VigenteCategoria: Laboral
Decreto No. 0801-2024-00778 | 19 de agosto de 2024 | Poder Judicial
Edicto No. 0801-2024-00778 — Demanda en materia de personal contra SENPRENDRE por nulidad de Acuerdo de Cancelación
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Resumen
Estos son avisos de demandas presentadas ante juzgados de lo contencioso administrativo en Honduras. Empleados públicos demandan al Estado por despidos que consideran ilegales e injustos, solicitando que se anulen los acuerdos de cancelación y se les reintegre a sus puestos con pago de salarios adeudados y beneficios que hayan perdido durante su ausencia.
Texto completo
ados y para los efectos legales correspondientes,
HACE SABER: Que en fecha dieciocho (18) de octubre del
dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado
el señor CARLOS EMILIO ZEPEDA SANCHEZ, contra
del ESTADO DE HONDURAS a través del INSTITUTO
DE LA PROPIEDAD, demanda para que se declare la
nulidad de un acto administrativo de carácter particular en
materia personal por no ser conforme a derecho.-Declara la
ilegalidad del mismo por infrigir el ordenamiento jurídico por
exceso de poder.- Reconocimiento de una situación jurídica
individualizada por despido ilegal, arbitrario e injusto.- Y
como medidas para el pleno restablecimiento de mi derecho
subjetivo violado, se orden mediante sentencia definitiva el
reintegro al cargo que ocupaba al momento de ser despedido
con el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha
de mi cancelación hasta que se produzca mi reintegro.-
Reconocimiento y pago de los incrementos salariales que se
concedan por la Institución o en general por el gobierno
a todos los empleados públicos durante mi ausencia en
el cargo, sin perjuicio de cualquier otro derecho que se
produzca durante la secuela del juicio.- Costas del juicio en
aplicación del principio de vencimiento.- Se confiere poder.-
Se acompañan documentos probatorios.- Documentos
anexos. En la relación al acto impugnado ACUERDO DE
CANCELACIÓN No. CI-IP-249-2024 de fecha diecisiete
(17) de septiembre del año dos mil veinticuatro (2024).
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
2 D. 2024
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los
interesados y para los efectos legales correspondientes,
HACE SABER: Que en fecha once (11) de septiembre
del dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este
Juzgado el Abogado ALAN DAVID CORDOVA ORTIZ,
en su condición de representante procesal de la señora
MARIA ISABEL ACOSTA LANZA, incoando demanda
en materia personal. Con orden de ingreso número
0801-2024-00692, contra el Estado de Honduras a través de
la SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO,
se promueve demanda especial en materia de personal
para nulidad de dos actos administrativos en materia
personal.- Que se anulen totalmente los mismos por haber
sido adoptados con infracción del ordenamiento jurídico.
Que se reconozca la situación jurídica individualizada y
para su pleno restablecimiento se condene el reintegro
de mi representada a otro de igual o mejor categoría al
momento de la ejecución de la sentencia y el pago de los
salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación
ilegal e injusta por cesantía hasta la fecha de reinstalación
al cargo y que se adoptan las medidas necesarias para su
pleno restablecimiento.- Se acompañan documentos.- Se
relacionan con claridad los hechos de la demanda con los
medios de prueba que se pretende utilizar. Se con confiere
poder.- Especial condena en costas a la parte demandada.
En relación al acto impugnado Acuerdo de Cancelación No.
047-2024 de fecha 19 de agosto del 2024.
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
2 D. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 2 D E D I C I E MBRE D E L 2024 N o . 36,704
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SAN PEDRO SULA, CORTÉS
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de
San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al
artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso
Administrativo, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes; HACE SABER: Que en fecha diecisiete
de octubre del año dos mil veinticuatro (2024), la señora
Evelyn Haydee Guardado López. Interpone demanda con
orden de ingreso No. 158-2024- S.P.S. y número correlativo
0501-2024-00156-LAP; contra el Estado de Honduras,
representado legalmente por el Procurador General de la
República, Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, por
actos del Instituto de la Propiedad (IP); dicha demandas
tiene como finalidad que se declare no ser conforme a
derecho y se anule un acto administrativo de carácter
particular consistente en Acuerdo de Cancelación número
CI-IP-269-2024, de fecha veintitrés de septiembre del
año dos mil veinticuatro, emitidos por el Instituto de la
Propiedad, Dirección, Comisión Interventora, por haber
sido dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente.-
Que se declare el reconocimiento de una situación jurídica
individualizada y la adopción de las medidas necesarias
para su pleno restablecimiento, consistente en que se
ordene el reintegro al puesto de trabajo en iguales o mejores
condiciones; se ordene el pago de los salarios dejados de
percibir y demás derechos laborales como ser incrementos
salariales que se de en la ausencia a partir de la fecha en que
se canceló el Acuerdo hasta que sea reinstalada al puesto de
trabajo.- Reconocimiento de la antigüedad laboral desde la
fecha en que inició la relación laboral mediante Acuerdo de
Nombramiento.- COSTAS.
San Pedro Sula, departamento de Cortés, 20 de noviembre
del año 2024.
Licenciado Juan Antonio Madrid Guzmán
Secretario General
2 D. 2024
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SAN PEDRO SULA, CORTÉS
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de
San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al
artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso
Administrativo, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes; HACE SABER: Que en fecha dieciocho
de octubre del año dos mil veinticuatro (2024), la señora
Elsa Ondina Yanes Turcios. Interpone demanda con orden
de ingreso No. 156-2024-S.P.S. y número correlativo
0501-2024-00154-LAP; contra el Estado de Honduras,
representado legalmente por el Procurador General de la
República, Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, por
actos del Instituto de la Propiedad (IP); dicha demanda
tiene como finalidad que se declare no ser conforme a
derecho y se anule un acto administrativo de carácter
particular consistente en Acuerdo de Cancelación número
CI-IP-262-2024, de fecha veintitrés de septiembre del
año dos mil veinticuatro, emitidos por el Instituto de
la Propiedad, Comisión Interventora, haber sido dictado
infringiendo el ordenamiento jurídico vigente.- Que
se declare el reconocimiento de una situación jurídica
individualizada y la adopción de las medidas necesarias
para su pleno restablecimiento, consistente en que se
ordene el reintegro al puesto de trabajo en iguales o mejores
condiciones; se ordene el pago de los salarios dejados de
percibir y demás derechos laborales como ser incrementos
salariales que se de en la ausencia a partir de la fecha en que
se canceló el Acuerdo hasta que sea reinstalada al puesto de
trabajo.- Reconocimiento de la antigüedad laboral desde la
fecha en que inició la relación laboral mediante Acuerdo de
Nombramiento.- COSTAS.
San Pedro Sula, departamento de Cortés, 20 de noviembre
del año 2024.
Licenciado Juan Antonio Madrid Guzmán
Secretario General
2 D. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 3 D E D I C I E MBRE D E L 2024 N o . 36,705
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
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