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Poder Judicial
Edicto — Aviso de Título Supletorio - Maria Elizabeth Torres
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Resumen
Un juzgado publica un aviso sobre una solicitud de título supletorio (documento de propiedad) para cuatro terrenos en Olancho. Manuel de Jesús Luna Gutiérrez y Bertha Lidia Duarte Aguilar piden que se les reconozca como dueños de estas tierras que han posesionado pacíficamente por más de 10 años. El procedimiento permite obtener documentos legales de propiedad cuando no existen títulos originales.
Texto completo
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LA
SECCIÓN JUDICIAL DE JUTICALPA
“DEPARTAMENTO DE OLANCHO”
AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la
Sección Judicial de Juticalpa, departamento de Olancho, al
público en general y para efectos de ley, HACE SABER:
Que en fecha veinticuatro de septiembre del año dos mil
veinticinco, se presentó a este despacho la Abogada BRADY
ESTHEFANY ESTRADA ECHEVERRIA, en su condición
de apoderada legal de los señores MANUEL DE JESUS
LUNA GUTIERREZ Y BERTHA LIDIA DUARTE
AGUILAR, solicitando, TÍTULO SUPLETORIO, en
el Expediente número 442-2025; de CUATRO LOTES
DE TERRENOS que se describen a continuación: a)
Inmueble con ÁREA DE SEIS HECTÁREAS (6 HAS.)
MÁS TRES PUNTO NOVECIENTOS SETENTA
Y CINCO METROS CUADRADOS (3,975 Mts. 2),
EQUIVALENTE A NUEVE MANZANAS (9 MZ), MÁS
UNO PUNTO SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS
VARAS CUADRADAS (1,756 Vrs. 2), ubicado en el sitio
El Cablotal, jurisdicción del municipio de San Francisco
de Becerra, departamento de Olancho.- Con el siguiente
CUADRO DE COORDENADAS DE CONSTRUCCIÓN:
Coordenada V 1 Y 1,618,595.00 Coordenada X 595,595.000;
LADO EST 1 PV 2 RUMBO S 06o20'24.69"E. con una
distancia de 9.06 Mts., V 2 Coordenada: Y 1,618.586.00,
Coordenada X 595,596.00; LADO EST 2 PV 3 RUMBO S
17º06'09.82"W con una distancia 27.20. Mts V 3 Coordenada:
Y 1,618,560.00. Coordenada: X 595,588.00; LADO EST 3
PV 4 RUMBO S 02o29'22.39" W con una distancia de 23.02
Mts. V 4 Coordenada: Y 1,618,537.00 Coordenada: X
595,587.00; LADO EST 4 PV 5 RUMBO S 12o4327,68”
W con una distancia de 63.56 Mts. V 5 Coordenada: Y
1,618,475.00 Coordenada: X 595,573.00; LADO EST 5 PV
6 RUMBO S 26º33'54.18" W con una distancia de 22.36 Mts.
V 6 Coordenada: Y 1618,455.00 Coordenada: X 595,563.00.
LADO EST 6 PV 7 con RUMBO S 68º11'54.93 W con una
distancia de 53.85 Mts. V 7, Coordenada: Y 1,618,435.00,
Coordenada: X 595,513.00; LADO EST 7 PV 8 RUMBO
S 66º02'15.04" W con una distancia de 19.70 Mts. V 8
Coordenada: Y 1,618,427.00 Coordenada: X 595,495.00.;
LADO EST 8 PV 9 RUMBO S 44º35'04.71" W con una
distancia de 19.63 Mts. V 9 Coordenada: Y 1,618,413.02
Coordenada: X 595,481.22; LADO EST 9 PV 10 RUMBO
S 54º42'33.84" W con una distancia de 26.00 Mts. V 10
Coordenada: Y 1,618,398.00 Coordenada: X 595,460.00;
LADO EST 10 PV 11 RUMBO S 57°59'40.62" W con una
distancia de 18.87 Mts. V 11 Coordenada: Y 1,618,388.00
Coordenada: X 595,444.00; LADO EST 11 PV 12 RUMBO
S 59º55'53.l0" W con una distancia de 21.95 Mts. V 12
Coordenada: Y 1,618,377.00 Coordenada: X 595,425.00;
LADO EST 12 PV 13 RUMBO S 51º34'55.00" W con una
distancia de 111.04 Mts. V 13 Coordenada: Y 1,618,308.00
Coordenada: X 595,338.00; LADO EST 13 PV 14 RUMBO
S 47º36'09.22" W con una distancia de 31.14 Mts. V 14
Coordenada: Y 1,618,287.00 Coordenada: X 595,315.00;
LADO EST 14 PV 15 RUMBO N 19º03'27.74" W con una
distancia de 116.38 Mts. V 15 Coordenada: Y 1,618,397.00
Coordenada: X 595,277.00; LADO EST 15 PV 16 RUMBO
N 08º31'50.76" W con una distancia de 101.12 Mts. V 16
Coordenada: Y 1,618,497.00 Coordenada: X 595,262.00;
LADO EST 16 PV 17 RUMBO N 11º07'45.08" W con una
distancia de 62.17 Mts. V 17 Coordenada: Y 1,618,558.00
Coordenada: X 595,250.00; LADO EST 17 PV 18
RUMBO S 83º22'02.95" W con una distancia de 43.29
Mts. V 18 Coordenada: Y 1,618,553.00 Coordenada: X
595,207.00; LADO EST 18 PV 19 RUMBO N 00º53'24.63" W
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con una distancia de 64.01 Mts. V 19 Coordenada: Y
1,618,617.00 Coordenada: X 595,206.00.; LADO EST 19
PV 20 RUMBO N 07º07'30.06" E con una distancia de
56.44 Mts. V 20 Coordenada: Y 1,618,673.00 Coordenada:
X 595,213.00.; LADO EST 20 PV 21 RUMBO N
83º17’29.59” E con una distancia de 17.12 Mts. V 21
Coordenada: Y 1,618,675.00 Coordenada: X 595,230.00;
LADO EST 21 PV 22 RUMBO S 03º54’01.78” E con una
distancia de 88.90 Mts. V 22 Coordenada: Y 1,618,587.00
Coordenada: X 595,236.00.; LADO EST 22 PV 23 RUMBO
S 33º13’54.16” E con una distancia de 34.67 Mts. V 23
Coordenada: Y 1,618,558.00 Coordenada: X 595,255.00.;
LADO EST 23 PV 24 RUMBO S 08º50’30.53” E con una
distancia de 45.54 Mts. V 24 Coordenada: Y 1,618,513.00
Coordenada: X 595,262.00.; LADO EST 24 PV 25 RUMBO
N 78º56’36.91” E con una distancia de 177.29 Mts. V 25
Coordenada: Y 1,618,547.00 Coordenada: X 595,436.00.;
LADO EST 25 PV 26 RUMBO N 07º07’30.06” E con una
distancia de 96.75 Mts. V 26 Coordenada: Y 1,618,643.00
Coordenada: X 595,448.00.; LADO EST 26 PV 27
RUMBO N 78º41´24.24” E con una distancia de 10.20
Mts. V 27 Coordenada: Y 1,618,645.00 Coordenada: X
595,458.00; LADO EST 27 PV 28 RUMBO N 90º00’00”
E con una distancia de 9.00 Mts. V 28 Coordenada: Y
1,618,645.00 Coordenada: X 595,467.00.; LADO EST
28 PV 1 RUMBO S 68o39’47.31” E con una distancia de
137.42 Mts. V 1 Coordenada: Y 1,618,595.00 Coordenada:
X 595,595.00. con una ESCALA IGUAL (=) 1:3, 750.- b)
Inmueble con un ÁREA DE DOS HECTÁREAS 2 HAS.)
MAS NOVECIENTOS SESENTA OCHO METROS
CUADROS (968 Mts. 2), EQUIVALENTE A TRES
MANZANAS (3 MZ), MAS SETENTA Y TRES VARAS
CUADRADAS (73 Vrs.2) ubicado en el sitio El Potrero
de Amado, Jurisdicción del municipio de San Francisco
de Becerra, departamento de Olancho: Con el siguiente
CUADRO DE COORDENADAS DE CONSTRUCCIÓN:
Coordenada V 1 Y 1,617,566.68 Coordenada X 596,726.77;
LADO EST 1 PV 2 RUMBO S 00o38´27.76” E con una
distancia de 115.03 Mts., V 2 Coordenada: Y 1,617.451.66,
Coordenada X 595,728.06; LADO EST 2 PV 3 RUMBO
S 43o3354.82.78” W con una distancia 143.47. Mts V 3
Coordenada: Y 1,617,347.70. Coordenada: X 595,629.18;
LADO EST 3 PV 4 RUMBO N 80º19’05.83” W con una
distancia de 8.25 Mts V 4 Coordenada: Y 1,617,349.08
Coordenada: X 596,621.05; LADO EST 4 PV 5 RUMBO
N 30º31’19,05” W con una distancia de 57.02 Mts. V 5
Coordenada: Y 1,617,398.21 Coordenada: X 596,592.09;
LADO EST 5 PV 6 RUMBO N 03o16’37.06” E con una
distancia de 127.51 Mts. V 6 Coordenada: Y 1,617,525.51
Coordenada: X 596,599.38. LADO EST 6 PV 7 con
RUMBO N 55º02’42.48 E con una distancia de 28.01 Mts. V
7, Coordenada: Y 1,617,541.56, Coordenada: X 596,622.33;
LADO EST 7 PV 1 RUMBO N 76º28’34.83” E con una
distancia de 107.42 Mts. V 1 Coordenada: Y 1,617,566.68
Coordenada: X 596,726.77.; con una ESCALA IGUAL
(=) 1:2400.- c) Inmueble con un ÁREA DE CINCO
PUNTO TREINTA Y CINCO MANZANAS (5.35 MZ.)
EQUIVALENTE A TRES PUNTO SETENTA Y TRES
HECTÁREAS (3.73 HAS.), ubicado en el sitio El Potrero
de Israel, Jurisdicción del municipio de San Francisco
de Becerra, departamento de Olancho: Con el siguiente
CUADRO DE COORDENADAS DE CONS TRUCCIÓN:
VÉRTICE P1. LADO P1-P2. CON UNA DISTANCIA DE
40.90 Mts. RUMBO N 84º17’21.9” O. ESTE 596130.89
NORTE 1618671.71. VÉRTICE P2. LADO P1-P2 CON
UNA DISTANCIA DE 67.78 RUMBO S 6º56’26.9” O.
ESTE 596090.19. NORTE 1618675.78. VÉRTICE P3.
LADO P3-P4 CON UNA DISTANCIA DE 8.50. RUMBO
S. ESTE 596082.00. NORTE 1618608.50. VÉRTICE P4.
LADO P4-P5. CON UNA DISTANCIA DE 19.00. RUMBO
S. ESTE 596082.00 NORTE 1618600.00. VÉRTICE P5.
LADO P5-P6. CON UNA DISTANCIA DE 2.24. RUMBOS
26º33’54.2” O. ESTE 596082.00. NORTE 1618581.00.
VÉRTICE P6. LADO P6-P7. CON UNA DISTANCIA DE
La Gaceta R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 12 D E N O V I E M BRE D E L 2025 N o . 36,991
Sección B A v isos L egales
7.30 RUMBO S 48º48’50.7” O. ESTE 596081.00. NORTE
1618579.00. VÉRTICE P7. LADO P7-P8. CON UNA
DISTANCIA DE 9.00. RUMBO S 52º3’8.1” O. ESTE
596075.51. NORTE 1618574.19. VÉRTICE P8. LADO
P8-P9. CON UNA DISTANCIA DE 103.72. RUMBO S
53º31’37.5” O. ESTE 596068.41. NORTE 1618568.66
VÉRTICE P9. LADO P9-P10. CON UNA DISTANCIA
DE 78.60. RUMBO S. 53º16’33.2” O. ESTE 595985.00.
NORTE 1618507.00. VÉRTICE P10. LADO P10-P11
CON UNA DISTANCIA DE 39.82. RUMBO S 51º6’55.8”
E. ESTE 595922.00. NORTE 1618460.00. VÉRTICE
P11. LADO P11-Pl2. CON UNA DISTANCIA DE 43.86.
RUMBO S 46º50’51.4” O. ESTE 595953.00. NORTE
1618435.00. VÉRTICE P12. LADO P12-Pl3. CON UNA
DISTANCIA DE 122.67. RUMBO S 49º17’50.6” E. ESTE
595921.00 NORTE 1618405.00. VÉRTICE P13. LADO
P13-P14. CON UNA DISTANCIA DE 178.34. RUMBO
N 33º20’1.1” E. NORTE 596014.00. ESTE 1618325.00.
VÉRTICE P14. LADO P14-P15. CON UNA DISTANCIA
DE 25.08. RUMBO N 23º29’54.8” E. ESTE 596112.00.
NORTE 1618474.00 VÉRTICE P15. LADO. P15-P16.
CON UNA DISTANCIA DE 10.60. RUMBO N 24º2’13.9”
E. ESTE 596122.00. NORTE 1618497.00. VÉRTICE
P16. LADO P16-P17. CON UNA DISTANCIA DE 32.35.
RUMBO N 25º1’0.8” E. ESTE 596126.32. NORTE
1618506.68. VÉRTICE P17. LADO P17-P18. CON UNA
DISTANCIA DE 17.00. RUMBO E. ESTE 596140.00.
NORTE 1618536.00. VÉRTICE P18. LADO P18-P19. CON
UNA DISTANCIA DE 4.12. RUMBO N 14º2’10.5” E. ESTE
596157.00 NORTE 1618536.66, VÉRTICE P19. LADO
P19-P20 CON UNA DISTANCIA DE 75.17. RUMBO
N 3o48’50.7” E. ESTE 596158.00. NORTE 1618540.00.
VÉRTICE P20 LADO P20-P21. CON UNA DISTANCIA
DE 9.80. RUMBO N 12º31’43.7” E. ESTE 596163.00.
NORTE 1618615.00. VERTICE P21 LADO P21-P22. CON
UNA DISTANCIA DE 43.53. RUMBO N 7°28’31.5” E.
ESTE 596165.13. NORTE. 1618624.57 VÉRTICE P22.
LADO P22-P23. CON UNA DISTANCIA DE 31.00.
RUMBO N 84º17’21.9” O. ESTE 596170.79 NORTE
1618667.72. VÉRTICE P23. LADO P23-P1. CON UNA
DISTANCIA DE 9.10. RUMBO N 84o17´21.9” O. ESTE
596139.94. NORTE 1618670.81. con una ESCALA IGUAL
(=) 1:1500.-d) Inmueble con un ÁREA DE UNO PUNTO
CINCUENTA MANZANAS (1.50 MZ.) EQUIVALENTE
A UNO PUNTO CERO CINCO HECTÁREAS (1.05
HAS.), ubicado en el Sitio El Potrero el Campo,
jurisdicción del municipio de San Francisco de Becerra,
departamento de Olancho: Con el siguiente CUADRO
DE COORDENADAS DE CONSTRUCCIÓN: VÉRTICE
P1. LADO P1-P2. CON UNA DISTANCIA DE 211.15.
RUMBO S 68º54’14.6” O. ESTE 596009.00. NORTE
1618754.00. VÉRTICE P2. LADO P2-P3. CON UNA
DISTANCIA DE 24.08. RUMBO S 4º45’49.1” E. ESTE
595812.00. NORTE 1618678.00 VÉRTICE P3. LADO
P3-P4. CON UNA DISTANCIA DE 188.52. RUMBO
N 85º44’28.2” E. ESTE 595814.00. NORTE 1618654.00.
VÉRTICE P4. LADO P4-P1. CON UNA DISTANCIA DE
86.28. RUMBO N 4º39’12.1” E. ESTE 596002.00. NORTE
1618668.00. con una ESCALA IGUAL(=) 1:1500.- Dichos
terrenos los han obtenido en posesión quieta, pacífica y no
ininterrumpida, por más diez (10) años continuos.- Se ofrece
información testifical. Ernesto de Jesús Padilla Erazo,
Natividad García Vásquez y Santos Alfonzo Funes
Rivera.
Juticalpa, 28 de octubre del año 2025
BLANCA DANUBIA ZAPATA MOYA
SECRETARIA
12 N. 2025
La G aceta
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 6 D E N O V I E MBRE D E L 2025 N o . 36,986
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de
la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha
diecinueve (19) de agosto de dos mil veinticinco (2025),
compareció a este Juzgado la Abogada ALBA CECILIA
AGUILAR FIGUEROA, actuando en su condición de
Apoderada Legal del señor REYNALDO ARNULFO
ORTIZ ALVAREZ, interponiendo demanda en materia
de personal con Orden de Ingreso 0801-2025-00587 contra
el Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE
ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD. Para que se
declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de
carácter particular de la Administración Pública, consistente
en el Acuerdo de Cancelación por despido número 5988-
2025 de fecha treinta (30) de julio de 2025, con efectividad a
partir del 30 de julio del año 2025, emitido por la Secretaría
de Estado en el Despacho de Salud, por no ser el mismo
conforme a derecho, reconocimiento de una situación
jurídica individualizada, que se adopten las medidas para el
pleno restablecimiento de sus derechos consistentes en : A)
Se ordene el reintegro a su puesto de trabajo en iguales o
mejores condiciones; B) Se ordene el pago de los salarios
dejados de percibir desde la fecha de la ilegal e injusta
cancelación hasta la fecha que sea materialmente reintegrado
a su puesto de trabajo; C) Se ordene el pago de décimo tercer
mes, décimo cuarto mes, vacaciones, aumentos o incrementos
salariales otorgados por el Gobierno de la República, durante
la ausencia en el puesto, hasta que se ejecute la sentencia
condenatoria que se dicte; D) Se decreta la nulidad del acto
administrativo por el cual hubiere nombrado al sustituto en
el puesto; E) Se ordene el pago del zonaje; F) Se ordene
el pago de bonos y quinquenios, con especial condena en
costas, se acompañan documentos.
ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ÁLVAREZ
SECRETARIO ADJUNTO
6 N. 2025
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
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