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19 de enero de 2026Vigente

Edicto No. 0801-2024-00541 — Demanda contenciosa administrativa en materia de personal contra Secretaría de Salud

Poder Judicial

  • Decreto: 0801-2024-00541
  • Publicación: 19 de enero de 2026
  • Órgano emisor: Poder Judicial
  • Categoria: Laboral

Resumen

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Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Un juicio contra la Secretaría de Salud donde un empleado (Roberto Baldomiro Molina Flores) reclama que fue despedido ilegalmente. Busca que se declare nulo el despido, ser reintegrado a su puesto con los mismos beneficios y recibir todos los salarios que dejó de percibir desde su cancelación.

Texto completo

El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha uno (01) de agosto de dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este juzgado la Abogada MARIA MARGARITA AGUILAR REDONDO, en su condición de Representante Procesal del señor ROBERTO BALDOMIRO MOLINA FLORES, interponiendo demanda contenciosa administrativa en materia personal con orden de ingreso 0801-2024-00541, contra el Estado de Honduras a través de LA SECRETARÍA DE SALUD, contraída a solicitar "Demanda para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal, consistente en el Acuerdo de Cancelación número 2745-2024, de fecha 26 de junio del 2024, notificado en fecha 01 de julio de 2024, emitido por la Secretaría de Salud, por no haber sido dictado conforme a derecho, e infringir el ordenamiento jurídico establecido.- Que se declare la ilegalidad y su nulidad total.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de sus derechos infringidos. El reintegro al cargo de mi presentado en iguales o en mejores condiciones a las establecidas; pago de salarios con sus incrementos y demás beneficios dejados de percibir en su ausencia, desde la fecha de su cancelación, hasta la fecha en que se materialice el reintegro a su puesto de trabajo del cual fue cancelado por cesantía de manera ilegal.- Costas del juicio.- Se acompañan documentos.- Se acredita representación".- ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CÁCERES SECRETARIO ADJUNTO 16 E. 2026 ______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. Tegucigalpa, M.D.C., 15 de octubre de 2024 AVISO