VigenteCategoria: Laboral
Decreto No. 0801-2024-00778 | 19 de agosto de 2024 | Poder Judicial

Edicto No. 0801-2024-00778 — Demanda en materia de personal contra SENPRENDRE por nulidad de Acuerdo de Cancelación

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Resumen

Estos son avisos de demandas presentadas ante juzgados de lo contencioso administrativo en Honduras. Empleados públicos demandan al Estado por despidos que consideran ilegales e injustos, solicitando que se anulen los acuerdos de cancelación y se les reintegre a sus puestos con pago de salarios adeudados y beneficios que hayan perdido durante su ausencia.

Texto completo

ados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciocho (18) de octubre del dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado el señor CARLOS EMILIO ZEPEDA SANCHEZ, contra del ESTADO DE HONDURAS a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, demanda para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia personal por no ser conforme a derecho.-Declara la ilegalidad del mismo por infrigir el ordenamiento jurídico por exceso de poder.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por despido ilegal, arbitrario e injusto.- Y como medidas para el pleno restablecimiento de mi derecho subjetivo violado, se orden mediante sentencia definitiva el reintegro al cargo que ocupaba al momento de ser despedido con el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de mi cancelación hasta que se produzca mi reintegro.- Reconocimiento y pago de los incrementos salariales que se concedan por la Institución o en general por el gobierno a todos los empleados públicos durante mi ausencia en el cargo, sin perjuicio de cualquier otro derecho que se produzca durante la secuela del juicio.- Costas del juicio en aplicación del principio de vencimiento.- Se confiere poder.- Se acompañan documentos probatorios.- Documentos anexos. En la relación al acto impugnado ACUERDO DE CANCELACIÓN No. CI-IP-249-2024 de fecha diecisiete (17) de septiembre del año dos mil veinticuatro (2024). ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 2 D. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha once (11) de septiembre del dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado el Abogado ALAN DAVID CORDOVA ORTIZ, en su condición de representante procesal de la señora MARIA ISABEL ACOSTA LANZA, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2024-00692, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO, se promueve demanda especial en materia de personal para nulidad de dos actos administrativos en materia personal.- Que se anulen totalmente los mismos por haber sido adoptados con infracción del ordenamiento jurídico. Que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene el reintegro de mi representada a otro de igual o mejor categoría al momento de la ejecución de la sentencia y el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación ilegal e injusta por cesantía hasta la fecha de reinstalación al cargo y que se adoptan las medidas necesarias para su pleno restablecimiento.- Se acompañan documentos.- Se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de prueba que se pretende utilizar. Se con confiere poder.- Especial condena en costas a la parte demandada. En relación al acto impugnado Acuerdo de Cancelación No. 047-2024 de fecha 19 de agosto del 2024. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 2 D. 2024 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 2 D E D I C I E MBRE D E L 2024 N o . 36,704 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha diecisiete de octubre del año dos mil veinticuatro (2024), la señora Evelyn Haydee Guardado López. Interpone demanda con orden de ingreso No. 158-2024- S.P.S. y número correlativo 0501-2024-00156-LAP; contra el Estado de Honduras, representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, por actos del Instituto de la Propiedad (IP); dicha demandas tiene como finalidad que se declare no ser conforme a derecho y se anule un acto administrativo de carácter particular consistente en Acuerdo de Cancelación número CI-IP-269-2024, de fecha veintitrés de septiembre del año dos mil veinticuatro, emitidos por el Instituto de la Propiedad, Dirección, Comisión Interventora, por haber sido dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente.- Que se declare el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, consistente en que se ordene el reintegro al puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones; se ordene el pago de los salarios dejados de percibir y demás derechos laborales como ser incrementos salariales que se de en la ausencia a partir de la fecha en que se canceló el Acuerdo hasta que sea reinstalada al puesto de trabajo.- Reconocimiento de la antigüedad laboral desde la fecha en que inició la relación laboral mediante Acuerdo de Nombramiento.- COSTAS. San Pedro Sula, departamento de Cortés, 20 de noviembre del año 2024. Licenciado Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 2 D. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha dieciocho de octubre del año dos mil veinticuatro (2024), la señora Elsa Ondina Yanes Turcios. Interpone demanda con orden de ingreso No. 156-2024-S.P.S. y número correlativo 0501-2024-00154-LAP; contra el Estado de Honduras, representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, por actos del Instituto de la Propiedad (IP); dicha demanda tiene como finalidad que se declare no ser conforme a derecho y se anule un acto administrativo de carácter particular consistente en Acuerdo de Cancelación número CI-IP-262-2024, de fecha veintitrés de septiembre del año dos mil veinticuatro, emitidos por el Instituto de la Propiedad, Comisión Interventora, haber sido dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente.- Que se declare el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, consistente en que se ordene el reintegro al puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones; se ordene el pago de los salarios dejados de percibir y demás derechos laborales como ser incrementos salariales que se de en la ausencia a partir de la fecha en que se canceló el Acuerdo hasta que sea reinstalada al puesto de trabajo.- Reconocimiento de la antigüedad laboral desde la fecha en que inició la relación laboral mediante Acuerdo de Nombramiento.- COSTAS. San Pedro Sula, departamento de Cortés, 20 de noviembre del año 2024. Licenciado Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 2 D. 2024 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 3 D E D I C I E MBRE D E L 2024 N o . 36,705 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO

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