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Poder Judicial
Edicto — Demanda Contenciosa Administrativa - Delmis Consuelo Jiménez Álvarez
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Resumen
Estos edictos notifican demandas ante el Juzgado Contencioso Administrativo contra el Estado de Honduras. Las demandantes (Leiny Esther Guerrero y Delmis Consuelo Jiménez) reclaman la nulidad de sus despidos y piden ser reintegradas a sus puestos con salarios adeudados, beneficios laborales y compensación por daños.
Texto completo
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta
(50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha cuatro (04) de
junio del año dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este
Juzgado la señora LEINY ESTHER GUERRERO HERRERA,
incoando demanda vía procedimiento especial en materia de
personal con orden de ingreso número 0801-2024-00451,
contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA
DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN
INTERNACIONAL, para la declaración de nulidad de un acto
administrativo (cancelación del cargo) consistente en el Acuerdo
de Cancelación No. 146-SRH-2024 de fecha veinte (20) de
mayo del dos mil veinticuatro (2024) y rectificado mediante
Acuerdo No. 183-SRH-2024 emitido por la SECRETARÍA
DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN
INTERNACIONAL, para que se declare la ilegalidad y nulidad
de un acto administrativo de cancelación por cesantía por no estar
dictado conforme a derecho.- El reconocimiento de una situación
jurídica individualizada y para restablecimiento se adopten
las medidas de: 1) el reintegro al cargo en iguales o mejores
condiciones, 2) a título de daños y perjuicios el pago de los salarios
dejados de percibir desde la fecha de la cancelación por cesantía
hasta aquella en que sea restituida el cargo más el reconocimiento
de derechos adquiridos otorgados en ley como ser décimo tercer y
décimo cuarto mes, vacaciones, quinquenios, aumentos generales
y los ajustes y beneficios establecidos en el manual de puestos y
salarios de la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación
Internacional en ausencia; 3) que se ordene la nulidad del acto de
nombramiento del sustituto(a) si fuera el caso; y, 4) que se hagan
las aportaciones tanto patronales como personales al INJUPEMP
que resulten de los salarios dejados de percibir y derechos
adquiridos en ausencia.- Se anexan documentos.-Petición.- Poder
ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ
SECRETARIO ADJUNTO
2 A. 2025
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PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta
(50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha siete (7) de mayo
del año dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado
la señora Delmis Consuelo Jiménez Álvarez, incoando demanda
en materia de personal, para que se declare la ilegalidad y nulidad
del acto administrativo de carácter particular, Acuerdo No. 134-
SEP-2024, por no ser dictado conforme a derecho, e infringir el
ordenamiento jurídico establecido.- Que se declare la ilegalidad
y nulidad del mismo, que en sentencia definitiva condenatoria
se declare la nulidad del acuerdo mediante el cual haya sido
nombrado mi sustituto en el cargo que venía desempeñando.- Que
se reconozca una situación jurídica individualizada.- La adopción
de medidas para el pleno restablecimiento entre ellas se ordene el
reintegro a mi puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones
a las establecidas.- Pago de salarios dejados de recibir a título de
indemnización de daños y perjuicios, desde la fecha del despido
ilegal e injusto, hasta que se ejecute el reintegro, pago del décimo
tercero y décimo cuarto mes de salarios, vacaciones, reajuste e
incrementos salariales, que se origine durante la secuela del juicio,
pago de quinquenios de acuerdo a lo establecido en el Decreto
Ejecutivo número 139-2000.- Costas del juicio.- Se acompañan
documentos.- Petición. Poder.
ABG. ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ
SECRETARIO ADJUNTO
2 A. 2025
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