VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 0801-2019-00186 | 21 de marzo de 2019

Edicto No. 0801-2019-00186 — Demanda Contenciosa Administrativa de Droguería, Laboratorio y Distribuidora Americana contra Secretaría de Salud

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Resumen

Este documento publica tres demandas presentadas ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo contra el Estado: una farmacéutica impugna decisiones de Salud sobre medicamentos vencidos; dos ingenieros demandan a Finanzas por falta de pago de reajustes salariales; y una azucarera cuestiona el plan de arbitrios municipal. Buscan anular estos actos administrativos y obtener compensación o reconocimiento de derechos.

Texto completo

El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 30 de abril del año 2019 el abogado Cristian Gerardo Medina Sevilla, representante procesal de la sociedad mercantil DROGUERIA, LABORATORIO Y DISTRIBUIDORA AMERICANA, S.A. DE C.V., interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2019-00186, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD, incoando Demanda en materia ordinaria para que se declare la nulidad e ilegalidad por no ser conforme. A derecho, de un acto administrativo de carácter particular consistente en la resolución No. 140- 2018-SS, de fecha doce (12) de julio del año dos mil dieciocho (2018) y la resolución No. 24-2019- SS de fecha ocho (8) de febrero del año dos mil diecinueve (2019) emitidas por la Secretaria de Estado en el Despacho de Salud (SESAL).- Por contener vicios de nulidad y ser emitidas con infracción del ordenamiento jurídico, quebrantamiento de las formalidades esenciales, vicios de anulabilidad como el exceso y desviación de poder.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada reclamada y se adopte como medidas para su pleno restablecimiento entre ellas que se reconozca que el vencimiento de medicamentos reclamados en reposición su vencimiento fue por negligencia y que se acepte una propuesta de reposición de medicamentos conforme a la vida útil restante de los medicamentos.- Se acompañe documentos.- Poder. ABOG. GERARDO VERLAN CASTRO NAVARRO SECRETARIO ADJUNTO 10 A. 2021. ________ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dos de agosto del dos mil diecinueve, compareció a este juzgado el Abogado FÉLIX AMBROSIO SABIO GONZÁLEZ, en su condición de Representante Procesal de los señores EDUARDO RENE TREJO LÓPEZ YARNALDO RODAS ALMENDARES, incoando demanda ordinaria contra el ESTADO DE HONDURAS A TRAVÉS DE LA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS, con orden de ingreso No.0801-2019-00278, solicitando se declare un derecho reconocido en la Ley Orgánica del Colegio de Ingenieros, Eléctricos y Guímicos de Honduras.- Que se reconozca el pago de los reajustes salariales a mis representados desde la fecha que entró en vigencia el Decreto Legislativo número 902-1998, el cual fue publicado en el diario oficial La Gaceta el 20 de junio de 1998 y mediante cual se reformo la Ley Orgánica del Colegio de Ingenieros Mecánicos Electricistas y Químicos de Honduras y de igual manera se les nivele su salario conforme lo ordena la Ley ante referida.- Que se reconozca el pago de intereses legal por morosidad.- Que se interrumpa el plazo de prescripción.- Que se emita sentencia en el plazo legal correspondiente.- Se acompañan documentos.- Citación y emplazamiento.- Trámite.- Poder. En relación al acto impugnado consistente en resolución No. A.L. 54- 2019 fecha 21 de marzo de 2019. RITO FRANCISCO OYUELA SECRETARIO ADJUNTO 10 A. 2021. ________ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciséis (16) de febrero de dos mil dieciocho (2018), compareció ante este Juzgado el Abogado CRISTIAN GERARDO MEDINA SEVILLA, en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil COMPAÑÍA AZUCARERA TRES VALLES, S.A. DE C.V. (CATV), incoando demanda en materia Ordinaria, para que se declare la ilegalidad y la nulidad parcial de un acto administrativo de carácter general contenido en el acta número 22-2017 de la sesión de Corporación Municipal celebrada en fecha 30 de noviembre del 2017, que contienen el Plan de arbitrios Vigente en el Municipio de Cantarranas, departamento de Francisco Morazán, para el año 2018. La nulidad se solicita pues dicho acto administrativo adolece de vicios de nulidad y de anulabilidad tales como el exceso y desviación de poder. Se solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y como medida para su pleno restablecimiento se deje sin valor ni efecto de manera parcial el plan de arbitrios vigente para el año 2018. También se deje sin efecto un ilegal cobro en concepto de un permiso de operación. No obligación de presentar caución. Se solicita la suspensión del acto impugnado. Petición. Poder. ABG. KELLY JULISSA FILLUR EN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 10 A. 2021 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 11 D E A G O STO D E L 2021 N o . 35,684

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