Vigente
14 de junio de 2023 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 36,031

Edicto — Aviso de Cancelación y Reposición de Título Valor

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Resumen

Este documento publica varios avisos legales de juzgados hondureños sobre demandas administrativas. Ciudadanos demandan al Estado por cancelaciones de empleos, decisiones de gobierno y resoluciones consideradas ilegales, buscando que se anulen estos actos y se les restituyan derechos, salarios y beneficios.

Texto completo

LA INFRASCRITA, SECRETARIA ADJUNTA DEL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCION JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL Y PARA LOS EFECTOS DE LEY EN EL ARTÍCULO 634, PARRAFO TERCERO Y 640 DEL CODIGO DE COMERCIO, HACE SABER: Que en este Juzgado con fecha treinta y uno de agosto del dos mil veintidós, presentó solicitud de Cancelación y Reposición de Título Valor consiste en UN CERTIFICADO DE TITULO VALOR EN LEMPIRAS bajo el número 51000000361, en BANCO FINANCIERA CENTROAMERICANA S.A. (FICENSA), un depósito por el monto de UN MILLON DE LEMPIRAS EXACTOS (L. l,000,000.00) y de cual es titular el señor FRANCISCO ANTONIO MAYORQUIN GALEANO. El Progreso, Yoro, 14 de junio del 2023 ABG. SARA LETICIA CHAVEZ SECRETARIA ADJUNTA 6 D. 2023 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 6 D E D I C I E MBRE D E L 2023 N o . 36,402 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha tres (03) de noviembre del año dos mil veintidós (2022), interpuso demanda ante este Juzgado el Abogado Luis Alonzo Castellanos Sánchez, con orden de ingreso número 0801-2022-01791, contra la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, incoando demanda vía proceso declarativo ordinario para que se declare no conforme a derecho y se declare la nulidad de forma relativa del acto administrativo de carácter general contenido en el Decreto Ejecutivo PCM- 023-2022 de fecha dieciséis (16) de septiembre del año dos mil veintidós (2022) contentivo de la creación de la Dirección General de Información y Prensa del Gobierno de la República como un órgano de la Administración Central adscrito a la Secretaría de Estado en el Despacho de Planificación Estratégica (SPE), publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 36,031 en fecha diecinueve de septiembre del año 2022, emitido por la Presidencia de la República de Honduras en Consejo de Secretarios de Estado.- Se anuncian medios de prueba.- Suspensión del acto impugnado.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada de desviación de poder por la infracción al derecho fundamental de libertad de expresión.- Que se adopten las medidas necesarias para restituir íntegramente el derecho fundamental consagrado en nuestra constitución.- Se acompañan documentos.- Trámite.- Sentencia favorable. ABG. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 6 D. 2023 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha doce (12) de junio de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado el abogado JOSÉ ALFREDO BRICEÑO ZEPEDA, en su condición de apoderado legal del ciudadano MARIO ERNESTO SALINAS ZEPEDA, interponiendo demanda en materia ordinaria con orden de ingreso 0801- 2023-00712, contra el Estado de Honduras a· través de LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL. Para que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública consistente en la resolución número 035-2023 de fecha nueve (09) de marzo del dos mil veintitrés (2023), emitida por la Comisión del Escalafón Diplomático y Consular (CEDC). Por no ser conforme a derecho, lo que conduce a la violación de derechos y garantías constitucionales y derechos humanos emitida por una Comisión del Escalafón Diplomático y Consular de la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional que manda a disponibilidad a un funcionario diplomático de carrera debidamente escalafonado sin determinar el término en que pertenecerá en disponibilidad ni el goce de sus derechos establecidos en la Ley del Servicio Diplomático y Consular, sin tener un Acuerdo de Delegación del Poder Ejecutivo, reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se ordene la inaplicabilidad de la disponibilidad y a título de daños y perjuicios el reconocimiento de los derechos lesionados y reconocidos en el artículo 46 de la Ley del Servicio Diplomático y Consular desde la fecha en que se aplica la disponibilidad hasta aquella en que quede firme la sentencia condenatoria respectiva. Se anexan documentos. Poder. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 6 D. 2023 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 6 D E D I C I E MBRE D E L 2023 N o . 36,402 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. A V I S O La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiuno (21) de septiembre del año dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado el Abogado Juan Carlos Coello Amador, en su condición de representante legal de la señora Carol Elisa Cruz Landa, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras, a través de la Comisión Técnica Liquidadora de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), ahora denominada Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), con orden de ingreso No.0801-2022-01506, al tenor de lo previsto en el artículo 22 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, acción contenciosa cuyas pretensiones son la declaración de nulidad del ACUERDO No. CTL-372-2022, de fecha 24 de agosto del 2022, emitida por la Comisión Técnica Liquidadora creada mediante Decreto PCM-11- 2022, de fecha 29 de abril del 2022, (y nombrada mediante Acuerdo número 322-2022, por la Secretaria de Finanzas) que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal, inconstitucional e incausada del cargo de Oficial de Personal I de la ciudadana Carol Elisa Cruz Landa, ordenando como medida para el restablecimiento de la situación jurídica el reintegro al puesto dentro de la carrera administrativa y el pago de todas las indemnizaciones legales correspondientes.- Se acompañan documentos.- Costas del juicio.- Poder. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 6 D. 2023 ________ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintidós (22) de marzo de dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado el señor MARVIN OMAR RUBIO IZAGUIRRE, quien confirió poder al Abogado JOSÉ LUIS GUERRA GÓMEZ, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2022-00158, contra la SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES. Para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular de la Administración Pública, consistente en el Acta de Finalización de Acuerdo de Trabajo de fecha uno (01) de marzo de dos mil veintidós (2022), de cancelación de mi cargo por no ser dictado conforme a derecho, infringir el ordenamiento jurídico y la violación de mis derechos laborales, que se reconozca mi situación jurídica individualizada como titular de los derechos que se reclaman y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de la misma, el pago de mis prestaciones e indemnizaciones laborales más el pago de los salarios caídos desde la fecha despido hasta que la sentencia quede firme, se acompañan anexos, poder. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 6 D. 2023 ________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiuno (21) de abril del dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado la señora MARIA ALEJANDRA RODRIGUEZ ROSALES, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2023-00510, contra el Estado de Honduras, a través de la ADMINISTRACION ADUANERA DE HONDURAS, demanda que se solicita para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter personal en materia de personal.- Reconocimiento de una situación jurídica particular individualizada y adopción de medidas necesarias para el restablecimiento de la misma entre ellas se ordene la restitución al cargo en iguales o mejores condiciones con el pago de salarios dejados de percibir, a título de daños y perjuicios.- Incrementos salariales y demás beneficios durante la ausencia.- Vacaciones adeudadas.- Costas del juicio.- Se acompañan documentos.- Petición y poder. En relación al acto impugnado Acuerdo de Cancelación No. ADUANAS-DE-GNGTH-074-2023 de fecha 24 de marzo del 2022. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 6 D. 2023 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 6 D E D I C I E MBRE D E L 2023 N o . 36,402 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO

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