VigenteCategoria: Laboral
Decreto No. 0801-2023-00008
Edicto No. 0801-2023-00008 — Demanda Contenciosa Administrativa de Edis Zulema Sánchez López y otros contra Secretaría de Trabajo y Seguridad Social
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Resumen
Un juzgado recibió una demanda de tres empleados contra la Secretaría de Trabajo pidiendo que se declare nula su despido ilegal y se ordene su reintegro al trabajo. Los demandantes reclaman recibir los salarios no pagados desde su cancelación, prestaciones laborales adeudadas como décimo tercero, décimo cuarto, vacaciones y bonos educativos, más el pago de daños y perjuicios.
Texto completo
HACE SABER: Que en fecha quince
(15) de diciembre del dos mil veintidós (2022), compareció
a este Juzgado la abogada CINTHIA CONSUELO CRUZ
FIGUEROA, en su condición de representante procesal
de los señores EDIS ZULEMA SANCHEZ LOPEZ, VICIA
ELIZABETH RODRIGUEZ y JOSE ALBERTO RODRIGUEZ
VARGAS, incoando demanda Contenciosa Administrativa, vía
Procedimiento en Materia Personal con orden de ingreso número
0801-2023-00008, contra el Estado de Honduras a través de la
SECRETARIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, se
interpone demanda especial en materia de personal para que se
declare la nulidad de actos administrativos de carácter particular
por no ser conformes a derecho por infringir el ordenamiento
jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales
establecidas en la ley.- Que se les reconozca la situación jurídica
individualizada a los titulares de los derechos que se reclaman y
como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los
mismos, se ordene mediante sentencia definitiva, el reintegro a
sus puestos de trabajo u otro en igual o mejores condiciones en
la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, a título de daños y
perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha en la
que se les efectuó la cancelación a mis representados de manera
ilegal, hasta el momento en quede firme la sentencia definitiva
condenatoria. Reajustes salariales que en su caso tuvieran los
puestos de los cuales fueron cancelados ilegalmente durante
la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que
ocurran durante el mismo como décimo tercero y décimo cuarto
mes de salario, vacaciones, bono educativo adeudado que tienen
derecho los empleados permanentes que tienen hijos, quinquenios
adeudados. Condena en costas a la parte demandada y vendida en
juicio de primera instancia. Habilitación de días y horas inhábiles
para efectuar cualquier actuación judicial. - Se acompañan
documentos. Se delega poder. - Cotejo y devolución
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
8 M. 2023
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 8 D E MAYO D E L 2023 N o . 36,222
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes,
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