser reintegrado a su puesto, recibir los salarios no pagados, beneficios dejados de percibir y compensación por daños.
Decreto | 2026
Edicto — Aviso de Herencia - Declaratoria de Herencia Abintestato
Este documento declara que Gian Philippe Aguiluz Mayr es el heredero legal de una herencia sin testamento. La resolución le otorga la posesión efectiva de la herencia y será publicada en periódicos nacionales para que otros posibles herederos puedan reclamar si tienen derechos superiores.
Decreto | 2021
Edicto — Aviso de Herencia - Declaratoria de Herencia Ab Intestato
Este documento declara que tres menores (Genesis, Fredy y Allison) son herederos de los bienes de su padre fallecido (Fredy Pantaleon Amador Reyes), y que su madre (Kenia Dolores Banegas) recibe la porción conyugal. Los menores obtienen la posesión efectiva de la herencia sin perjuicio de otros posibles herederos.
Decreto | 2021
Edicto — Aviso de Cancelación y Reposición de Título Valor - Certificado de Depósito a Plazo
Un juzgado civil publica un aviso para cancelar y reponer un Certificado de Depósito a Plazo que pertenece a Rafael Murillo Selva Rendón. Este trámite permite al titular obtener un documento de reemplazo cuando el original se ha perdido o dañado, protegiendo sus derechos sobre el dinero depositado.
Decreto | 2026